Qué propone
Esta Resolución Conjunta ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Propiedades Inmuebles (CEBDI) evaluar la transferencia, o cualquier otro negocio jurídico de la Finca Nolla, ubicada en Camuy, del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) al Municipio de Camuy. Establece un plazo de 30 días para la determinación del CEBDI, con una cláusula de aprobación automática por silencio administrativo si no se emite una decisión. La medida también contempla que la transferencia de título final estará sujeta a la culminación de obras de rehabilitación.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
La medida se enmarca en la evolución de la autonomía municipal en Puerto Rico, un proceso que la Ley 81-1991 y el Código Municipal de 2020 buscaron consolidar al otorgar a los municipios competencias administrativas y de ordenación territorial. La transferencia de la Finca Nolla al municipio de Camuy es un ejemplo concreto de cómo los ayuntamientos buscan ejercer estas prerrogativas para la administración de propiedades y servicios locales, a pesar de los desafíos fiscales y la influencia política que los alcaldes ejercen sobre la Legislatura.
En qué va
Esta Resolución Conjunta (RCC 145) fue el 9 de junio de 2025, aprobada por ambas cámaras legislativas sin el 24 y 25 de junio de 2025, y el 11 de julio de 2025. Fue mediante el 11 de agosto de 2025.
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Última acción · 11 de agosto de 2025
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A favor (24)
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Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Propiedades Inmuebles, creado mediante la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal, evaluar conforme a las disposiciones de la Ley y su Reglamento, la transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico contemplado en dicha Ley, por parte de la Autoridad de Carreteras y Transportación al Municipio de Camuy del Área Escenica, localizada en el Barrio Puente del Municipio de Camuy, incluyendo todas sus instalaciones y edificaciones; y para otros fines relacionados.
La Resolución Conjunta de la Cámara 146 ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Propiedades Inmuebles (CEBDI) evaluar la transferencia, usufructo u otro negocio jurídico sobre el Área Escénica de Camuy, actualmente bajo la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT), al Municipio de Camuy. Establece un plazo de 30 días para la determinación del CEBDI, con una cláusula de aprobación automática si no hay respuesta. Si se aprueba la transferencia, el municipio podrá usar el inmueble para fines públicos, pero no podrá enajenarlo ni alterar su uso público. La ejecución de cualquier escritura de título queda supeditada a la culminación de obras de reconstrucción por parte de la ACT.
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Propiedades Inmuebles, creado mediante la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal, evaluar conforme a las disposiciones de la Ley y su Reglamento, la transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico contemplado en dicha Ley, por parte del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales al Municipio de Camuy del Parque Nacional de las Cavernas del Río Camuy, incluyendo todas sus instalaciones y terrenos, para fines de desarrollo turístico, recreativo y económico; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Propiedades Inmuebles, creado por la Ley 26-2017 (Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal), que evalúe la transferencia, usufructo o negocio jurídico similar del Parque Nacional de las Cavernas del Río Camuy, incluyendo sus instalaciones y terrenos, del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) al Municipio de Camuy. El propósito es el desarrollo turístico, recreativo y económico. Se establece un plazo de 30 días para la determinación del Comité, con una condición suspensiva para la escritura pública de transferencia de título hasta que se completen obras de rehabilitación necesarias.
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por virtud de la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, evaluar conforme a las disposiciones de la ley y el reglamento, la transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico contemplado en dicha Ley, al Municipio de Juana Díaz, de las instalaciones de la antigua Escuela Ramón Enrique Ortíz localizada en dicho municipio, y para otros fines relacionados
Esta Resolución Conjunta ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles (CEDBI), creado por la Ley 26-2017 (Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal), que evalúe la transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico de las instalaciones de la antigua Escuela Ramón Enrique Ortiz, ubicada en el Municipio de Juana Díaz, a dicho municipio. El CEDBI deberá realizar esta evaluación conforme a la ley y su reglamento, considerando el impacto social, viabilidad económica y mantenimiento de la propiedad.
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por virtud de la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, evaluar conforme a las disposiciones de la Ley y el reglamento, la transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico contemplado en dicha Ley, al Municipio de Juana Díaz de las instalaciones de la antigua Escuela Juanita Rivera localizada en dicho municipio y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por la Ley 26-2017 (Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal), a evaluar la transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico de las instalaciones de la antigua Escuela Juanita Rivera en Juana Díaz al Municipio de Juana Díaz. El objetivo es permitir que el municipio establezca proyectos de desarrollo económico, educativo, comunitario y deportivo. El Comité tiene un plazo improrrogable de sesenta (60) días laborables para completar esta evaluación.
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por virtud de la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, evaluar conforme a las disposiciones de la ley y el reglamento, la transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico contemplado en dicha Ley, al Municipio de Juana Díaz, de las instalaciones de la antigua Escuela Luz Correa localizada en dicho municipio, y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles (CEDBI), creado por la Ley 26-2017, a evaluar la transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico de las instalaciones de la antigua Escuela Luz E. Correa al Municipio de Juana Díaz. Establece un plazo improrrogable de sesenta (60) días para la evaluación del CEDBI y treinta (30) días adicionales para la materialización del traspaso si es aprobado. El propósito es permitir que el municipio desarrolle proyectos de beneficio comunitario.
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