
2,006 votaciones nominales registradas.
En las medidas que generaron debate votó a favor 859 de 895 veces, sin contar ausencias, un 96%. El promedio en Senado ronda el 85%.
Una votación con oposición es la que tuvo al menos un voto en contra.
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Medidas que ha radicado como autor o coautor.
“Para establecer el “Código de Procedimientos Legales Especiales de Puerto Rico”, a los fines de reorganizar, modernizar y codificar los procedimientos especiales de naturaleza civil ante el Tribunal General de Justicia; reglamentar los procedimientos sucesorios especiales, la tutela y el defensor judicial, el desahucio, los procedimientos especiales para personas sin hogar, los recursos extraordinarios, el injunction o interdicto, los procedimientos posesorios, y las controversias y estados provisionales de derecho; enmendar el Artículo 1204 de la Ley 55-2020, según enmendada, conocida como “Código Civil de Puerto Rico”, a los fines de establecer un término prescriptivo de tres (3) años para determinadas acciones contra directores, oficiales o accionistas de corporaciones por responsabilidades creadas o impuestas por ley; derogar el Código de Enjuiciamiento Civil de Puerto Rico de 1933, según enmendado; derogar la Ley Núm. 140 de 23 de julio de 1974, según enmendada, conocida como “Ley sobre Controversias y Estados Provisionales de Derecho”; y para otros fines relacionados.”
En comisión
Para enmendar el Artículo 6 de la Ley Núm. 23-1991, según enmendada, conocida como “Ley del Fideicomiso Institucional de la Guardia Nacional de Puerto Rico”, a los fines de permitir a los empleados, retirados de FIGNA y retirados de la Guardia Nacional a participar de los beneficios de las tiendas militares de la Guardia Nacional de Puerto Rico y para otros fines.
Aprobada por el Senado
Para enmendar el inciso (a) sub-inciso (18) de la Sección 1031.02 y el inciso (a) de la Sección 3030.17. de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico”, a los fines de que personas al servicio del Gobierno de los Estados Unidos de América y que sean trasladadas oficialmente para prestar sus servicios al Gobierno de Puerto Rico, tengan incentivos para permanecer en la Isla; y para otros fines relacionados.
Aprobada por el Senado
Para ordenar al Negociado de Energía de la Junta Reglamentadora de Servicio Público de Puerto Rico a comenzar dentro del término de noventa (90) días, contados a partir de la fecha de vigencia de esta Resolución Conjunta, el proceso de adopción de un nuevo reglamento integral de interconexión de sistemas de generación con la red eléctrica de la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico que sea consistente con todos los mandatos, objetivos, y principios rectores del sistema eléctrico de Puerto Rico, así como con la Política Pública Energética, según establecidos en la Ley Núm. 17-2019, según enmendada, conocida como “Ley de Política Pública Energética de Puerto Rico”; y para otros fines relacionados.
Aprobada por el Senado
Para ordenar a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico realizar investigaciones continuas sobre la situación del sistema energético en Puerto Rico; incluyendo, pero sin limitarse, a la fiscalización y cumplimiento con las metas establecidas en la política pública energética de Puerto Rico, desarrollo de los proyectos de energía, acceso a energía, servicio y atención al cliente, generación, transmisión y distribución de energía eléctrica en la Isla, impacto ambiental y económico.
Aprobada por el Senado
Para enmendar los articulos 2, 3, 4, 5, 6, 8 y 9 de la Ley 166-1995, según enmendada, conocida como la "Ley del Programa de Desarrollo Artesanal", a los fines de transferirle al Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico, la responsabilidad de facilitar lineas de garantia o crédito para la concesión de préstamos, incentivos, o cualquier otra ayuda económica a la clase artesanal para el establecimiento, operación, ampliación o mejoramiento de talleres de produccióry elaboración y confección de artesanias; hacer correcciones técnicas en la Ley, conforme al estado de derecho acfual; y para otros fines relacionados.
En conferencia
Para enmendar los articulos 2,3, 4,5, 6 y 7 de la Ley 38-2011, conocida como "Ley de Manos Pa'l Campo", con el fin de ampliar su aplicación a cualesquiera actividades o faenas agricolas que se realicen en Puerto Rico, y no circunscribirla a la cosecha de café, y para reiterar y reforzar la politica pública existente sobre la utilización de confinados, para la realización de diversas tareas, tales como actividades agricolas, entre otras, como parte del proceso de rehabilitación y reinserción a la libre comunidad de esta población, de acuerdo a lo contemplado en la Ley 166-2009, según enmendada; y para otros fines relacionados.
En conferencia
Para enmendar los Artículos 2 y 3 de la Ley 44 de 21 de junio de 1988, según enmendada, conocida como “Ley de la Autoridad para el Financiamiento de la Infraestructura de Puerto Rico”, a los fines de ampliar su acceso a fondos, otorgarle mayor autonomía administrativa y agilizar la ejecución de proyectos de infraestructura crítica; excluir a la Autoridad para el Financiamiento de la Infraestructura de las disposiciones de la Ley 73-2019, según enmendada, conocida como “Ley de la Administración de Servicios Generales para la Centralización de las Compras del Gobierno de Puerto Rico de 2019”, permitiéndole gestionar sus propios procesos sin interferencias burocráticas; y para otros fines relacionados
En conferencia
“Para conmemorar el Semiquincentenario de los Estados Unidos de América y solicitar al Presidente y al Congreso de los Estados Unidos la admisión de Puerto Rico como Estado de la Unión; para requerir que copia de esta Resolución Conjunta sea remitida al Presidente y al Congreso de los Estados Unidos de América; y para otros fines relacionados.”
Aprobada por el Senado
Para enmendar los Artículos 6 y 7, así como añadir los Artículos 6A y 6B a la Ley Núm. 147 de 18 de junio de 1980, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica de la Oficina de Gerencia y Presupuesto”, a los fines de crear el Fondo de Reserva para la Estabilización Presupuestaria, establecer el uso de dicho fondo; y para otros fines relacionados.
Rechazada
Para derogar la Ley 12-2008, con el propósito de eliminar el modelo obligatorio de escaneo de contenedores en los puertos de Puerto Rico; establecer la “Ley para Promover la Seguridad en las Instalaciones Portuarias de Puerto Rico”, promulgar la política pública sobre la seguridad en todas nuestras instalaciones portuarias, la cual se ejecutará en estrecha coordinación con el gobierno federal para evitar la imposición de cargos o estructuras regulatorias innecesarias que encarezcan el comercio y afecten al consumidor; y para otros fines relacionados.
Rechazada
Para crear el Fondo de Proyectos de Capital Público del Gobierno de Puerto Rico; añadir la sub-claúsula (i) a la Cláusula (A), del Subinciso (1) del Inciso (b) del Artículo 3 de la Ley Núm. 147 de 18 de junio de 1980, según enmendada y conocida como “Ley Orgánica de la Oficina de Gerencia y Presupuesto”, para delegar el establecimiento y la administración del Fondo de Proyectos de Capital Público del Gobierno de Puerto Rico, delimitar su alcance, deberes, obligaciones y facultades, en la Oficina de Gerencia y Presupuesto; y para otros fines relacionados.
Rechazada
“Para establecer el Programa C‑PACE en Puerto Rico; crear un marco regulatorio para la implementación de este programa innovador de financiamiento privado; autorizar la imposición especial voluntaria como mecanismo de repago para el financiamiento de mejoras permanentes cualificadas en propiedades elegibles; ordenar la creación de las Guías del Programa; y para otros fines relacionados.
En comisión
Para crear la “Ley del Programa Estratégico para la Preservación, Modernización y Gestión de Activos del Superacueductos de Puerto Rico”; y para otros fines relacionados.
En comisión
“Para establecer la “Ley de los servicios religiosos como un servicio esencial”; establecer definiciones; establecer prohibiciones específicas al impedimento de celebrar servicios religiosos; y para otros fines relacionados.”
En comisión
“Para enmendar el inciso (h) del Artículo 13 de la Ley 8-2004, aprobada el 8 de enero de 2004, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Recreación y Deportes”, a los fines de establecer que el terapeuta atlético requerido deberá poseer licencia vigente; implantar un enfoque basado en riesgo; establecer requisitos diferenciados y criterios mínimos de reglamentación para torneos deportivos, competencias y escuelas especializadas en deporte; permitir alternativas de cumplimiento para actividades pequeñas o de bajo riesgo; autorizar cobertura compartida, acuerdos colaborativos, incentivos y prácticas supervisadas; disponer salvaguardas fiscales; y para otros fines relacionados.”
En comisión
“Para enmendar los incisos (a) y (c) de la Sección 4 de la Ley 83 del 2 de mayo de 1941, según enmendada, conocida como la “Ley de la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico”, a los fines de autorizar a la Oficina del Procurador del Ciudadano (Ombudsman) a utilizar mecanismos electrónicos en el proceso de elección del representante del interés de los clientes ante la Junta de Gobierno de la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico; permitir que exempleados de la Autoridad puedan pertenecer a la Junta de Gobierno luego de transcurridos dos (2) años desde su jubilación o separación del empleo; y para otros fines relacionados.”
En comisión
“Para enmendar la Regla 60 de las Reglas de Procedimiento Civil de Puerto Rico de 2009, según enmendadas, a los fines de establecer que la devolución al remitente de una notificación-citación enviada por correo certificado, aun cuando contenga una marca o anotación postal de “Refused”, “Rechazada”, “No aceptada” o expresión análoga, no constituye diligenciamiento válido, no acredita que la parte demandada conoció la demanda o el señalamiento, no confiere jurisdicción sobre su persona y no podrá servir de fundamento para anotarle la rebeldía ni dictar sentencia en su contra; aclarar que ninguna presunción probatoria sobre el recibo de correspondencia podrá suplir el diligenciamiento requerido; disponer las alternativas procesales disponibles a la parte demandante, incluida la entrega personal, la conversión al procedimiento ordinario y, cuando proceda, el emplazamiento por edicto; salvaguardar el debido proceso de ley; y para otros fines relacionados.”
En comisión
“Para enmendar la Ley 72-1993, según enmendada, mejor conocida como “Ley de la Administración de Seguros de Salud de Puerto Rico”, a los fines de consolidar la operación y administración de la Oficina del Programa de Medicaid de Puerto Rico, adscrita al Departamento de Salud, con la Administración de Seguros de Salud (ASES), designando la última como la Agencia Estatal Única (Single State Agency) para los fines de la Sección 1902 de la Ley de Seguridad Social federal (Social Security Act); para crear el Comité Asesor de Medicaid y el Consejo Asesor de Beneficiarios; para reestructurar la composición de la Junta de Directores de la ASES; enmendar el puesto de Director Ejecutivo de la ASES; para excluir a la ASES del régimen de compras centralizadas administrado por la Administración de Servicios Generales, autorizándola a establecer su propio proceso de compras aprobado por su Junta de Directores; y para otros fines relacionados.”
En comisión
“Para enmendar los Artículos 6 y 7, así como añadir los Artículos 6A y 6B a la Ley Núm. 147 de 18 de junio de 1980, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica de la Oficina de Gerencia y Presupuesto”, a los fines de crear el Fondo de Reserva para la Estabilización Presupuestaria, establecer el uso de dicho fondo; y para otros fines relacionados.”
En comisión
“Para establecer la “Ley para Ajustar la Pensión Mínima al Costo de Vida Actua”; enmendar la Ley Núm. 447 de 15 de mayo de 1951 y la Ley Núm. 160 de 24 de diciembre de 2013 a los fines de aumentar la pensión mínima; y para otros fines relacionados.”
En comisión
“Para enmendar las Secciones 8 y 9 de la Ley Núm. 139 de 26 de junio de 1968, según enmendada, conocida como “Ley de Beneficios por Incapacidad Temporal”; enmendar los Artículos 1 y 12 de la Ley Núm. 428 de 15 de mayo de 1950, según enmendada, conocida como “Ley del Seguro para Chóferes y Otros Empleados”, a los fines de consolidar y uniformar la fecha de radicación de las planillas relacionadas con las contribuciones sobre los salarios pagados a los empleados, en cumplimiento con lo dispuesto en el Artículo 33 de la Ley Núm. 65-2025; armonizar las disposiciones aplicables al pago de dichas contribuciones; y para otros fines relacionados.”
En comisión
“Para crear el Fondo de Proyectos de Capital Público del Gobierno de Puerto Rico; añadir la sub-claúsula (i) a la Cláusula (A), del Sub-inciso (1) del Inciso (b) del Artículo 3 de la Ley Núm. 147 de 18 de junio de 1980, según enmendada y conocida como “Ley Orgánica de la Oficina de Gerencia y Presupuesto”, para delegar el establecimiento y la administración del Fondo de Proyectos de Capital Público del Gobierno de Puerto Rico, delimitar su alcance, deberes, obligaciones y facultades, en la Oficina de Gerencia y Presupuesto; y para otros fines relacionados.”
En comisión
“Para enmendar el Artículo 7 de la Ley 136-2006, según enmendada, conocida como la “Ley de los Centros Médicos Académicos Regionales de Puerto Rico”, a fin de aclarar el alcance de sus funciones académicas y docentes; precisar la aplicación de los límites de responsabilidad establecidos en la Ley Núm. 104 de 29 de junio de 1955, según enmendada, conocida como “Ley de Reclamaciones y Demandas contra el Estado”; y para otros fines relacionados.”
En comisión