Qué propone
El P. del S. 1557 añade un Capítulo VII a la Ley 81-2019 para autorizar juegos de azar en línea de estilo casino, como tragamonedas, ruleta y blackjack; el capítulo de disposiciones transitorias pasa a ser el VIII. La Comisión de Juegos licenciaría operadores y proveedores, con licencias de cinco años y hasta tres marcas de plataforma por operador, y exigiría autorización expresa antes de iniciar operaciones. Para estos juegos, el texto exige controles de identidad, edad y ubicación, autoexclusión, límites de juego, protección de fondos y ciberseguridad; también requiere que los sistemas que lleven el registro oficial de apuestas estén en Puerto Rico, aunque permite ciertos sistemas auxiliares fuera de la isla. Impone un arbitrio de 35% del GGR para tragamonedas y juegos predominantemente aleatorios y de 14% para juegos de mesa; destina esos recaudos a financiar aumentos de pensiones, y la Exposición de Motivos cita una proyección preliminar de $11.3 millones anuales, sujeta al desempeño del mercado. La Comisión tendría tres meses desde la vigencia para aprobar los , y podría reducir hasta 50% los derechos de licencia por un máximo de diez años; la ley base no se , aunque se reenumera su capítulo final.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
El P. del S. 1557 fue en el Senado el 16 de octubre de 2026. El trámite consignado no identifica una comisión ni acciones posteriores.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 16 de octubre de 2026
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