Qué propone
El Proyecto del Senado 203 propone añadir un nuevo inciso (r) al Artículo 3 de la Ley 17-2017, conocida como la 'Ley para la Promoción de Puerto Rico como Destino'. Esto autoriza explícitamente a la Corporación para la Promoción de Puerto Rico como Destino (DMO, Discover Puerto Rico) a desarrollar estrategias para mercadear a Puerto Rico como un destino académico, además de los ya contemplados como culinario, deportivo, cultural, médico, de naturaleza, de lujo y de convenciones. La medida busca clarificar y expandir el alcance del DMO hacia el mercado académico internacional.
Pros
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
. La medida busca expandir el alcance de la Corporación para la Promoción de Puerto Rico como Destino (DMO), creada bajo la Ley 17 de 2017, para incluir el turismo académico y otras modalidades. Esto se alinea con la evolución histórica del turismo en Puerto Rico, que ha buscado diversificar su oferta desde la creación de la Compañía de Turismo en 1970, pasando por el desarrollo del Centro de Convenciones y la promoción de nichos como el turismo médico, como se describe en los fragmentos. La medida es un paso más en la estrategia de diversificación del sector turístico.
En qué va
La medida, Proyecto del Senado 203, fue de Puerto Rico el 23 de junio de 2025. Posteriormente, fue enviada a la Cámara de Representantes, donde la Comisión de Turismo rindió un sin el 26 de febrero de 2026, y luego fue remitida a la Comisión de Calendarios.
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Última acción · 26 de febrero de 2026
Remitido a Comisión de Calendarios de la Cámara
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A favor (24)
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Para añadir un nuevo inciso (r) en el Artículo 3 de la Ley 17-2017, conocida como “Ley para la Promoción de Puerto Rico como Destino”, con el propósito de establecer que, como parte de sus estrategias, la Corporación para la Promoción de Puerto Rico como Destino, pueda desarrollar iniciativas dirigidas a mercadear a Puerto Rico, como un destino accesible e inclusivo; enmendar el inciso (o) del Artículo 4 de la Ley Núm. 10 de 18 de junio de 1970, según enmendada, conocida como “Ley de la Oficina de Turismo del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio del Gobierno de Puerto Rico”, a los fines de establecer, entre otras estrategias e iniciativas que puedan desarrollarse por la Oficina de Turismo, mercadear a Puerto Rico como un destino accesible e incluyente; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda la Ley 17-2017 y la Ley 10-1970 para incluir explícitamente el mercadeo de Puerto Rico como un destino turístico accesible e inclusivo como estrategia de la Corporación para la Promoción de Puerto Rico como Destino y la Oficina de Turismo del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio. Se busca que ambas entidades desarrollen iniciativas para atraer visitantes, incluyendo aquellos con diversidad funcional, y que la Oficina de Turismo establezca acuerdos colaborativos con entidades del tercer sector y del sector privado para fomentar eventos y servicios dirigidos a esta población.
“Para establecer la “Ley para el Fomento del Turismo Científico y Académico en Puerto Rico”; crear el Programa de Promoción de Intercambios, Conferencias y Turismo de Investigación; disponer los deberes de la Compañía de Turismo y del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio; y para otros fines relacionados.”
El P. del S. 555 propone la creación de la "Ley para el Fomento del Turismo Científico y Académico en Puerto Rico". Establece el "Programa de Promoción de Intercambios, Conferencias y Turismo de Investigación", adscrito a la Compañía de Turismo de Puerto Rico (CTPR) en coordinación con el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) y otras entidades. El programa coordinará la atracción de eventos académicos y científicos, diseñará estrategias de promoción, creará una plataforma digital y podrá otorgar incentivos promocionales y logísticos a instituciones organizadoras. La CTPR tendrá 90 días para adoptar la reglamentación necesaria.
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