
1,923 votaciones nominales registradas.
En las medidas que generaron debate votó a favor 570 de 813 veces (sin contar ausencias), un 70%. El promedio en Senado ronda el 86%.
Una votación con oposición es la que tuvo al menos un voto en contra.
Cómo vota según lo que se está votando: leyes, resoluciones o nombramientos.
% de acuerdo en votaciones con oposición (al menos un voto en contra) con al menos 10 votaciones compartidas.




Legisladores con quienes ha autorado o coautorado más medidas en conjunto.





Medidas en las que figura como autor(a) o coautor(a).
Para enmendar las Secciones 1020.02; 2021.03; 2022.04; 2023.02; y 2024.01 de la Ley 60-2019, según enmendada, conocida como el “Código de Incentivos de Puerto Rico”, a los fines de modificar criterios específicos para la otorgación de los incentivos, con el objetivo de asegurar la permanencia de médicos altamente capacitados en Puerto Rico y atraer nuevos médicos; disponer como nuevos requisitos para la otorgación de estos decretos que los médicos presten servicios a participantes del Plan Vital; y que certifiquen llevar a cabo al menos cinco (5) admisiones o consultas de pacientes presenciales semanales en instituciones hospitalarias, o que se trate de un médico enfocado exclusivamente en entornos hospitalarios, o sea parte de una franquicia o práctica contratada con los hospitales, o sea un médico con una posición de liderazgo o mejoramiento de la calidad en el hospital, entre otros; establecer un periodo de exención de quince (15) años para los médicos cualificados que posean un decreto bajo el Código, durante el cual estarán sujetos a una tasa fija preferencial de contribución sobre ingresos del doce por ciento (12%); y para otros fines relacionados.
Enviada a la Gobernadora
Para crear el Observatorio de Trata Humana de Puerto Rico bajo el Departamento de Justicia de Puerto Rico la Comisión de Derechos Civiles de Puerto Rico, disponer sus poderes y prerrogativas, proveer para su organización, crear el puesto de Director del Observatorio de Trata Humana de Puerto Rico, otorgarle funciones y deberes, requerir la creación y el desarrollo de un Plan Estratégico para combatir la trata humana en Puerto Rico, así como establecer la política pública del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, y para otros fines.
Enviada a la Gobernadora
“Para ordenar a la Comisión de Salud del Senado de Puerto Rico para realizar una investigación sobre el manejo por parte del Departamento de Salud de Puerto Rico y la Junta Reglamentadora de Cannabis Medicinal de la auditoria relacionada al laboratorio Cannalytics durante los años 2023- 2024, y para para conocer el estado actual del funcionamiento de los laboratorios de Cannabis en Puerto Rico y del cumplimiento estricto con los rigores de la Ley 49-2017 conocida como “Ley para Manejar el Estudio, Desarrollo e Investigación del Cannabis para la Innovación, Normas Aplicables y Límites (“Ley MEDICINAL”)” por parte de cada uno de los componentes cubiertos bajo la misma.”
Rechazada
Para ordenar a la Comisión de Salud del Senado de Puerto Rico realizar una investigación sobre el cumplimiento del Departamento de Salud de Puerto Rico con su deber ministerial de fiscalizar los Centros de Terminación de Embarazos en Puerto Rico, conforme al Reglamento Núm. 7654 de 8 de septiembre de 2008, según enmendado; el alcance, frecuencia, metodología y suficiencia de las inspecciones realizadas; el cumplimiento del ciclo procesal de fiscalización reglamentariamente establecido; y la adecuación de los protocolos del Departamento a las enmiendas reglamentarias vigentes.
Aprobada por el Senado
Para crear la “Ley de Responsabilidad Parental hacia el Ser Humano en Gestación o Nasciturus de Puerto Rico”, con el propósito de proclamar la Política Pública del Gobierno de Puerto Rico en torno a la responsabilidad compartida de los progenitores desde la concepción, particularmente en la cobertura de los gastos prenatales o de gestación del nasciturus; establecer una causa de acción civil especial para reclamar los gastos incurridos durante el periodo de gestación y hasta el momento del parto, así como aquellos gastos médicos y relacionados; disponer quiénes estarán legitimados para ejercer dicha acción, fijar el término prescriptivo aplicable y establecer el procedimiento judicial correspondiente; y para ordenar la adopción de la reglamentación necesaria para su implantación.
Aprobada por el Senado
Para ordenar a la Comisión de Vivienda y Bienestar Social del Senado de Puerto Rico, en conjunto con la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional e Impedimentos del Senado de Puerto Rico a llevar a cabo una investigación sobre el cumplimiento del Gobierno de Puerto Rico, el Departamento de la Familia, la Oficina de Gerencia y Presupuesto, las agencias concernidas y la Comisión para Combatir la Pobreza Infantil y la Desigualdad Social en Puerto Rico con las disposiciones de la Ley Núm. 84-2021, conocida como la “Ley de Política Pública de Puerto Rico para Combatir la Pobreza Infantil y la Desigualdad Social”; evaluar el estado actual de la Comisión creada por dicha Ley; examinar la composición, nombramientos, reuniones, plan de trabajo, informes, uso de fondos, cumplimiento de metas, coordinación interagencial, creación de subcomités, recomendaciones de política pública y demás deberes impuestos por dicha Ley; autorizar la citación de funcionarios, requerimiento de documentos, celebración de vistas públicas, vistas ejecutivas, inspecciones oculares, referidos a agencias con jurisdicción y cualquier otro trámite necesario para cumplir con esta investigación; y para otros fines relacionados.
Rechazada
Para añadir un inciso (j) a la Sección 2 de la Ley Núm. 15 de 14 de abril de 1931, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos de Puerto Rico”, a los fines de incluir entre sus poderes y deberes la facultad para identificar y crear las herramientas que permitan a las personas diagnosticadas con el Trastorno del Espectro del Autismo o Síndrome Down poder insertarse y mantenerse en la fuerza laboral; para enmendar la Sección 1033.11 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011”, a los fines de establecer una deducción contributiva a los patronos de empresas privadas que empleen a personas diagnosticadas con el Trastorno del Espectro del Autismo o Síndrome Down; y para otros fines relacionados.
Aprobada por el Senado
“Para ordenar a la Comisión de lo Jurídico del Senado de Puerto Rico llevar a cabo una investigación exhaustiva sobre la falta de asignación de fondos al Centro Salud Justicia de Puerto Rico conforme a la Ley 109-2024, identificar los efectos adversos de esta situación sobre los servicios esenciales que provee el Centro y evaluar la implementación de la mencionada ley para garantizar el cumplimiento con las disposiciones de política pública estipuladas para los Centros Especializados “PITI”.”
Aprobada por el Senado
Para ordenar a la Comisión de Turismo, Recursos Naturales y Ambientales que lleve a cabo una investigación sobre el estado e implementación por parte del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales de los programas de arrecifes artificiales viabilizados a través de la la Ley 122-2020, la cual enmendó la Ley 147-1999, mejor conocida como la “Ley para la Protección, Conservación y Manejo de los Arrecifes de Coral en Puerto Rico”. Estas enmiendas se aprobaron con el propósito de viabilizar el uso de los arrecifes de coral artificiales, como alternativa para mitigar los efectos del aumento del nivel del mar en nuestra zona marino-costera y maximizar la utilización de fondos asignados por el gobierno federal para estos asuntos. Ante la situación crítica que siguen experimentando nuestras costas, se hace imperativo evaluar la efectividad de estos proyectos de arrecifes artificiales, la disponibilidad de fondos federales para los mismos y la posibilidad de fomentar su implementación a mayor escala.
Rechazada
Para ordenar al Departamento de la Familia y a la Administración para el Cuidado y Desarrollo Integral de la Niñez (ACUDEN) revisar, armonizar, adoptar, promulgar e implantar, dentro de un término cierto, la reglamentación aplicable a la Ley Núm. 173-2016, según enmendada por la Ley Núm. 206-2024; disponer para la uniformidad de criterios administrativos entre las dependencias concernidas; requerir la rendición de informes periódicos a la Asamblea Legislativa; y para otros fines relacionados.
En comisión
Para enmendar los Artículos 3.03 del Subcapítulo A del Capítulo III de la Ley 173-2016, según enmendada, conocida como la “Ley para el Licenciamiento de Establecimientos de Cuidado, Desarrollo y Aprendizaje de los Menores Elegibles en Puerto Rico”, a los fines de ampliar las vías alternas de credencialización para educuidadores, maestros y asistentes de los centros de cuidado, desarrollo y aprendizaje; reconocer trayectorias que combinen grados asociados, grados técnicos, certificaciones ocupacionales y experiencia laboral acreditada como vías válidas de cumplimiento con los requisitos de preparación académica; y para otros fines relacionados.
En comisión
“Para crear la “Ley de la Capacidad del Padre y la Madre Joven”; enmendar los Artículos 599, 638, 639 y 687 de la Ley 55-2020, según enmendada, conocida como “Código Civil de Puerto Rico”; añadir un nuevo Artículo 19-B a la Ley Núm. 24 de 22 de abril de 1931, según enmendada, conocida como “Ley del Registro Demográfico de Puerto Rico”, a los fines de reconocer como una de las clases de emancipación la paternidad o maternidad a menores que ya hayan cumplido los dieciocho (18) años de edad y establecer la forma en que se dará, reconocer la capacidad de los menores de edad que hayan cumplido dieciséis (16) años de poder inscribir a sus hijos en el Registro Demográfico; y para otros fines relacionados.”
En comisión
Para ordenar a la Comisión de Salud del Senado de Puerto Rico a llevar a cabo una investigación exhaustiva sobre la implementación y efectividad de la Resolución Conjunta 7 del 12 de enero de 2023.
Rechazada
Para crear la Comisión Especial para la Identificación y Derogación de la Reglamentación Excesiva, Redundante e Inoperante aplicable a las Empresas en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico; para monitorear la efectividad de la legislación y reglamentación aplicables a estas empresas, definir la composición de la Comisión, establecer los objetivos de esta y autorizar la adopción de un reglamento interno.
Rechazada
Para ordenar a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico a llevar a cabo una investigación exhaustiva sobre el costo-beneficio, legalidad y efectividad del proceso de escaneo de contenedores, y su impacto sobre la seguridad, la economía, y para otros fines relacionados.
Rechazada
Para enmendar el inciso 5 de la Sección 2.1 del Artículo 2, según enmendada, conocida como “Ley para la Administración y Transformación de los Recursos Humanos en el Gobierno de Puerto Rico”; enmendar el inciso (y) del Artículo 1.2 de la Ley 1-2012, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica de la Oficina de Ética Gubernamental de Puerto Rico”; enmendar la Sección 1 de la Ley Núm. 99 de 5 de mayo de 1941, según enmendada, conocida como “Ley para Prohibir el Nepotismo en el Nombramiento de Funcionarios y Empleados de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico”; enmendar el inciso (r) del Artículo 3.1 de la Ley 2-2018, según enmendada, conocida como “Código Anticorrupción para el Nuevo Puerto Rico”; a los fines de extender las prohibiciones relacionadas al nepotismo y al nombramiento o contratación de familiares para incluir a la pareja por relación afectiva análoga a la conyugal, según reconocida en el Código Civil de Puerto Rico de 2020; y para otros fines relacionados.
En comisión
Para ordenar a la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico llevar a cabo una investigación exhaustiva sobre la interpretación y aplicación de la Ley 36-2024 por parte de LUMA Energy, LLC, a los fines de garantizar el cumplimiento con la intención legislativa y supervisar la correcta implementación de dicha ley, asegurando la protección de los derechos de los consumidores comerciales, industriales e institucionales y comprobando si se han corregido errores de facturación y atrasos en las lecturas de consumo de energía.
Rechazada
Para enmendar los Artículos 1 y 2 de la Ley Núm. 220 de 21 de agosto de 2004, según enmendada, conocida como “Ley de la Carta de Derechos de la Estudiante Embarazada”, a los fines de: (1) fortalecer y modernizar los mecanismos de divulgación, publicación y acceso continuo a la Carta de Derechos mediante medios digitales y divulgación multicanal; (2) establecer un Enlace de Apoyo a la Estudiante Embarazada y un Plan Individual de Continuidad Académica; (3) incorporar expresamente la aplicabilidad y responsabilidades del sistema universitario público, incluyendo la Universidad de Puerto Rico, para la divulgación, acomodos académicos y referidos a recursos de salud materno-infantil; (4) requerir divulgación anual por correo electrónico institucional y colocación en centros de consejería y salud estudiantil, cuando existan; (5) requerir que se divulguen rutas claras de querellas y protección contra represalias; (6) requerir certificaciones y métricas mínimas de cumplimiento; y para otros fines relacionados.
En comisión
Para la “Ley de Licencia de Paternidad por Adopción para Empleados del Sector Privado” con el propósito de reconocer el derecho de los padres adoptantes que laboren en el sector privado en Puerto Rico a disfrutar de una licencia de paternidad por adopción con paga; establecer la correspondiente protección en el empleo; disponer para su aplicación; y para otros fines relacionados.
En comisión
Para enmendar los Artículos 14.02 у 14.08 de la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como "Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico", a los fines de añadir una sexta modalidad al Programa de Libre Selección de Escuelas para que las víctimas de violencia doméstica puedan matricular a sus dependientes en escuelas más cercanas al lugar donde sus residencias están sitas o transferirlos a escuelas de su preferencia; otorgar a los dependientes de estas prioridad para la concesión de un Certificado bajo el referido Programa; y renumerar el inciso (f) como (g) en el Artículo 14.08.
Vigente
Para ordenar a la Comisión con jurisdicción del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la implementación, operación y estado actual de la Ley Núm. 140-2014, conocida como la “Ley para el Mejoramiento Tecnológico, Profesional y Laboral de la Policía de Puerto Rico”, con el propósito de evaluar la gestión y cumplimiento en la recaudación de fondos, uso de recursos, funcionamiento del Fideicomiso creado por la Ley, distribución de los ingresos y el impacto de estas acciones en la Policía de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Rechazada
Para ordenar a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional que se lleve a cabo una investigación sobre el estado real de los programas de desvíos para personas agresoras en casos de violencia de pareja en Puerto Rico, su funcionamiento y efectividad en los servicios brindados, fondos federales y estatales disponibles, así como el cumplimiento por parte de la Oficina de la Procuraduría de la Mujer y el Departamento de Corrección y Rehabilitación con las disposiciones aplicables bajo la Ley 49-2000, mejor conocida como la Ley para crear la Junta Reguladora de los Programas de Reeducación y Readiestramiento para Personas Agresoras y la Ley Núm. 54 de 15 de agosto de 1989, según enmendada, mejor conocida como la Ley para la Prevención e Investigación con la Violencia Doméstica, dirigidas a los programas de readiestramiento y rehabilitación.
Rechazada
Para ordenar a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional que lleve a cabo una investigación sobre el manejo y el proceso de implementación del Family First Prevention Services Act (FFPSA), y sus implicaciones para los niños participantes bajo el cuidado sustituto de las instituciones residenciales en Puerto Rico, y para otros fines relacionados.
Rechazada
Para añadir un Artículo 8.4 C a la Ley 161-2009, según enmendada, conocida como “Ley para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico”, a fin de exceptuar del cumplimiento de instalación de provisión “rapid shutdown” para sistemas de energía renovable instalados en techos de uso exclusivo residencial de concreto; y establecer que la Oficina de Gerencia de Permisos, la Autoridad de Energía Eléctrica, el Negociado de Energía, así como cualquier otro departamento, agencia, municipio, corporación o instrumentalidad pública del Gobierno revisarán, enmendarán o derogarán sus reglamentos administrativos, órdenes administrativas, memorandos para instituir procedimientos, políticas y formularios de permisos con la intención de atemperarlos a lo aquí contenido; y para otros fines relacionados.
En comisión
El tipo sale del prefijo del número de la medida (PS, PC, RC…). Abre el Glosario en el menú para ver qué significa cada uno.





