Qué propone
La Resolución del Senado 78 ordena a la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico llevar a cabo una investigación exhaustiva. El objetivo es examinar cómo LUMA Energy, LLC interpreta y aplica la Ley 36-2024, para asegurar el cumplimiento de la intención legislativa, supervisar la implementación de dicha ley, proteger los derechos de consumidores comerciales, industriales e institucionales, y verificar la corrección de errores de facturación y atrasos en lecturas de consumo de energía.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
La medida se inscribe en el debate histórico sobre el sistema eléctrico de Puerto Rico, que ha pasado de un monopolio público (AEE) a la privatización de la transmisión y distribución con LUMA Energy. La investigación sobre la aplicación de la Ley 36-2024 por LUMA Energy refleja las preocupaciones persistentes sobre la calidad del servicio, la facturación y la rendición de cuentas tras la privatización, como se ha visto en los apagones y la demanda para cancelar el contrato de LUMA.
En qué va
La Resolución del Senado 78 fue el 5 de marzo de 2025 y referida a comisión el 6 de marzo de 2025. La Comisión de Asuntos Internos del Senado emitió un el 15 de abril de 2026, no recomendando su aprobación.
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Última acción · 15 de abril de 2026
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre el posible cierre planificado de siete (7) Centros de Experiencia al Cliente de LUMA Energy; y para otros fines.
La Resolución del Senado 85 ordena a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico a llevar a cabo una investigación exhaustiva sobre el posible cierre de siete (7) Centros de Experiencia al Cliente de LUMA Energy. La investigación debe concluir y presentar un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones dentro de un plazo de ciento ochenta (180) días tras la aprobación de la medida. Esta orden legislativa busca esclarecer las razones detrás de la decisión de LUMA y sus implicaciones, afectando directamente a la empresa, sus clientes y la política pública de protección a poblaciones vulnerables.
Para ordenar a la Comisión de Asuntos Municipales y a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre los procesos, protocolos y planes de respuesta de la empresa LUMA Energy ante interrupciones en el servicio eléctrico en los municipios de Puerto Rico; examinar la efectividad de las medidas adoptadas, los tiempos de respuesta, la coordinación con las agencias gubernamentales y municipios, así como las consecuencias para los abonados; y para otros fines relacionados.
La Resolución del Senado 281 ordena a las Comisiones de Asuntos Municipales y de Gobierno del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre los procesos, protocolos y planes de respuesta de LUMA Energy ante interrupciones del servicio eléctrico. La investigación examinará la efectividad de las medidas, tiempos de respuesta, coordinación intergubernamental y consecuencias para los abonados. Las comisiones deberán rendir un informe con hallazgos y recomendaciones en un plazo de 120 días tras la aprobación de la medida.
Para ordenar a la Comisión de Gobierno del Senado del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, realizar una investigación para conocer los detalles del proceso de despeje de vegetación en todo Puerto Rico, incluyendo el desglose por regiones y municipios; así como los trámites y las gestiones realizadas por las entidades gubernamentales y el consorcio LUMA Energy; y para otros fines relacionados.
La Resolución del Senado 279 proponía ordenar a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico que realizara una investigación detallada sobre el proceso de despeje de vegetación en toda la isla. El objetivo era obtener un desglose por regiones y municipios, e identificar los trámites y gestiones realizadas tanto por las entidades gubernamentales como por el consorcio LUMA Energy.
“Para expresar el más enérgico rechazo del Senado del Estado Libre Asociado de Puerto Rico al sorpresivo anuncio del cierre de las oficinas de atención al cliente que el consorcio LUMA Energy administra en siete (7) municipios de Puerto Rico; del mismo modo, instar al Gobierno de Puerto Rico a exigirle al mencionado consorcio, por conducto del zar de la energía y director ejecutivo de la Autoridad para las Alianzas Público-Privadas, que se identifiquen alternativas para evitar y detener el cierre de estas oficinas; y para otros fines relacionados.”
La Resolución del Senado 86 (RS 86) es una medida legislativa que expresa el rechazo del Senado al anuncio de LUMA Energy sobre el cierre de siete (7) oficinas de atención al cliente. Insta al Gobierno de Puerto Rico, a través del zar de la energía y el director ejecutivo de la Autoridad para las Alianzas Público-Privadas, a identificar alternativas para evitar o detener dichos cierres. No crea ley ni asigna fondos, sino que fija una postura y hace un llamado a la acción gubernamental.
Para ordenar a la Comisión de Gobierno, realizar una investigación sobre el proceso y desarrollo de la iniciativa “Alumbrado Público Comunitario” anunciada por el consorcio LUMA Energy, a los fines de conocer el estado en que se encuentra el sistema de alumbrado en Puerto Rico, incluyendo pero sin limitarse a: el inventario del alumbrado público en el País; las luminarias que requieren reparación; las que ya se han atendido, ya sea porque han sido instaladas o reparadas; los fondos federales asignados y utilizados al presente; así como el plan de trabajo donde se evidencie la labor que estará llevando a cabo LUMA Energy durante el próximo año; y para otros fines relacionados.
La Resolución del Senado 434 ordena a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre la iniciativa 'Alumbrado Público Comunitario' de LUMA Energy. La investigación debía detallar el estado actual del sistema de alumbrado público, incluyendo inventario, luminarias pendientes de reparación o atendidas, uso de fondos federales, y el plan de trabajo de LUMA Energy para el próximo año. Esta medida no tiene fuerza de ley ni crea obligaciones directas, sino que busca recopilar información para fiscalización.
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