Para la “Ley de Licencia de Paternidad por Adopción para Empleados del Sector Privado” con el propósito de reconocer el derecho de los padres adoptantes que laboren en el sector privado en Puerto Rico a disfrutar de una licencia de paternidad por adopción con paga; establecer la correspondiente protección en el empleo; disponer para su aplicación; y para otros fines relacionados.
Qué propone
Esta medida crea la Ley de Licencia de Paternidad por Adopción para Empleados del Sector Privado. Establece el derecho de los empleados varones del sector privado a una licencia de paternidad por adopción con paga. La licencia varía en duración: 15 días laborables si la adopción es con cónyuge o pareja análoga; 8 semanas calendario si el padre adoptante individualmente adopta un menor de 5 años o menos; y 15 días laborables si adopta individualmente a un menor de 6 años o más. La ley también protege el empleo del trabajador durante la licencia y prohíbe represalias por reclamar este derecho.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Esta medida legislativa, presentada el 9 de abril de 2026, fue el Senado y referida a comisión. Tras un primer informe rendido sin el 15 de septiembre de 2026, fue devuelta a comisión el 8 de octubre de 2026. La firman legisladores del Partido Nuevo Progresista (PNP) y de un partido independiente.
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Última acción · 8 de octubre de 2026
Devuelto a la Comisión(es)
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