Qué propone
La medida propone añadir una facultad al Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH) para crear herramientas que faciliten la inserción y retención laboral de personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA) o Síndrome Down. Simultáneamente, establece una deducción contributiva para patronos del sector privado que empleen a estas personas, modificando el Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011. El objetivo es promover la empleabilidad y mejorar la calidad de vida de esta población.
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Última acción · 4 de junio de 2026
Comisión no recomienda aprobación de la medida
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (25)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para enmendar la Sección 1033.11 de la Ley 1-2011, según enmendada y conocida como el “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011” a los fines de aumentar la cantidad de meses que un patrono deberá emplear a una persona severamente impedida para poder beneficiarse de la deducción para patronos dispuesta en el Código de Rentas de Puerto Rico, así como para aumentar la cantidad máxima de personas que pueden contratar en virtud de esta Sección; y para otros fines relacionados.
La medida enmienda la Sección 1033.11 del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011 para aumentar el período mínimo de empleo de una persona severamente impedida de nueve (9) a doce (12) meses para que un patrono pueda beneficiarse de una deducción contributiva. También eleva el número máximo de personas severamente impedidas por las cuales un patrono puede reclamar esta deducción, de cinco (5) a diez (10). Afecta directamente a patronos privados que contratan personas con impedimentos y al Departamento del Trabajo y Recursos Humanos en su rol de certificador.
Para enmendar el “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico”, Ley Núm. 1-2011, según enmendada, a los fines de establecer una deducción contributiva de cincuenta por ciento (50%), hasta un máximo de cincuenta mil dólares ($50,000), de los salarios pagados a personas diagnosticadas con autismo, síndrome de Down y otras condiciones del neurodesarrollo o discapacidades intelectuales; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda el Código de Rentas Internas para establecer una deducción contributiva del 50% de los salarios pagados a empleados diagnosticados con autismo, síndrome de Down, discapacidad intelectual moderada o leve, u otras condiciones del neurodesarrollo reconocidas por el Departamento de Salud. El incentivo está limitado a un máximo de $50,000 anuales por cada empleado contratado por un término mínimo de 12 meses consecutivos. Afecta directamente a patronos que busquen contratar a estas personas y al Departamento de Hacienda, que deberá reglamentar la medida.
Intereses en juego
En qué va
La medida, P. del S. 133, fue el 2 de enero de 2025 y el 13 de febrero de 2025. Posteriormente, fue enviada a la Cámara de Representantes para su trámite, donde una comisión no recomendó su aprobación el 4 de junio de 2026.
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