Para añadir una nueva Sección 1052.05 a la Ley Núm. 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico”, a fin de establecer un crédito reembolsable para los contribuyentes que tengan dependientes con diversidad funcional, o que padezcan de una condición de salud incapacitante, según enumerados
Qué propone
Añade la Sección 1052.05 al Código de Rentas Internas y concede un crédito reembolsable de $300 por dependiente a individuos residentes de Puerto Rico con dependientes que tengan una de las diversidades funcionales o condiciones de salud enumeradas. La lista incluye síndrome de Down, autismo, perlesía cerebral, sordera o ceguera total, distrofia muscular, cáncer, obesidad mórbida, Alzheimer o demencia. El crédito se suma al beneficio de la Sección 1032.07; si los contribuyentes están casados, cada cual puede reclamar el 50% del crédito por dependiente. Hacienda orientará a los contribuyentes y establecerá por la evidencia que se presentará, si alguna, con protecciones de confidencialidad; la ley aplica desde el año contributivo 2026.
Pros
Contras
Intereses en juego
Qué cambió en comisiónsegún el entirillado del informe
El de comisión sustituyó el crédito reembolsable por una deducción no reembolsable, con escala de $100 a $300 y tope de ingresos de $30,000; el texto final aprobado por el Senado no conserva esos cambios.
En qué va
El Senado aprobó la medida el 3 de noviembre de 2025 y la envió a la Cámara. El 10 de noviembre fue referida a una comisión de la Cámara.
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Última acción · 10 de noviembre de 2025
Referido a Comisión(es)
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