Para ordenar a la Comisión de Vivienda y Bienestar Social del Senado de Puerto Rico, en conjunto con la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional e Impedimentos del Senado de Puerto Rico a llevar a cabo una investigación sobre el cumplimiento del Gobierno de Puerto Rico, el Departamento de la Familia, la Oficina de Gerencia y Presupuesto, las agencias concernidas y la Comisión para Combatir la Pobreza Infantil y la Desigualdad Social en Puerto Rico con las disposiciones de la Ley Núm. 84-2021, conocida como la “Ley de Política Pública de Puerto Rico para Combatir la Pobreza Infantil y la Desigualdad Social”; evaluar el estado actual de la Comisión creada por dicha Ley; examinar la composición, nombramientos, reuniones, plan de trabajo, informes, uso de fondos, cumplimiento de metas, coordinación interagencial, creación de subcomités, recomendaciones de política pública y demás deberes impuestos por dicha Ley; autorizar la citación de funcionarios, requerimiento de documentos, celebración de vistas públicas, vistas ejecutivas, inspecciones oculares, referidos a agencias con jurisdicción y cualquier otro trámite necesario para cumplir con esta investigación; y para otros fines relacionados.
Qué propone
La Resolución del Senado 512 ordena a las Comisiones de Vivienda y Bienestar Social y de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional e Impedimentos del Senado a investigar el cumplimiento del Gobierno de Puerto Rico, el Departamento de la Familia, la Oficina de Gerencia y Presupuesto y la Comisión para Combatir la Pobreza Infantil y la Desigualdad Social con la Ley 84-2021. La investigación abarcaría la composición, nombramientos, reuniones, plan de trabajo, uso de fondos y metas de dicha Comisión, autorizando la citación de funcionarios y requerimiento de documentos. La medida fue el Senado en mayo de 2026 y recibió un de la Comisión de Asuntos Internos en junio de 2026, siendo .
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La Resolución del Senado 512 fue el 18 de mayo de 2026 y referida a comisión el 21 de mayo de 2026. La Comisión de Asuntos Internos rindió un el 10 de junio de 2026, lo que llevó a su rechazo.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 10 de junio de 2026
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Comisión de Asuntos de la Juventud de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el impacto de la implementación de la Ley Núm. 84-2021, según enmendada, conocida como “Ley de Política Pública de Puerto Rico para Combatir la Pobreza Infantil y la Desigualdad Social”; las iniciativas llevadas a cabo por la “Comisión para Combatir la Pobreza Infantil y la Desigualdad Social en Puerto Rico”; los esfuerzos del Departamento de la Familia para reducir la tasa de pobreza de menores de edad y sus familias; y para otros fines relacionados.os.
La Resolución de la Cámara 802 ordena a la Comisión de Asuntos de la Juventud de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre el impacto de la Ley 84-2021 (Ley de Política Pública para Combatir la Pobreza Infantil y la Desigualdad Social), las iniciativas de la Comisión creada por dicha ley, y los esfuerzos del Departamento de la Familia para reducir la pobreza infantil. La investigación deberá completarse y presentarse un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones en un plazo de noventa (90) días tras la aprobación de la resolución.
Para enmendar la Sección 5 de la Resolución del Senado 487, según aprobada el 26 de mayo de 2026, que ordena a la Comisión de Relaciones Federales y Viabilización del Mandato del Pueblo para la Solución del Estatus del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la utilización, administración, cumplimiento y fiscalización de los fondos federales asignados a Puerto Rico bajo el Workforce Innovation and Opportunity Act (WIOA) y el Temporary Assistance for Needy Families (TANF), incluyendo su impacto real en el desarrollo laboral, la autosuficiencia económica de las familias y la reducción de la pobreza, así como la identificación de deficiencias en su manejo, ejecución y resultados.
Esta Resolución (R. del S. 572) enmienda la Sección 5 de la Resolución del Senado 487, aprobada el 26 de mayo de 2026. La enmienda modifica el plazo para que la Comisión de Relaciones Federales y Viabilización del Mandato del Pueblo para la Solución del Estatus del Senado rinda un informe sobre la utilización, administración, cumplimiento y fiscalización de fondos federales bajo WIOA y TANF. El cambio principal es ajustar la fecha límite de entrega del informe.
Para ordenar a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la implantación y cumplimiento de las disposiciones de la Ley Núm. 84 de 1 de marzo de 1999, según enmendada, conocida como la “Ley para la Creación de Centros de Cuidado Diurno para Niños en los Departamentos, Agencias, Corporaciones o Instrumentalidades Públicas del Gobierno de Puerto Rico”; determinar cuáles departamentos, agencias, corporaciones e instrumentalidades públicas cuentan actualmente con Centros de Cuidado Diurno o proveen servicios de cuidado infantil mediante los mecanismos autorizados por dicha Ley; identificar los factores administrativos, fiscales, reglamentarios, de infraestructura o de otra naturaleza que hayan incidido en su implantación; evaluar la vigencia y efectividad del marco legal existente; y para otros fines relacionados.
No enmienda la Ley Núm. 84-1999 ni crea derechos u obligaciones nuevas: ordena a la Comisión de Gobierno del Senado investigar su implantación y cumplimiento. La Comisión debe identificar qué entidades públicas ofrecen cuidado infantil, examinar centros cerrados y en operación, capacidad, matrícula, listas de espera, licencias, financiamiento y acuerdos con otras entidades o proveedores, entre otros asuntos. Puede citar personas, requerir documentos e información, convocar audiencias e inspeccionar. Debe entregar al Senado un informe final con hallazgos, conclusiones y recomendaciones dentro de 180 días de la aprobación; no se asignan fondos.
Para enmendar el Artículo 5 de Ley 84-2021, según enmendada, conocida como “Ley de Política Pública de Puerto Rico para Combatir la Pobreza Infantil y la Desigualdad Social” con el fin de incluir entre los miembros de la Comisión para Combatir la Pobreza y la Desigualdad Social en Puerto Rico al Secretario(a) del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos o su representante designado, a la Procuradora de las Mujeres o su representante designado, un (1) representante designado por la Asociación de Alcaldes de Puerto Rico, un (1) representante designado por la Federación de Alcaldes de Puerto Rico, así como dos (2) miembros en representación del interés público recomendados respectivamente, uno (1) por el Presidente(a) de la Cámara de Representantes de Puerto Rico y uno (1) por el Presidente(a) del Senado de Puerto Rico al Gobernador(a); establecer los debidos procedimientos para tal designación; y para otros fines relacionados.
La medida propone enmendar el Artículo 5 de la Ley 84-2021 para expandir la composición de la Comisión para Combatir la Pobreza Infantil y la Desigualdad Social. Se añadirían seis miembros: el Secretario del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos, la Procuradora de las Mujeres, un representante de la Asociación de Alcaldes, un representante de la Federación de Alcaldes, y dos miembros del interés público nominados por los presidentes de la Cámara y el Senado. Esto aumentaría el total de miembros de 17 a 23.
Para ordenar a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre las causas, el alcance y las consecuencias de la pobreza en Puerto Rico, así como evaluar y proponer estrategias integrales para su erradicación; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 612 ordena a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre las causas, alcance y consecuencias de la pobreza en Puerto Rico. La Comisión deberá evaluar la efectividad de las políticas actuales y proponer estrategias integrales para su erradicación, presentando un informe final con hallazgos y recomendaciones en un plazo de 180 días. Afecta directamente a la Comisión legislativa designada y, de forma indirecta, a todos los residentes de Puerto Rico al abordar un problema social crítico.
Entra con tu correo para opinar, comentar y seguir esta medida. La primera vez se crea tu cuenta, gratis.
Aún no hay comentarios. Comparte tu opinión sobre esta medida.