Qué propone
La Resolución del Senado 512 ordena a las Comisiones de Vivienda y Bienestar Social y de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional e Impedimentos del Senado a investigar el cumplimiento del Gobierno de Puerto Rico, el Departamento de la Familia, la Oficina de Gerencia y Presupuesto y la Comisión para Combatir la Pobreza Infantil y la Desigualdad Social con la Ley 84-2021. La investigación abarcaría la composición, nombramientos, reuniones, plan de trabajo, uso de fondos y metas de dicha Comisión, autorizando la citación de funcionarios y requerimiento de documentos. La medida fue el Senado en mayo de 2026 y recibió un de la Comisión de Asuntos Internos en junio de 2026, siendo .
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La Resolución del Senado 512 fue el 18 de mayo de 2026 y referida a comisión el 21 de mayo de 2026. La Comisión de Asuntos Internos rindió un el 10 de junio de 2026, lo que llevó a su rechazo.
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Última acción · 10 de junio de 2026
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación sobre la situación fiscal, administrativa y operacional de todos los componentes del Departamento de la Familia de Puerto Rico, en aras de mejorar los servicios que brinda dicha Agencia; conocer sus programas, necesidades y dificultades; y para otros asuntos relacionados.
La Resolución del Senado 56 ordena a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la situación fiscal, administrativa y operacional de todos los componentes del Departamento de la Familia. El objetivo es identificar programas, necesidades y dificultades para mejorar los servicios que brinda la agencia. Esta medida no crea derechos ni obligaciones, ni asigna fondos, sino que solicita un informe detallado.
Para enmendar la Sección 5 de la Resolución del Senado 487, según aprobada el 26 de mayo de 2026, que ordena a la Comisión de Relaciones Federales y Viabilización del Mandato del Pueblo para la Solución del Estatus del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la utilización, administración, cumplimiento y fiscalización de los fondos federales asignados a Puerto Rico bajo el Workforce Innovation and Opportunity Act (WIOA) y el Temporary Assistance for Needy Families (TANF), incluyendo su impacto real en el desarrollo laboral, la autosuficiencia económica de las familias y la reducción de la pobreza, así como la identificación de deficiencias en su manejo, ejecución y resultados.
Esta Resolución (R. del S. 572) enmienda la Sección 5 de la Resolución del Senado 487, aprobada el 26 de mayo de 2026. La enmienda modifica el plazo para que la Comisión de Relaciones Federales y Viabilización del Mandato del Pueblo para la Solución del Estatus del Senado rinda un informe sobre la utilización, administración, cumplimiento y fiscalización de fondos federales bajo WIOA y TANF. El cambio principal es ajustar la fecha límite de entrega del informe.
Para ordenar a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre las causas, el alcance y las consecuencias de la pobreza en Puerto Rico, así como evaluar y proponer estrategias integrales para su erradicación; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 612 ordena a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre las causas, alcance y consecuencias de la pobreza en Puerto Rico. La Comisión deberá evaluar la efectividad de las políticas actuales y proponer estrategias integrales para su erradicación, presentando un informe final con hallazgos y recomendaciones en un plazo de 180 días. Afecta directamente a la Comisión legislativa designada y, de forma indirecta, a todos los residentes de Puerto Rico al abordar un problema social crítico.
Para ordenar a la Comisión de Vivienda y Bienestar Social del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la política pública existente y necesaria referente a las personas sin hogar, incluyendo la Ley 130-2007, según enmendada, conocida como “Ley para Crear el Concilio Multisectorial en Apoyo a la Población sin Hogar”, la Ley 199-2007, conocida como “Ley para la Prestación de Servicios a Personas sin Hogar”; así como las entidades del Gobierno de Puerto Rico que proveen programas o servicios dirigidos a personas sin hogar; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución del Senado (RS 383) ordena a la Comisión de Vivienda y Bienestar Social del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la política pública actual y necesaria para atender a las personas sin hogar. La investigación debe examinar las leyes existentes (Ley 130-2007 y Ley 199-2007), los programas y servicios ofrecidos por las entidades gubernamentales, y las barreras que dificultan la ejecución de dichos programas. La medida busca identificar reformas necesarias para un sistema más justo y eficiente.
Para ordenar a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico realizar una investigación para conocer el estado actual de los hogares de envejecientes de Puerto Rico, a los fines de auscultar el cumplimiento con la política pública establecida y el nivel de cumplimiento con ésta en aquellas instituciones autorizadas a prestar servicios a dicha comunidad, así como a las organizaciones que atienden las necesidades de esta población.
La Resolución del Senado 5 ordena a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el estado actual de los hogares de envejecientes en la isla. El objetivo es evaluar el cumplimiento de estas instituciones y las organizaciones de apoyo con la política pública vigente y los procesos de licenciamiento y regulación establecidos por el Departamento de la Familia. La Comisión tiene 180 días para rendir un informe con hallazgos y recomendaciones.
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