Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por virtud de la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, evaluar conforme a las disposiciones de la Ley y el reglamento, la transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico contemplado en dicha Ley, al Municipio de Juana Díaz de las instalaciones de la antigua Escuela Juanita Rivera localizada en dicho municipio y para otros fines relacionados.
Qué propone
Esta Resolución Conjunta ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles (CEDBI) a evaluar la transferencia, o cualquier otro negocio jurídico de las instalaciones de la antigua Escuela Juanita Rivera en Juana Díaz al Municipio de dicho pueblo. El propósito es permitir el desarrollo de proyectos económicos, educativos, comunitarios y deportivos. La medida establece un plazo improrrogable de sesenta (60) días laborables para que el CEDBI complete esta evaluación, a partir de la aprobación de la Resolución Conjunta.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en el debate sobre la autonomía municipal y la capacidad de los municipios para gestionar sus propios bienes y proyectos. Históricamente, la Ley de Municipios Autónomos de 1991 y el Código Municipal de 2020 buscaron descentralizar el poder y otorgar a los ayuntamientos competencias administrativas y de ordenación territorial, lo que esta medida busca ejercer al solicitar la transferencia de una propiedad para desarrollo local.
Qué cambió en comisiónsegún el entirillado del informe
Se ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles evaluar la transferencia, o cualquier otro negocio jurídico de las instalaciones de la antigua Escuela Juanita Rivera al Municipio de Juana Díaz, estableciendo un plazo de 60 días laborables para dicha evaluación.
En qué va
La medida fue el 13 de noviembre de 2025 y por el Senado el 17 de septiembre de 2026. Fue firmada por los presidentes de ambos cuerpos y el 19 de octubre de 2026. La firman representantes de dos partidos políticos (PPD y PNP).
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 19 de octubre de 2026
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A favor (47)
A favor (23)
Abstenido (1)
A favor (48)
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