
965 votaciones nominales registradas.
En las medidas que generaron debate votó a favor 418 de 420 veces (sin contar ausencias), un 100%. El promedio en la Cámara ronda el 87%.
Una votación con oposición es la que tuvo al menos un voto en contra.
Cómo vota según lo que se está votando: leyes, resoluciones o nombramientos.
% de acuerdo en votaciones con oposición (al menos un voto en contra) con al menos 10 votaciones compartidas.




Legisladores con quienes ha autorado o coautorado más medidas en conjunto.





Medidas en las que figura como autor(a) o coautor(a).
Para enmendar el Artículo 1.21 a la Ley 20-2017, según enmendada, conocida como "Ley del Departamento de Seguridad Pública de Puerto Rico"; el Artículo 5 de la Ley 83-2025, conocida como "Ley de la Policía de Puerto Rico"; el Articulo 5 de la Ley Núm. 23 de 20 de junio de 1972, según enmendada, conocida como "Ley Orgánica del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales"; el Artículo 7 del Plan de Reorganización 2-2011, según enmendado, conocido como "Plan de Reorganización del Departamento de Corrección y Rehabilitación de 201111 con el propósito de incluir como parte de las experiencias educativas y preventivas del Programa Experience del Departamento de Seguridad Pública, a la Policía de Puerto Rico, el Cuerpo de Vigilantes de Recursos Naturales y Ambientales y al Departamento de Corrección y Rehabilitación; establecer la obligación de colaborar y promover el programa; y para otros fines relacionados.
Vigente
Para añadir un nuevo Artículo 2.003A a la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico", a los fines de requerir un Enlace Municipal de Asuntos de la Mujer y Víctimas de Violencia Domestica en cada municipio de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Vigente
Para reasignar a las agencias e instrumentalidades públicas y a los municipios, la cantidad de dos millones setecientos noventa y dos mil setecientos setenta y dos dólares (2,792,772) provenientes de las siguientes Resoluciones Conjuntas: RC 18-2017 por la cantidad de quinientos veintisiete mil quinientos veintiséis dólares con cuarenta y dos centavos (527,526.42), RC 66-2018 por la cantidad de quinientos un mil setenta y ocho dólares con sesenta y dos centavos( 501,075.62), RC 95-2018 por la cantidad de dieciséis mil novecientos sesenta y cinco dólares con veinticinco centavos (16,965.25), RC 124-2018, por la cantidad de cuarenta y cuatro mil trescientos diecisiete dólares con cincuenta centavos (44,317.50), la RC 19-2018 por la cantidad de ciento catorce mil ciento treinta y tres dólares con treinta y tres centavos (114,133.33), RC 14-2019 por la cantidad de trescientos doce mil seiscientos setenta y ocho dólares con cincuenta y siete centavos (312,678.57), RC 19-2019 por la cantidad de doscientos cuarenta y cuatro mil diecisiete dólares con seis centavos (244,017.06), RC 100-2019 por la cantidad de ciento cuarenta y dos mil cuatrocientos veintitrés dólares con sesenta y seis centavos (142,423.66), RC 23-2019 por la cantidad de once mil novecientos diez con tres centavos (11,910.03), RC 9-2020 por la cantidad de doscientos dieciséis
Enviada a la Gobernadora
Para enmendar los Artículos 6 y 7, así como añadir los Artículos 6A y 6B a la Ley Núm. 147 de 18 de junio de 1980, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica de la Oficina de Gerencia y Presupuesto”, a los fines de crear el Fondo de Reserva para la Estabilización Presupuestaria, establecer el uso de dicho fondo; y para otros fines relacionados.
Enviada a la Gobernadora
Para crear el Fondo de Proyectos de Capital Público del Gobierno de Puerto Rico; añadir la sub-claúsula (i) a la Cláusula (A), del Subinciso (1) del Inciso (b) del Artículo 3 de la Ley Núm. 147 de 18 de junio de 1980, según enmendada y conocida como “Ley Orgánica de la Oficina de Gerencia y Presupuesto”, para delegar el establecimiento y la administración del Fondo de Proyectos de Capital Público del Gobierno de Puerto Rico, delimitar su alcance, deberes, obligaciones y facultades, en la Oficina de Gerencia y Presupuesto; y para otros fines relacionados.
Enviada a la Gobernadora
Para asignar a los municipios, la cantidad de cuatro millones setecientos veintiocho mil doscientos sesenta y cinco dólares con ochenta y nueve centavos (4,728,265.89) provenientes de los ingresos generados según se dispone en la Sección 29, Inciso b, de la Ley Núm. 11 de 22 de agosto de 1933, según enmendada, conocida como “Ley de Máquinas de Juegos Azar” a ser transferidos para llevar a cabo los propósitos que se describen en la Sección 1 de esta Resolución Conjunta; para autorizar la contratación de tales obras; autorizar el traspaso de fondos; autorizar el pareo de los fondos reasignados; y para otros fines.
Enviada a la Gobernadora
Para crear la “Ley de Prioridad en el Restablecimiento de Servicios Esenciales para Hogares Sustitutos y de Transición”; establecer como política pública del Gobierno de Puerto Rico que los hogares sustitutos y de transición bajo la supervisión del Departamento de la familia sean incluidos como prioridad en los planes de restablecimiento de los servicios esenciales luego de una emergencia o desastre; y para otros fines relacionados.
Enviada a la Gobernadora
Para ordenar a la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el incidente ocurrido en la Escuela Elemental Martín García Giusti del Municipio de Toa Baja, en el cual varios estudiantes resultaron afectados tras ingerir una bebida que presuntamente contenía fragmentos de vidrio; evaluar las circunstancias que rodearon los hechos, los protocolos de seguridad escolar, la supervisión durante el horario de recreo y la respuesta institucional; y para otros fines relacionados.
En comisión
Para designar el tramo de la Carretera PR-866, ubicada en el Barrio Sabana Seca del Municipio de Toa Baja, que discurre entre la intersección de la Panadería Mi Pan y la intersección de la Ave. Ramón Ríos Román, con el nombre de “Francisco ‘Paco’ Ortiz Santos”, en reconocimiento a su destacada trayectoria y labor como jefe de familia, líder cívico y comunitario, así como por su impacto perdurable en dicha comunidad; autorizar la instalación de rótulos, autorizar el pareo de fondos; y para otros fines relacionados.
Enviada a la Gobernadora
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles (CEDBI) del Gobierno de Puerto Rico, auscultar la posibilidad de transferir libre de costo a la corporación Centro Corazón Azul, Inc., la titularidad o conceder el usufructo u otro negocio jurídico por un término mayor a diez (10) años, del terreno y la estructura de la antigua Escuela Pública Ernesto Juan Fonfrias, localizada en la Carr. #2, Km. 17, Hm. 7, Sección Macum, del Bo. Candelaria en el municipio de Toa Baja, a tenor con el Capítulo 5 de la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”.
Enviada a la Gobernadora
Para ordenar a la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación sobre el grado de cumplimiento de las disposiciones de la Ley 46-2019, conocida como “Ley sobre Notificación de Planes Escolares de Operaciones de Emergencias de Puerto Rico”, y sobre las medidas adoptadas por las escuelas, colegios, centro de estudios supervisados o centro de cuido extendido para garantizar la seguridad y preparación ante situaciones de emergencia; y para otros fines relacionados.
Aprobada por la Cámara
Para ordenar a la Comisión de Asuntos Municipales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva en torno a las acciones administrativas, decisiones operacionales, criterios técnicos y directrices impartidas por la Región Metro de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (A.A.A.) relacionadas con la operación del sistema de distribución de agua potable, incluyendo el cierre de válvulas y el desvío de agua, el manejo de tanques del almacenamiento, los patrones de bombeo y el uso de datos operacionales asociados al tanque de abastecimiento localizado en las inmediaciones de la carretera PR-865, cercano a las instalaciones de Pepsi Cola en el municipio de Toa Baja; determinar el impacto que tales determinaciones han tenido sobre los residentes, comercios e instituciones del Municipio de Toa Baja; identificar las comunidades, sectores y municipios beneficiados o afectados por dichas operaciones; evaluar la razonabilidad, necesidad, legalidad, transparencia y documentación de tales determinaciones; y para otros fines relacionados.
Aprobada por la Cámara
Para enmendar la Resolución Conjunta del Fondo General del Gobierno de Puerto Rico para el Año Fiscal 2026, aumentando el presupuesto de trece mil noventa y cinco millones trescientos quince mil dólares ($13,095,315,000) a trece mil seiscientos noventa y dos millones ochocientos treinta y un mil dólares (13,692,831,000), mediante la asignación de fondos del Fondo General del Tesoro Estatal para sufragar gastos del Gobierno de Puerto Rico correspondientes al año fiscal que termina el 30 de junio de 2026; y para incluir, además, como parte del Presupuesto General para el Año Fiscal 2026, una asignación de quinientos ochenta y ocho mil dólares ($588,000), provenientes de sobrantes de años anteriores del Fondo General del Tesoro Estatal, para reponer la asignación destinada al pago del Instrumento de Valor Contingente del Arbitrio del Ron, y para otros fines.
Vigente
Para enmendar el Artículo 4-A de la Ley Núm. 88 de 9 de julio de 1986, conocida como “Ley de Menores de Puerto Rico”, según enmendada, a los fines de establecer una excepción a la exigencia de agotar los remedios administrativos cuando el menor esté imputado de faltas clase II o clase III que representen una amenaza sustancial a la seguridad escolar o a la integridad física de otras personas; establecer la facultad de reglamentación; y para otros fines relacionados.
En conferencia
Para asignar la cantidad de trece mil ciento setenta y cuatro millones setecientos tres mil (13,174,703,000) dólares, con cargo al Fondo General del Tesoro Estatal del Gobierno de Puerto Rico, para gastos ordinarios de funcionamiento de los programas y agencias que componen la Rama Ejecutiva y los programas que componen la Rama Judicial y la Rama Legislativa durante el año fiscal que concluye el 30 de junio de 2027, las siguientes cantidades o la porción de estas fuese necesario; y para otros fines relacionados.
Vigente
Para ordenar a la Comisión de Asuntos Municipales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva dirigida a evaluar la situación de la titularidad de los solares residenciales ubicados en el Sector Monserrate del Municipio Autónomo de Toa Baja, cuyos residentes no cuentan con títulos de propiedad, con el fin de identificar y evaluar los procesos necesarios para que se otorgue la titularidad a favor de sus residentes; y para otros fines relacionados.
Aprobada por la Cámara
Para enmendar el Artículo 88 de la Ley 46-2012, según enmendada, conocida como “Código Penal de Puerto Rico”, a los fines de establecer que no prescribirán los delitos tipificados en la Ley 168-2019, según enmendada, conocida como “Ley de Armas de Puerto Rico de 2020”, cuando estos sean cometidos como parte, medio o instrumento para la comisión del delito de asesinato o tentativa de asesinato; y para otros fines relacionados.
Aprobada por la Cámara
Para enmendar el Artículo 2-104(a) de la Ley Núm. 447 de 15 de mayo de 1951, según enmendada, conocida como “Sistema de Retiro de los Empleados del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, a los fines de autorizar que los miembros de la Policía de Puerto Rico y del Cuerpo de Bomberos que hayan cumplido cincuenta y ocho (58) años de edad y treinta (30) años de servicio, puedan optar de forma voluntaria, por extender su servicio activo hasta un máximo de sesenta y seis (66) años de edad, siempre que presenten un “Aviso de Intención de Fecha de Retiro” no más tarde de noventa (90) días antes del vencimiento de la fecha para acogerse al retiro y cumplan con las evaluaciones médicas y de desempeño establecidas; y para disponer la adopción de normas reglamentarias necesarias para su implantación.
Aprobada por la Cámara
Para ordenar a LUMA Energy LLC, a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico y al Departamento de Transportación y Obras Públicas a iniciar, con carácter prioritario, todas las gestiones administrativas necesarias dirigidas a realizar las mejoras permanentes que permitan a los residentes del sector Villas del Sol, en el municipio de Toa Baja, contar con conexión legal a los servicios de energía eléctrica y acueductos y alcantarillados, y con la infraestructura vial adecuada; y para otros fines relacionados.
Aprobada por la Cámara
Para designar con el nombre de la Plaza del Quinto Centenario Lucecita Benitez la hasta hoy conocida Plaza del Quinto Centenario en el Viejo San Juan, en reconocimiento a la extensa trayectoria artística internacional e invaluable aportación al quehacer artístico cultural puertorriqueño de “La Voz Nacional de Puerto Rico”; para ordenar la realización de una actividad para develar el nombre de la plaza y la colocación de una tarja conmemorativa que anuncie el mismo, la cual estará a cargo de la Compañía de Turismo y el Municipio de San Juan; y para otros fines relacionados.
En comisión
Para derogar el Artículo 9 de la Ley Núm. 166-1995, según enmendada, conocida como “Ley del Programa de Desarrollo Artesanal” a los fines derogar su Junta Asesora; y para otros fines relacionados.
En comisión
Para establecer una asignación recurrente de cinco millones de dólares ($5,000,000), con cargo al Fondo General del Tesoro Estatal del Gobierno de Puerto Rico, a partir del Año Fiscal 2027-2028, para cubrir los gastos ordinarios de operación y funcionamiento de la Sociedad de Educación y Rehabilitación (SER) de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Aprobada por la Cámara
Para enmendar el sub inciso (5) del inciso (C) de la Sección 5 de la Ley Núm. 221 de 15 de mayo de 1948, según enmendada, mejor conocida como “Ley de Juegos de Azar y Autorización de Máquinas Tragamonedas en los Casinos”, a los fines de aumentar la asignación de fondos recurrentes destinados a la celebración de eventos hípicos en Puerto Rico con el objetivo fomentar el turismo ecuestre e hípico; consolidar a Puerto Rico como sede de eventos hípicos de prestigio internacional; y para otros fines relacionados.
Aprobada por la Cámara
Para enmendar los Capítulos I y II de la Ley Núm. 38-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico”, a los fines de modernizar el procedimiento para la reglamentación; establecer el Boletín de Reglamentos y el Código de Reglamentos de Puerto Rico, e incorporar mecanismos de participación, análisis regulatorio y revisión periódica de reglamentos; y para otros fines relacionados.
Aprobada por la Cámara
El tipo sale del prefijo del número de la medida (PS, PC, RC…). Abre el Glosario en el menú para ver qué significa cada uno.




