Qué propone
Esta Resolución Conjunta ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Propiedades Inmuebles evaluar la transferencia, o negocio jurídico similar del Parque Luis Muñoz Rivera, incluyendo sus instalaciones, del Programa de Parques Nacionales (Departamento de Recursos Naturales y Ambientales) al Municipio de San Juan. Establece un plazo de 30 días para la evaluación del Comité, con una condición suspensiva para la transferencia de título hasta que se culminen obras de reconstrucción. Afecta directamente al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, al Municipio de San Juan y al Comité de Evaluación.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en la evolución de la autonomía municipal en Puerto Rico, un proceso que se consolidó con la Ley 81-1991 y el Código Municipal de 2020. La transferencia de propiedades del gobierno central a los municipios, como la propuesta para el Parque Luis Muñoz Rivera, refleja la tensión histórica entre la centralización y la descentralización del poder, donde los municipios buscan asumir más responsabilidades y control sobre sus recursos locales.
En qué va
Esta Resolución Conjunta fue el 13 de febrero de 2025 y por el Senado el 24 de febrero de 2025, con . Fue firmada por la Gobernadora el 1 de abril de 2025, convirtiéndose en la Resolución Conjunta 3-2025.
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Última acción · 1 de abril de 2025
Res. Conj. 3-2025
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (44)
A favor (23)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Propiedades Inmuebles, creado mediante la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal, evaluar conforme a las disposiciones de la Ley y su Reglamento, la transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico contemplado en dicha Ley, por parte del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales al Municipio de Camuy del Parque Nacional de las Cavernas del Río Camuy, incluyendo todas sus instalaciones y terrenos, para fines de desarrollo turístico, recreativo y económico; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Propiedades Inmuebles, creado por la Ley 26-2017 (Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal), que evalúe la transferencia, usufructo o negocio jurídico similar del Parque Nacional de las Cavernas del Río Camuy, incluyendo sus instalaciones y terrenos, del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) al Municipio de Camuy. El propósito es el desarrollo turístico, recreativo y económico. Se establece un plazo de 30 días para la determinación del Comité, con una condición suspensiva para la escritura pública de transferencia de título hasta que se completen obras de rehabilitación necesarias.
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por virtud de la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, evaluar conforme a las disposiciones de la Ley y el reglamento, la transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico contemplado en dicha Ley, al Municipio de Juana Díaz de las instalaciones de la antigua Escuela Juanita Rivera localizada en dicho municipio y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por la Ley 26-2017 (Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal), a evaluar la transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico de las instalaciones de la antigua Escuela Juanita Rivera en Juana Díaz al Municipio de Juana Díaz. El objetivo es permitir que el municipio establezca proyectos de desarrollo económico, educativo, comunitario y deportivo. El Comité tiene un plazo improrrogable de sesenta (60) días laborables para completar esta evaluación.
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por virtud de la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, evaluar conforme a las disposiciones de la ley y el reglamento, la transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico contemplado en dicha Ley, al Municipio de Juana Díaz, de las instalaciones de la antigua Escuela Ramón Enrique Ortíz localizada en dicho municipio, y para otros fines relacionados
Esta Resolución Conjunta ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles (CEDBI), creado por la Ley 26-2017 (Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal), que evalúe la transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico de las instalaciones de la antigua Escuela Ramón Enrique Ortiz, ubicada en el Municipio de Juana Díaz, a dicho municipio. El CEDBI deberá realizar esta evaluación conforme a la ley y su reglamento, considerando el impacto social, viabilidad económica y mantenimiento de la propiedad.
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por virtud de la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, evaluar conforme a las disposiciones de la ley y el reglamento, la transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico contemplado en dicha Ley, al Municipio de Juana Díaz, de las instalaciones de la antigua Escuela Luz Correa localizada en dicho municipio, y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles (CEDBI), creado por la Ley 26-2017, a evaluar la transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico de las instalaciones de la antigua Escuela Luz E. Correa al Municipio de Juana Díaz. Establece un plazo improrrogable de sesenta (60) días para la evaluación del CEDBI y treinta (30) días adicionales para la materialización del traspaso si es aprobado. El propósito es permitir que el municipio desarrolle proyectos de beneficio comunitario.
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Propiedades Inmuebles, creado mediante la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal, evaluar conforme a las disposiciones de la Ley y su Reglamento, la transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico contemplado en dicha Ley, por parte de la Autoridad de Carreteras y Transportación al Municipio de Camuy del Área Escenica, localizada en el Barrio Puente del Municipio de Camuy, incluyendo todas sus instalaciones y edificaciones; y para otros fines relacionados.
La Resolución Conjunta de la Cámara 146 ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Propiedades Inmuebles (CEBDI) evaluar la transferencia, usufructo u otro negocio jurídico sobre el Área Escénica de Camuy, actualmente bajo la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT), al Municipio de Camuy. Establece un plazo de 30 días para la determinación del CEBDI, con una cláusula de aprobación automática si no hay respuesta. Si se aprueba la transferencia, el municipio podrá usar el inmueble para fines públicos, pero no podrá enajenarlo ni alterar su uso público. La ejecución de cualquier escritura de título queda supeditada a la culminación de obras de reconstrucción por parte de la ACT.
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