Para solicitarle a la Gobernadora de Puerto Rico, Hon. Jenniffer González Colón, que declare un estado de emergencia ante la crisis de sobrepoblación de animales realengos en la isla y se implemente un plan de acción integral que proteja el bienestar animal y la salud pública, mediante una colaboración efectiva entre agencias gubernamentales, municipios y organizaciones sin fines de lucro; y para otros fines relacionados.
Qué propone
Esta Resolución de la Cámara (RC 208) solicita a la Gobernadora de Puerto Rico que declare un estado de emergencia debido a la sobrepoblación de animales realengos. Además, le insta a desarrollar e implementar un Plan Integral para el Control y Manejo de Animales Realengos. Este plan debe incluir el fortalecimiento de la Oficina Estatal para el Control de Animales (OECA), programas de esterilización masiva, campañas educativas, fortalecimiento de programas de adopción, protocolos de salud pública y programas de bienestar animal. La medida busca fomentar la colaboración entre agencias gubernamentales, municipios y organizaciones sin fines de lucro.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se conecta con la crisis de sobrepoblación de animales realengos, un problema histórico en Puerto Rico que ha sido objeto de debate y esfuerzos comunitarios. Los fragmentos históricos resaltan que, a pesar de la Ley 154-2008 que tipifica el maltrato animal y los esfuerzos de esterilización, la falta de una política pública nacional efectiva y el financiamiento gubernamental han impedido una solución duradera, dejando la responsabilidad en el tercer sector.
En qué va
La Resolución de la Cámara 208 fue el 19 de marzo de 2025 y referida a Comisión el 20 de marzo de 2025, tras su primera lectura en la Cámara de Representantes. Actualmente se encuentra en trámite legislativo .
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Última acción · 20 de marzo de 2025
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para declarar un estado de emergencia ante la crisis de sobrepoblación de animales realengos en Puerto Rico y ordenar la implementación de un plan de acción integral que proteja el bienestar animal y la salud pública, mediante una colaboración efectiva entre agencias gubernamentales, municipios y organizaciones sin fines de lucro; y para otros fines relacionados.
La medida declara un estado de emergencia en Puerto Rico debido a la sobrepoblación de animales realengos. Ordena la implementación de un Plan Integral para el Control y Manejo de Animales Realengos, que incluye el fortalecimiento de la Oficina Estatal para el Control de Animales (OECA), programas de esterilización masiva, campañas educativas sobre tenencia responsable de mascotas, programas de adopción, monitoreo de enfermedades zoonóticas y programas de rescate y rehabilitación animal. Busca la colaboración entre agencias gubernamentales, municipios y organizaciones sin fines de lucro.
Para ordenar a las Comisiones de Salud; y de Asuntos Municipales de la Cámara de Representantes, realizar una investigación exhaustiva sobre el cumplimiento de la Oficina Estatal de Control de Animales, adscrita al Departamento de Salud de Puerto Rico, y a los gobiernos municipales, con su deber para con el recogido y tratamiento de animales realengos; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 585 ordena a las Comisiones de Salud y de Asuntos Municipales de la Cámara de Representantes a realizar una investigación exhaustiva. El objetivo es evaluar el cumplimiento de la Oficina Estatal de Control de Animales (OECA), adscrita al Departamento de Salud, y de los gobiernos municipales, con sus deberes de recogido y tratamiento de animales realengos. Las Comisiones deberán presentar un informe detallado con hallazgos, conclusiones y recomendaciones dentro de un plazo de noventa (90) días a partir de la aprobación de la Resolución.
Para ordenar a la Comisión de Asuntos Municipales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre las políticas, prácticas y acciones del Municipio Autónomo de Cayey relacionadas con el recogido, remoción, traslado, custodia, albergue y disposición de animales abandonados o en estado de abandono; examinar el funcionamiento de sus programas e instalaciones de bienestar animal; evaluar el uso de fondos públicos y la contratación de servicios relacionados; determinar el cumplimiento con la Ley Núm. 154-2008, según enmendada; examinar la actuación de las agencias estatales con jurisdicción; y para otros fines relacionados.
La R. de la C. 797 ordena a la Comisión de Asuntos Municipales investigar las prácticas del Municipio de Cayey sobre recogido, traslado, custodia y albergue de animales, además de sus programas, instalaciones, gastos y contratos, y la actuación de agencias estatales. La Sección 2 detalla asuntos concretos, como la cantidad y el destino de animales intervenidos durante los últimos cinco años, con énfasis en 2024 al presente. La Comisión debe rendir hallazgos, conclusiones y recomendaciones dentro de 120 días desde la aprobación. La resolución no enmienda la Ley 154-2008 ni crea derechos para el público.
Para ordenar a la Comisión de Región Metro de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación en torno al manejo, control, fiscalización y atención de la problemática de los animales realengos en los municipios que comprenden la Región Metro de Puerto Rico; requerir, a tales fines, información al Departamento de Salud, al Departamento de Agricultura, al Departamento de Seguridad Pública, a los municipios concernidos y a cualesquiera otras agencias, instrumentalidades públicas u organizaciones pertinentes sobre los protocolos, programas, recursos y gestiones relacionadas con este asunto; y para otros fines relacionados
La Resolución de la Cámara 621 ordena a la Comisión de Región Metro de la Cámara de Representantes realizar una investigación sobre el manejo, control, fiscalización y atención de los animales realengos (perros, gatos, caballos, aves de corral) en los municipios de la Región Metro. La Comisión deberá solicitar informes y datos a agencias como Salud, Agricultura, Seguridad Pública, municipios y otras entidades pertinentes sobre protocolos, programas, recursos y gestiones. La investigación culminará con un informe de hallazgos, conclusiones y recomendaciones a la Cámara dentro de 180 días.
Para establecer la “Ley para Crear el Registro de Rescatistas de Animales de Puerto Rico”, instituir un Registro voluntario de rescatistas de animales; y para decretar otras disposiciones complementarias.
Esta medida propone la creación de la "Ley para Crear el Registro de Rescatistas de Animales de Puerto Rico". Instituye un registro digital voluntario administrado por la Oficina Estatal para el Control de Animales (OECA) en colaboración con el Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS). Los rescatistas que se registren deberán proveer información de contacto y un informe estadístico anual de sus labores, y serán elegibles para subvenciones de la OECA si los fondos están disponibles. Afecta directamente a personas y organizaciones que rescatan animales, así como a agencias gubernamentales que deberán adaptar sus reglamentos.
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