Para ordenar a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una profunda investigación sobre los protocolos de seguridad cibernética utilizados por la Autoridad de Energía Eléctrica al igual que las empresas Luma Energy, LLC., y Genera Puerto Rico, para protección de la red digital de energía eléctrica en Puerto Rico, y para otros fines.”
Qué propone
La R. de la C. 278 ordena a la Comisión de Gobierno de la Cámara investigar los protocolos de seguridad cibernética de la Autoridad de Energía Eléctrica, LUMA Energy y Genera Puerto Rico relacionados con la red digital de energía eléctrica. La dispone que la Comisión rinda, dentro de 180 días contados desde la aprobación, un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones. Es un encargo investigativo a una comisión legislativa, no una ley que imponga nuevas obligaciones a esas entidades.
Pros
Intereses en juego
Perspectiva histórica
La medida se enmarca en la historia de la red eléctrica de Puerto Rico, que ha pasado de un monopolio público (la AEE) a un modelo privatizado con LUMA Energy y Genera PR. La investigación propuesta por la medida busca examinar la seguridad cibernética de estas entidades, un aspecto crítico de la infraestructura energética que ha sido objeto de debate público y preocupación tras la privatización.
Qué cambió en comisiónsegún el entirillado del informe
La fija que los 180 días para rendir el informe se cuentan desde la aprobación de la resolución.
En qué va
La medida permanece . El 8 de julio de 2025 se rindió un primer informe con y se remitió a la Comisión de Calendarios y Reglas Especiales de Debate de la Cámara.
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Última acción · 8 de julio de 2025
Remitido a Comisión de Calendarios y Reglas Especiales de Debate de la Cámara
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes delGobierno de Puerto Rico, realizar una investigación e inmediata sobre las reiteradas fallas operacionales y la gestión del sistema eléctrico a cargo de LUMA Energy, LLC y GENERA PR, incluyendo los eventos ocurridos en la Unidad CT-1 de EcoEléctrica y las unidades de Costa Sur, así como cualquier otra interrupción o deficiencia en el servicio eléctrico que pueda estar relacionada con la gestión de dichas entidades.
La RC 362 ordena a la Comisión de Gobierno de la Cámara investigar la gestión de LUMA Energy y GENERA PR, con atención a los eventos de EcoEléctrica y Costa Sur. El encargo enumera temas como el cálculo de combustible, las transiciones entre combustibles, los planes de contingencia, la responsabilidad por interrupciones y el cumplimiento contractual. Autoriza a la Comisión a citar a funcionarios, empleados, representantes y contratistas de esas entidades y de otras entidades públicas o privadas, y a requerir testimonios y documentos. La Comisión debe entregar a la Cámara de Representantes un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones dentro de 90 días de aprobada la resolución, incluyendo la posible recomendación de rescindir contratos si los hallazgos lo justifican.
Para ordenar a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes de Puerto Rico llevar a cabo una investigación exhaustiva sobre el funcionamiento y operación de Prepa Networks (PrepaNet); los parámetros regulatorios y de supervisión que rigen sus operaciones; el rol de la Autoridad de Energía Eléctrica en dicho marco; los ingresos y gastos operacionales anuales de PrepaNet; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 502 ordena a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre el funcionamiento, operación, marco regulatorio, situación económica y fiscal de Prepa Networks (PrepaNet), una subsidiaria de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE). La investigación debe incluir el estado de la red, parámetros legales, origen y distribución de ingresos, gastos, estructura tarifaria, contratos, transparencia de informes y mecanismos de supervisión. La Comisión deberá presentar un informe final con hallazgos, conclusiones y recomendaciones dentro de los 180 días posteriores a la aprobación de la medida.
Para ordenar a las Comisiones de Vivienda y Desarrollo Urbano y de Asuntos al Consumidor de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre las nuevas especificaciones y exigencias requeridas por LUMA Energy en estructuras residenciales, para la construcción de la infraestructura necesaria para la instalación del servicio de energía eléctrica, incluyendo punto de acometida eléctrica, columnas eléctricas, así como cualquier otra construcción permitida para la colocación de contadores de energía eléctrica o medidores de consumo eléctrico; los costos relacionados a esto; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 425 ordena a las Comisiones de Vivienda y Desarrollo Urbano y de Asuntos al Consumidor de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre las nuevas especificaciones y exigencias de LUMA Energy para la infraestructura residencial eléctrica, incluyendo puntos de acometida, columnas y medidores, así como los costos asociados. La investigación debe completarse y presentarse en un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones en un plazo no mayor de 180 días tras la aprobación de la resolución.
Para ordenar a la Cámara de Representantes de Puerto Rico constituirse en Comisión Total a tenor con las disposiciones de su Reglamento, a los fines de investigar las alegaciones y hechos en torno a los despidos masivos de empleados en la empresa LUMA Energy, el impacto de estas acciones en la estabilidad y confiabilidad del servicio eléctrico, la justificación operacional y fiscal para dichas cesantías, el estado de la disputa económica entre LUMA Energy y la Autoridad de Energía Eléctrica, y la situación de crisis que atraviesa el sistema de transmisión y distribución de energía en Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 492 ordena a la Cámara de Representantes de Puerto Rico constituirse en Comisión Total para investigar los despidos masivos en LUMA Energy, su impacto en el servicio eléctrico, la justificación operacional y fiscal de las cesantías, y la disputa económica entre LUMA Energy y la Autoridad de Energía Eléctrica. La Comisión Total deberá citar a funcionarios clave de LUMA Energy, la Autoridad de Alianzas Público Privadas y el Negociado de Energía, y rendirá un informe final con hallazgos y recomendaciones en un plazo de treinta (30) días tras su constitución.
Para ordenar a la Secretaría de la Cámara de Representantes de Puerto Rico que le requiera a LUMA Energy y al Negociado de Energía de Puerto Rico (NEPR) que dentro del término de cinco (5) días luego de la aprobación de esta Resolución, le provea a este cuerpo el informe preliminar emitido tras el apagón general del 31 de diciembre de 2024; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 74 ordena a la Secretaría de la Cámara de Representantes que requiera a LUMA Energy y al Negociado de Energía de Puerto Rico (NEPR) la entrega de un informe preliminar sobre el apagón general del 31 de diciembre de 2024. Este informe debe ser provisto dentro de un plazo de cinco (5) días desde la aprobación de la Resolución. La medida busca obtener información sobre las causas y consecuencias de dicho evento para el cuerpo legislativo.
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