Para ordenar a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre los servicios médico-hospitalarios públicos y privados; inspeccionar todas las facilidades físicas médico-hospitalarios; evaluar el mantenimiento de estas facilidades hospitalarias; investigar sobre la contratación y la credencialización de indicadores de calidad en los hospitales; incluir las prácticas seguras y adecuadas que cada hospital tiene para la reducción de eventos dañinos a los pacientes y los costos hospitalarios; examinar la disponibilidad de los fondos estatales y federales para los profesionales de la salud y hospitales; evaluación de la recolección de data y estadísticas sobre los hospitales en Puerto Rico, y que se incluya al Hospital Mayagüez Medical Center; y para otros fines relacionados.
Qué propone
La Resolución de la Cámara 300 ordena a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre los servicios médico-hospitalarios públicos y privados en Puerto Rico. La investigación incluirá la inspección de facilidades físicas, la evaluación de su mantenimiento, la revisión de procesos de contratación y credencialización, el análisis de prácticas seguras para reducir eventos dañinos y costos, el examen de la disponibilidad de fondos estatales y federales para profesionales y hospitales, y la evaluación de la recolección de datos y estadísticas. Se incluye específicamente al Hospital Mayagüez Medical Center en esta pesquisa. La Comisión puede citar personas y entidades, y deberá rendir informes parciales y uno final antes de que concluya la Vigésima Asamblea Legislativa.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en la historia de la salud pública en Puerto Rico, especialmente tras la Reforma de Salud de los años 90 que privatizó servicios y facilidades. La investigación sobre la calidad, mantenimiento y fondos de los servicios médico-hospitalarios, tanto públicos como privados, es crucial para entender las consecuencias de ese cambio de modelo y los desafíos actuales del sistema, incluyendo la fuga de profesionales y la sostenibilidad fiscal.
Qué cambió en comisiónsegún el entirillado del informe
La Comisión de Salud de la Cámara de Representantes, en lugar de simplemente 'ordenar' la investigación como inicialmente proponía el texto, ahora se le ordena 'realizar una investigación exhaustiva'.
En qué va
La Resolución de la Cámara 300 fue el 7 de mayo de 2025 y referida a la Comisión de Salud. El 24 de marzo de 2026, la Comisión rindió un primer informe con , y la medida fue entirillada y remitida a la Comisión de Calendarios y Reglas Especiales de Debate.
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Última acción · 24 de marzo de 2026
Remitido a Comisión de Calendarios y Reglas Especiales de Debate de la Cámara
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación sobre todo asunto relacionado con la implantación de la política pública de todos los servicios públicos y privados que inciden sobre la salud; la prevención, diagnóstico y tratamiento de enfermedades y la conservación de la salud; los servicios médico-hospitalarios y ambulatorios; las investigaciones y las estadísticas vitales; las facilidades físicas, médicas y paramédicas y el equipo; la administración, implantación y gerencia de cualquier modificación de carácter general en los sistemas de salud, tales como el plan de salud del gobierno; la salud mental; la reglamentación y supervisión de la fabricación, distribución y venta de productos médicos; los profesionales de la salud; los servicios que combaten el alcoholismo y la drogadicción; la salud en general; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 41 ordena a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes de Puerto Rico llevar a cabo una investigación exhaustiva sobre todos los aspectos relacionados con la política pública de salud, incluyendo prevención, diagnóstico, tratamiento, servicios médico-hospitalarios, salud mental, regulación de productos médicos, profesionales de la salud y servicios de adicciones. La Comisión tiene la facultad de citar personas y entidades, solicitar documentos y realizar estudios. Deberá rendir informes parciales y uno final a la Cámara de Representantes antes de que concluya la Vigésima Asamblea Legislativa (2025-2028).
Para ordenar a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación sobre todo asunto relacionado con la implantación de la política pública de todos los servicios públicos y privados que inciden sobre la salud; la prevención, diagnóstico y tratamiento de enfermedades y la conservación de la salud; los servicios médico-hospitalarios y ambulatorios; las investigaciones y las estadísticas vitales; las facilidades físicas, médicas y paramédicas y el equipo; la administración, implantación y gerencia de cualquier modificación de carácter general en los sistemas de salud, tales como el plan de salud del gobierno; la salud mental; la reglamentación y supervisión de la fabricación, distribución y venta de productos médicos; los profesionales de la salud; los servicios que combaten el alcoholismo y la drogadicción; la salud en general
La R. de la C. 110 ordena a la Comisión de Salud investigar asuntos amplios relacionados con la salud pública y privada, desde la prevención y el tratamiento hasta los servicios médicos, la salud mental y la supervisión de productos médicos. La Comisión puede citar a personas, entidades y organizaciones relacionadas con esos asuntos, y solicitar información y documentos. Debe someter un informe final antes de que termine la Vigésima Asamblea Legislativa; la resolución no crea una ley ni asigna fondos.
Para ordenar a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva y detallada sobre la crisis estructural y de personal en las Salas de Emergencia de la Isla, los tiempos de espera prolongados, el cumplimiento de la ley federal EMTALA, los protocolos de ‘triage’ ESI, el manejo inicial del dolor de los pacientes, la escasez crítica de personal médico, el impacto de la población de la tercera edad en las salas de emergencia, el financiamiento insuficiente del sistema de salud mediante el block grant de Medicaid, los cierres y desvíos hospitalarios, y todas las medidas necesarias para garantizar una atención oportuna, digna y efectiva en las emergencias médicas de la población puertorriqueña y de aquellos que nos visitan.
La Resolución de la Cámara 724 ordena a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la crisis en las salas de emergencia de la Isla. La investigación debe cubrir aspectos como tiempos de espera, cumplimiento de la ley federal EMTALA, protocolos de triage, manejo del dolor, escasez de personal, impacto de la población envejecida, financiamiento de Medicaid y cierres hospitalarios. El objetivo es proponer medidas para garantizar atención de emergencias oportuna y digna. La medida no crea derechos ni obligaciones legales, ni asigna fondos, sino que es un mandato de investigación para la legislatura.
Para ordenar al Instituto de Estadísticas de Puerto Rico una abarcadora investigación exhaustiva y detallada sobre las necesidades y deficiencias presentes en las distintas áreas del sistema de salud de Puerto Rico con el propósito de dirigir de manera más eficiente los esfuerzos y recursos del Gobierno a los asuntos de mayor prioridad.
Esta Resolución Conjunta ordena al Instituto de Estadísticas de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre las necesidades y deficiencias del sistema de salud de la isla. La investigación deberá cubrir la distribución de servicios, barreras geográficas y económicas, infraestructura, personal, sostenibilidad financiera, cobertura del plan Vital y las principales condiciones de salud. El Instituto deberá entregar un informe con hallazgos y recomendaciones a la Cámara y el Senado dentro de 180 días tras su aprobación. Afecta directamente al Instituto de Estadísticas y, de forma indirecta, a todo el sistema de salud y a la ciudadanía que depende de él.
Para ordenar a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación en torno a los procesos de contratación, fiscalización, auditoria y de cumplimiento utilizados por la Administración de Seguros de Salud relacionados con las operaciones fiscales y de administración del Plan de Salud Gubernamental, de conformidad con los hallazgos encontrados en el Informe OC 25-76 por la Oficina de la Contralor de Puerto Rico; así como analizar los planes correctivos a implementarse por la Administración de Seguros de Salud para atender las recomendaciones hechas en dicho Informe. En específico, sobre las acciones correspondientes de recobro por el Gobierno de más de $37 millones de dólares que fueron pagados mediante incumplimiento con leyes y reglamentos estatales y federales vigentes, según se determinó en dicho informe e identificar las enmiendas a leyes, reglamentaciones u órdenes vigentes, recursos humanos y fiscales adicionales, si algunos, que sean necesarios a los fines de evitar que situaciones similares continúen ocurriendo en perjuicio de los beneficiarios del Plan de Salud Gubernamental y de los proveedores de servicios que prestan los mismos, y el fijar, si alguna, las responsabilidades correspondientes a los funcionarios señalados, entre otros fines relacionados.
Esta Resolución de la Cámara de Representantes (RC 338) ordena a la Comisión de Salud de la Cámara realizar una investigación sobre los procesos de contratación, fiscalización, auditoría y cumplimiento de la Administración de Seguros de Salud (ASES) en la administración del Plan de Salud Gubernamental. La investigación debe basarse en los hallazgos del Informe OC 25-76 de la Oficina del Contralor, analizar los planes correctivos de ASES, y evaluar el recobro de más de $37 millones pagados indebidamente. Busca identificar enmiendas legislativas, recursos adicionales o responsabilidades para evitar futuras irregularidades y proteger a beneficiarios y proveedores.
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