Para ordenar a la Comisión de Desarrollo Económico de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la viabilidad técnica, económica y ambiental de integrar proyectos de generación de energía mediante parques de espejos o sistemas de energía solar térmica concentrada (CSP, por sus siglas en inglés) a la red eléctrica de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Qué propone
La Resolución de la Cámara 484 ordena a la Comisión de Desarrollo Económico de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre la viabilidad técnica, económica y ambiental de integrar sistemas de energía solar térmica concentrada (CSP) a la red eléctrica de Puerto Rico. La investigación deberá incluir análisis de costos, financiamiento, experiencias internacionales y posibles ubicaciones piloto. La Comisión tiene 120 días para rendir un informe con hallazgos y recomendaciones a la Cámara. Afecta directamente a la Comisión de Desarrollo Económico, que debe ejecutar el estudio, y a la Asamblea Legislativa, que recibirá las recomendaciones.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en la búsqueda histórica de Puerto Rico por diversificar su matriz energética, reducir la dependencia de combustibles fósiles y cumplir con las metas de energía renovable establecidas por ley. La investigación sobre la energía solar térmica concentrada (CSP) es un paso hacia la exploración de alternativas que complementen la proliferación de paneles solares residenciales y aborden los desafíos de la red eléctrica, que ha enfrentado décadas de mantenimiento diferido, una quiebra bajo PROMESA y una privatización que no ha resuelto los problemas de servicio.
En qué va
La Resolución de la Cámara 484 fue el 16 de octubre de 2025 y referida a la Comisión de Desarrollo Económico de la Cámara de Representantes el 20 de octubre de 2025, donde se encuentra actualmente en trámite.
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Última acción · 20 de octubre de 2025
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes del Gobierno de Puerto Rico, a realizar una investigación sobre capacidad de generación de cada planta generatriz de energía eléctrica en la Isla y los estimados o proyecciones de la demanda de energía eléctrica que se espera en los próximos 5 años considerando el posible aumento en la demanda de energía eléctrica por centros de datos, que impulsan las aplicaciones de inteligencia artificial (IA), y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 488 ordena a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre la capacidad actual de generación de cada planta eléctrica en Puerto Rico y las proyecciones de demanda energética para los próximos 5 años. El análisis debe considerar el impacto del crecimiento de centros de datos para inteligencia artificial (IA). La Comisión deberá solicitar información a AEE, LUMA Energy y Genera PR, y tiene facultad para citar y requerir documentos. Se establece un plazo de 120 días para rendir un informe con hallazgos y recomendaciones, afectando directamente a las entidades energéticas y a la planificación futura de la red eléctrica de la Isla.
Para ordenar a la Comisión de Desarrollo Económico de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el potencial de implementar en Puerto Rico proyectos de energía océano termal (OTEC), tomando conocimiento de las investigaciones realizadas en la Isla y evaluando la posibilidad de establecer un proyecto piloto como ha sido recomendado en estudios; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 526 ordena a la Comisión de Desarrollo Económico de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre el potencial de implementar proyectos de energía océano termal (OTEC) en Puerto Rico. La Comisión deberá examinar estudios previos, evaluar experiencias internacionales, analizar el impacto fiscal, económico y social de un proyecto piloto, y recomendar legislación o medidas administrativas. El informe debe presentarse en un plazo de 180 días. Esta medida no crea derechos ni obligaciones, ni asigna fondos, sino que busca recopilar información para futuras decisiones legislativas.
Para ordenar a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación sobre los pasos necesarios para crear el marco institucional y el andamiaje gubernamental mediante los cuales se facilite y se promueva proactivamente la instalación de paneles solares para la generación de energía fotovoltaica en estacionamientos públicos y privados, techos comerciales e industriales y otras áreas construidas o impactadas en todo Puerto Rico.
La R. de la C. 525 no crea una ley ni concede incentivos: ordena a la Comisión de Gobierno de la Cámara investigar cómo facilitar la instalación de sistemas fotovoltaicos en estacionamientos públicos y privados, techos comerciales e industriales y otras áreas construidas o impactadas en los 78 municipios. Ordena celebrar vistas públicas e incluye entre los posibles comparecientes a agencias, especialistas, asociaciones y organizaciones comunitarias relacionadas con energía solar. Exige un informe dentro de 180 días de la aprobación, pero la Sección 3 también le ordena incluir contenido sobre quiebras y educación financiera, asuntos ajenos a la investigación solar.
Para ordenar a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar un estudio sobre la viabilidad de implementar el uso de energía solar en el alumbrado público y los semáforos para todas las vías públicas en Puerto Rico, específicamente en aquellas intersecciones que actualmente no cuentan con esta tecnología, establecer el alcance de dicho estudio, y para otros fines relacionados.
La resolución ordena a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara estudiar la viabilidad de instalar energía solar en el alumbrado público y los semáforos de las intersecciones que todavía no cuentan con esa tecnología. Exige, como mínimo, estimar costos, proponer un plan y su calendario, comparar costos de operación y tipos de bombillas, y calcular ahorros para el Gobierno durante diez (10) años. También autoriza a la Comisión a solicitar información, personal y estudios a entidades públicas o privadas. Fija como plazo el final de la Segunda Sesión Ordinaria de la Vigésima Asamblea Legislativa; la Exposición de Motivos cita, como antecedente, sistemas solares instalados en 42 intersecciones de 11 municipios.
Para ordenar a la Comisión de Asuntos del Consumidor de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre las revisiones a las configuraciones de inversores inteligentes (Smart Inverter Settings) solicitadas por LUMA Energy, LLC ante el Negociado de Energía de Puerto Rico, que incluyen limitaciones automáticas a la exportación de energía solar mediante los parámetros Volt/Watt, Volt/VAr y Frequency/Watt, y su impacto en el programa de medición neta, en los créditos de los abonados, en las consecuencias económicas y sociales para los consumidores y en el desarrollo de la energía renovable en Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 414 ordena a la Comisión de Asuntos del Consumidor de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva. El objetivo es examinar las revisiones a las configuraciones de inversores inteligentes solicitadas por LUMA Energy ante el Negociado de Energía, que limitan la exportación automática de energía solar. La investigación debe evaluar el impacto de estas limitaciones en el programa de medición neta, los créditos a abonados, las consecuencias económicas y sociales para los consumidores, y el desarrollo de energías renovables en Puerto Rico.
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