Para ordenar a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes del Gobierno de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre la estructura de costos y la imposición de tarifas presuntamente abusivas en los centros de cuido para adultos mayores; evaluar la carencia de regulación efectiva sobre los precios de estos servicios; y analizar el impacto de esta carga económica en la seguridad financiera de la población de edad avanzada en Puerto Rico.
Qué propone
La Resolución de la Cámara 637 ordena a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes realizar una investigación sobre la estructura de costos y tarifas en centros de cuidado para adultos mayores. La investigación debe desglosar costos operativos, identificar cobros excesivos, evaluar la efectividad de agencias reguladoras (Departamento de la Familia, DACO), comparar ingresos de adultos mayores con costos de cuidado, y analizar la viabilidad de regulación de precios o transparencia tarifaria. La Comisión tiene 120 días para presentar un informe final con hallazgos y recomendaciones legislativas, y se le faculta para citar funcionarios y exigir evidencia.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
La medida se enmarca en la creciente preocupación por el bienestar de los adultos mayores, un tema que los fragmentos históricos abordan desde la perspectiva de la transformación demográfica de Puerto Rico, el colapso de los sistemas de retiro y el marco legal de protección. La investigación sobre tarifas abusivas en centros de cuido es una manifestación directa de la necesidad de proteger la seguridad financiera de esta población vulnerable, cuya situación económica se ha visto precarizada por los cambios en las pensiones y la falta de recursos para fiscalizar adecuadamente los servicios.
En qué va
La Resolución de la Cámara 637 fue el 26 de febrero de 2026 y referida a la Comisión de Asuntos Internos, apareciendo en Primera Lectura de la Cámara el 9 de marzo de 2026. Actualmente se encuentra en trámite legislativo.
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Última acción · 9 de marzo de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social, de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre el estado de situación de la población de cuidadores informales en Puerto Rico, su perfil, retos y necesidades; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 631 ordena a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre la población de cuidadores informales en Puerto Rico. La investigación debe caracterizar a estos cuidadores, identificar sus retos (físicos, emocionales, sociales, económicos), evaluar su acceso a servicios y programas, analizar el impacto del cuidado en los adultos mayores, estudiar modelos internacionales y proponer recomendaciones para fortalecer políticas públicas. La Comisión tiene 120 días para rendir un informe con sus hallazgos y recomendaciones.
Para ordenar a la Comisión de Bienestar Social, Personas con Discapacidad y Adultos Mayores de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre los factores que propician el maltrato contra la población de adultos mayores; las situaciones de agresiones y violencia contra esta población; así como los mecanismos de protección y servicios adecuados que requieren nuestros adultos mayores; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 25 ordena a la Comisión de Bienestar Social, Personas con Discapacidad y Adultos Mayores de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre los factores que propician el maltrato y la violencia contra adultos mayores en Puerto Rico. La investigación debe abarcar las situaciones de agresión, los mecanismos de protección y los servicios adecuados requeridos por esta población. La Comisión deberá evaluar leyes, reglamentación, protocolos y procedimientos de varias agencias gubernamentales y organizaciones, y rendir un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones en un plazo de 180 días.
Para ordenar a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación sobre todo asunto relacionado a las leyes que promueven el desarrollo integral de la población adulta mayor, particularmente la Ley 121-2019, según enmendada, conocida como “Carta de Derechos y la Política Pública del Gobierno a favor de los Adultos Mayores” y la legislación especial citada en la misma que beneficia a esta población; la eficacia de las agencias gubernamentales responsables por la implementación de estas leyes; a fines de determinar si resulta necesario el desarrollo de política pública para promover el desarrollo integral de este creciente e importante sector poblacional; y para otros fines relacionados.
La R. de la C. 372 no enmienda la Ley 121-2019 ni crea derechos u obligaciones generales: ordena a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara investigar las leyes sobre adultos mayores, en particular la Ley 121-2019, y la eficacia de las agencias que las implementan. La Comisión puede citar personas, entidades gubernamentales y organizaciones relacionadas con esos asuntos, y pedir documentos e información. Debe presentar un informe final antes de que termine la Vigésima Asamblea Legislativa; puede rendir informes parciales con hallazgos, conclusiones y recomendaciones.
Para ordenar a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva para determinar las condiciones actuales, calidad y necesidades de los establecimientos que ofrecen servicios de alojamiento, atención médica, cuidado diurno, apoyo social y otros servicios esenciales a la población de adultos mayores ubicados en el Distrito Representativo Núm. 38, que comprende los municipios de Canóvanas, Carolina y Trujillo Alto; los servicios y actividades que ofrecen, la demanda por los mismos, así como la necesidad de ajustes y medidas correctivas que garanticen estándares óptimos de atención y bienestar para los adultos mayores que utilizan estas facilidades; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 13 ordena a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre las condiciones, calidad y necesidades de los establecimientos que ofrecen servicios a adultos mayores en el Distrito Representativo Núm. 38 (Canóvanas, Carolina, Trujillo Alto). Busca determinar la demanda de servicios, identificar ajustes y medidas correctivas necesarias para garantizar estándares óptimos de atención y bienestar, y recomendar legislación o enmiendas para mejorar dichos servicios. Afecta directamente a los adultos mayores residentes en dicho distrito, a los establecimientos que les proveen servicios, y a las agencias gubernamentales y organizaciones involucradas en su cuidado.
Para ordenar a la Comisión Bienestar Social de la Cámara de Representantes realizar una abarcadora investigación del estado actual y la cantidad de Centros de Cuidado Diurno, de Establecimientos de Cuidado Prolongado, Instituciones y Hogares Sustitutos para personas de edad avanzada existentes en el Distrito Representativo Núm. 35 que comprende los municipios de Las Piedras, Humacao, Naguabo y las necesidades de servicios prestados que necesiten ser mejorados para una mejor calidad de vida de nuestros ciudadanos de la edad de oro.
La Resolución de la Cámara 68 ordena a la Comisión de Bienestar Social de la Cámara de Representantes llevar a cabo una investigación exhaustiva sobre los Centros de Cuidado Diurno, Establecimientos de Cuidado Prolongado, Instituciones y Hogares Sustitutos para personas de edad avanzada en el Distrito Representativo Núm. 35 (Las Piedras, Humacao, Naguabo). El objetivo es determinar su estado actual, cantidad y las necesidades de mejora de los servicios para elevar la calidad de vida de los adultos mayores en dicha área. La Comisión deberá rendir un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones en un plazo de 180 días tras la aprobación de la resolución.
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