Para ordenar a la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano de la Cámara de Representantes de Puerto Rico que investigue cómo se está integrando la información contenida en el Registro de la Propiedad con la del Catastro Digital.
Qué propone
La Resolución de la Cámara 682 ordena a la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano de la Cámara de Representantes investigar la integración de datos entre el Registro de la Propiedad y el Catastro Digital (). La investigación debe determinar el nivel de comunicación entre ambas agencias, la existencia de estrategias de integración y la frecuencia de actualización de datos de contacto. El objetivo es abordar problemas de propiedades abandonadas y estorbos públicos derivados de deficiencias en la titularidad y comunicación con propietarios.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en la problemática histórica de la informalidad en la titularidad de las viviendas en Puerto Rico, que los fragmentos identifican como un obstáculo para la asistencia en emergencias y una fuente de vulnerabilidad patrimonial. La integración del Registro de la Propiedad y el Catastro Digital busca precisamente formalizar y clarificar la titularidad, un paso esencial para abordar la desprotección de propiedades y propietarios.
En qué va
La Resolución de la Cámara 682 fue el 22 de abril de 2026 y referida a la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano de la Cámara de Representantes, donde se encuentra actualmente en trámite.
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Última acción · 23 de abril de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano de la Cámara de Representantes de Puerto Rico que investigue cómo se están manejando las deudas de las propiedades muebles e inmuebles en el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales.
La Resolución de la Cámara 681 ordena a la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano de la Cámara de Representantes que investigue el manejo de deudas de propiedades muebles e inmuebles en el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM). La investigación debe detallar cuántas propiedades tienen deudas pendientes por municipio, el tiempo de vencimiento de estas deudas, y las gestiones de cobro realizadas o no por el CRIM. Además, se solicita información sobre embargos y el plan de acción del CRIM para reducir estas deudas en los próximos cinco años. La Comisión tiene 180 días para rendir un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones.
Para requerirle a la Autoridad de Edificios Públicos que entregue, a través de la Secretaría de la Cámara de Representantes en un término no mayor de cinco (5) días luego de la aprobación de esta Resolución, un listado con el inventario de propiedades en desuso que tiene bajo su posesión, incluyendo si existen acuerdos de arrendamiento vigentes o trámites para la compraventa de alguno y el estatus en que se encuentra la transacción, así como la descripción registral de cada inmueble, en los municipios de: San Juan, Guaynabo, Bayamón, Cataño, Carolina, Trujillo Alto y Caguas; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 684 requiere a la Autoridad de Edificios Públicos (AEP) que, en un plazo de cinco (5) días tras su aprobación, entregue a la Secretaría de la Cámara un inventario detallado de sus propiedades en desuso. Este listado debe incluir información sobre acuerdos de arrendamiento vigentes, trámites de compraventa y su estatus, así como la descripción registral de los inmuebles ubicados en San Juan, Guaynabo, Bayamón, Cataño, Carolina, Trujillo Alto y Caguas. La medida busca facilitar la facultad de investigación de la Cámara sobre la gestión de activos públicos.
Para ordenar a la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano de la Cámara de Representantes realizar una investigación abarcadora sobre la incidencia de invasiones, ocupaciones ilegales y usurpaciones de propiedades inmuebles en Puerto Rico; evaluar la creación de un Registro de Personas Convictas por Invasión o Usurpación de Propiedad Inmueble; recomendar mecanismos para agilizar la recuperación de las propiedades afectadas; y evaluar la necesidad de establecer penalidades adicionales para las personas que, de manera intencional y sin derecho alguno, invadan, ocupen o permanezcan en propiedades inmuebles ajenas.
La Resolución de la Cámara 772 ordena a la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre la invasión y usurpación de propiedades inmuebles en Puerto Rico. La Comisión deberá evaluar la creación de un registro de personas convictas por estos delitos, proponer mecanismos para agilizar la recuperación de propiedades afectadas y determinar la necesidad de penalidades adicionales. Afecta directamente a la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano, que debe realizar el estudio, y de forma indirecta a propietarios, posibles invasores y al sistema de justicia.
Para ordenar a la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre la implantación, administración, cumplimiento y resultados de la Ley 202-2018, conocida como la “Ley para Conceder el Título de Propiedad a las Personas Beneficiarias del Programa de Vivienda Permanente para los Damnificados del Huracán Hugo”; determinar la cantidad de familias que han recibido sus títulos de propiedad; identificar las solicitudes pendientes y las razones que han impedido o retrasado su otorgamiento; evaluar los procedimientos establecidos por el Departamento de la Vivienda para cumplir con dicha Ley; identificar las comunidades y municipios donde permanecen propiedades sin titular; evaluar la situación de beneficiarios originales, herederos y demás ocupantes contemplados por la Ley; y para otros fines relacionados.
La R. de la C. 822 ordena a la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano investigar la implantación de la Ley 202-2018; no enmienda esa ley ni concede títulos de propiedad. La investigación enumera 20 asuntos, entre ellos cuántas propiedades y solicitudes hay, cuántos títulos se otorgaron o inscribieron, cuánto llevan pendientes los casos y qué obstáculos enfrentan beneficiarios, herederos y otros ocupantes autorizados. La Comisión podrá pedir documentos y datos, celebrar vistas e inspecciones y citar personas; deberá entregar a la Cámara un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones. La resolución no fija una fecha para entregar ese informe.
Para requerirle a la Administración de Terrenos de Puerto Rico que entregue, a través de la Secretaría de la Cámara de Representantes en un término no mayor de cinco (5) días luego de la aprobación de esta Resolución, un listado con el inventario de terrenos, lotes y/o parcelas que tiene bajo su posesión, incluyendo si existen acuerdos de arrendamiento vigentes o trámites para la compraventa de alguno y el estatus en que se encuentra la transacción, así como la descripción registral de cada inmueble, en los municipios de: San Juan, Guaynabo, Bayamón, Cataño, Carolina, Trujillo Alto y Caguas; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución de la Cámara de Representantes (RC 683) requiere a la Administración de Terrenos de Puerto Rico (AT) que entregue, en un plazo de cinco (5) días tras su aprobación, un inventario detallado de sus terrenos, lotes y parcelas en siete municipios específicos (San Juan, Guaynabo, Bayamón, Cataño, Carolina, Trujillo Alto y Caguas). El inventario debe incluir información sobre acuerdos de arrendamiento vigentes, transacciones de compraventa en curso y su estatus, y la descripción registral de cada inmueble. Afecta directamente a la AT, que debe compilar y remitir la información, y a la Secretaría de la Cámara de Representantes, que la recibirá.
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