Para ordenar a las comisiones de Asuntos Municipales; y de Vivienda y Desarrollo Urbano de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación para determinar cuántas hipotecas legales tácitas sobre bienes inmuebles hay constituidas en el Registro de la Propiedad, a favor del Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM), de Puerto Rico o de cualquier otra agencia o dependencia del Gobierno, que estén en proceso de embargo, ejecución o cancelación; y determinar la viabilidad de hacer un inventario de estos bienes inmuebles, que pudiesen ser adquiridos y desarrollados como vivienda de interés social para personas sin hogar; y para otros fines relacionados.
Qué propone
La Resolución de la Cámara 308 ordena a las Comisiones de Asuntos Municipales y de Vivienda y Desarrollo Urbano de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación. El objetivo es determinar la cantidad de hipotecas legales tácitas sobre bienes inmuebles registradas a favor del o agencias gubernamentales que estén en proceso de embargo, ejecución o cancelación. Además, se debe evaluar la viabilidad de crear un inventario de estas propiedades para su posible adquisición y desarrollo como vivienda de interés social para personas sin hogar. Las comisiones tienen 180 días para rendir un informe con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en la discusión histórica sobre la escasez de vivienda asequible y el uso de propiedades para fines sociales. La informalidad en la titularidad de viviendas y los procesos de desahucio han sido temas recurrentes en Puerto Rico, especialmente en comunidades especiales y tras desastres naturales, lo que esta medida busca atender al identificar propiedades para vivienda de interés social.
Qué cambió en comisiónsegún el entirillado del informe
La comisión modificó el plazo de rendición de informe de 'en o antes de que culmine la Sexta (6ta.) de la Decimonovena (19na.) Asamblea Legislativa' a 'dentro del término de ciento ochenta (180) días, contados a partir de la aprobación de la presente Resolución'.
En qué va
La Resolución de la Cámara 308 fue el 12 de mayo de 2025 y referida a comisión. Tras recibir un primer informe con el 9 de junio de 2025, fue por unanimidad el 29 de junio de 2026.
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Última acción · 29 de junio de 2026
Referido a Comisión(es)
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