Qué propone
La Resolución de la Cámara 778 la Sección 3 de la Resolución de la Cámara 408 (aprobada el 20 de octubre de 2025). Extiende el plazo original de 180 días para que la Comisión de Recursos Naturales de la Cámara de Representantes rinda su informe sobre la fiscalización de la industria de extracción de materiales de la corteza terrestre. El nuevo plazo es hasta el final de la Vigésima Asamblea Legislativa (enero de 2029). Afecta directamente a la Comisión de Recursos Naturales al otorgarle más tiempo para su investigación.
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Intereses en juego
En qué va
La Resolución de la Cámara 778 fue el 17 de agosto de 2026, apareció en Primera Lectura de la Cámara el 20 de agosto de 2026 y fue referida a Comisión.
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Última acción · 20 de agosto de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Comisión de Recursos Naturales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico llevar a cabo una investigación exhaustiva sobre el cumplimiento de la Ley Núm. 132 de 25 de junio de 1968, según enmendada, conocida como “Ley para Reglamentar la Extracción de Arena, Grava y Piedra”; los procedimientos de manejo de querellas realizados por ciudadanos o vecinos de las canteras en Puerto Rico; los procedimientos administrativos tramitados por el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 408 ordena a la Comisión de Recursos Naturales de la Cámara de Representantes llevar a cabo una investigación exhaustiva sobre el cumplimiento de la Ley Núm. 132 de 1968 (Reglamentación de Extracción de Arena, Grava y Piedra), los procedimientos de manejo de querellas ciudadanas relacionadas con canteras, y los procedimientos administrativos del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA). La investigación debe concluir con un informe final con hallazgos, conclusiones y recomendaciones en un plazo de 180 días.
Para enmendar la Sección 2 de la R. de la C. 77, aprobada el 31 de marzo de 2025, a los fines de extender hasta el final de la Vigésima Asamblea Legislativa, el término otorgado a las Comisiones de la Región Sur y de la Región Oeste de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, para rendir sus informes con respecto a la medida.
Esta medida, la Resolución de la Cámara 440, enmienda la Resolución de la Cámara 77 aprobada el 31 de marzo de 2025. Específicamente, extiende el plazo para que las Comisiones de la Región Sur y de la Región Oeste de la Cámara de Representantes presenten sus informes finales sobre una investigación. El nuevo plazo es hasta el final de la Vigésima Asamblea Legislativa (actualmente en curso, 2025-2028). Afecta directamente a estas comisiones legislativas y al proceso de investigación sobre interrupciones del servicio eléctrico en varios municipios del sur y oeste de Puerto Rico.
Para ordenar a la Comisión de Recursos Naturales a realizar una investigación exhaustiva sobre el uso de venenos o métodos de erradicación en la Isla de Mona, existencia de contratos o acuerdos para el uso de dichas sustancias, evaluar los posibles efectos sobre especies nativas, ecosistemas, personal laboral y el cumplimiento con las leyes ambientales aplicables.
La Resolución de la Cámara 776 ordena a la Comisión de Recursos Naturales de la Cámara de Representantes a realizar una investigación exhaustiva sobre el uso de venenos o métodos de erradicación en la Isla de Mona. La investigación debe evaluar la existencia de contratos o acuerdos para dicho uso, los criterios científicos que los justifican, los posibles efectos sobre especies nativas, ecosistemas y personal laboral, así como el cumplimiento de las leyes ambientales aplicables. La Comisión deberá presentar un informe detallado con hallazgos y recomendaciones a la Cámara en un plazo de 90 días.
Para autorizar la extensión del término máximo para que la Comisión de Turismo de la Cámara de Representantes de Puerto Rico pueda rendir su informe final en torno a la Resolución de la Cámara 209.
La Resolución de la Cámara 744 propone extender por 180 días adicionales el plazo para que la Comisión de Turismo de la Cámara de Representantes rinda su informe final sobre la Resolución de la Cámara 209. Esto afecta directamente a la Comisión de Turismo, otorgándole más tiempo para completar su investigación y presentar hallazgos, conclusiones y recomendaciones relacionadas con el tema de la Resolución 209.
Para enmendar la Sección 4 de la Resolución de la Cámara 426, aprobada el 18 de septiembre de 2025, a los fines de ampliar, el término otorgado a la Comisión de la Región Este de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, para rendir el informe final producto de su investigación.
Esta Resolución (RC 768) enmienda la Sección 4 de la Resolución de la Cámara 426 de 2025. Su propósito es ampliar el plazo otorgado a la Comisión de la Región Este de la Cámara de Representantes para rendir su informe final sobre la investigación de un edificio abandonado en Luquillo. El nuevo plazo se extiende hasta el final de la Séptima Sesión Ordinaria de la Vigésima Asamblea Legislativa (que concluye el 30 de junio de 2028). Afecta directamente a la Comisión de la Región Este, permitiéndole más tiempo para completar su labor investigativa.
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