Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado mediante la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, evaluar conforme a las disposiciones de la Ley y Reglamento, la transferencia, por compraventa, usufructo o cualquier otro negocio jurídico contemplado en dicha Ley, al Gobierno Municipal de Mayagüez el inmueble, otrora Escuela de Nivel Elemental denominada Castillo en el Municipio de Mayagüez , identificado y marcado por el Centro de Recaudaciones de Ingresos Municipales (CRIM) con los dígitos 259-066-008-01 como registro catastral; con el propósito de ejecutar en dicha edificación un proyecto integral para elaborar e implementar programas que beneficien a la comunidad mediante un convenio con la misma y así llevar a cabo actividades de desarrollo deportivo, recreativo y educativo, dirigido a niños, jóvenes y adultos; igualmente, servicios sociales esenciales, programas de bienestar social y desarrollo comunitario, incluyendo todas sus instalaciones y edificaciones; establecer condiciones suspensivas para cualquier transferencia de título; y para otros fines relacionados.
Qué propone
Esta Resolución Conjunta ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por la Ley 26-2017 (Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal), a evaluar la transferencia de la antigua Escuela Elemental Castillo en Mayagüez al Gobierno Municipal de Mayagüez. La transferencia podría ser por compraventa, u otro negocio jurídico permitido por ley. El propósito es que el municipio desarrolle en la propiedad un proyecto integral para programas comunitarios deportivos, recreativos, educativos y de servicios sociales. Se establecen condiciones suspensivas para la transferencia de título.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se enmarca en la discusión sobre la autonomía municipal y la capacidad de los municipios para gestionar sus bienes y servicios. La Ley 81-1991 y el Código Municipal de Puerto Rico (Ley 107-2020) han buscado fortalecer esta autonomía, permitiendo a los ayuntamientos, como el de Mayagüez en este caso, adquirir y desarrollar propiedades para proyectos comunitarios, a pesar de los retos fiscales y las tensiones entre el gobierno central y los municipios.
En qué va
La medida RCC 380 fue el 30 de junio de 2026. Posteriormente, el 17 de agosto de 2026, apareció en Primera Lectura de la Cámara y fue referida a la Comisión de Educación.
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Última acción · 30 de junio de 2026
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Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por virtud de la Ley Núm. 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, evaluar conforme a las disposiciones de la ley y reglamento, la transferencia, usufructo, arrendamiento por el valor nominal de un dólar ($1.00) o cualquier otro negocio jurídico contemplado en dicha ley a la corporación doméstica, Voluntarios Ex Residentes y Residentes Castillo Corp., entidad sin fines de lucro, de la titularidad de las instalaciones de la otrora escuela de nivel elemental denominada Castillo en el Municipio de Mayagüez, con el propósito de establecer en dicha instalación un proyecto de desarrollo holístico e integral para la comunidad que garantice la prestación de programas de bienestar social y desarrollo económico y comunitario.
La Resolución Conjunta de la Cámara 138 (RCC 138) ordenaba al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles evaluar la transferencia, usufructo o arrendamiento por valor nominal de un dólar ($1.00) de las instalaciones de la otrora escuela elemental Castillo en Mayagüez a la corporación sin fines de lucro Voluntarios Ex Residentes y Residentes Castillo Corp. El propósito era establecer un proyecto de desarrollo comunitario integral, incluyendo programas de bienestar social y desarrollo económico. La medida fue presentada el 19 de mayo de 2025 y rechazada en comisión el 1 de mayo de 2026.
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por la Ley 26-2017, según enmendada, mejor conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, evaluar conforme a las disposiciones de la Ley y el reglamento, la transferencia o traspaso de título de la antigua Escuela Elemental Emiliano Figueroa, localizada en la Carretera Estatal PR-187, Km. 8.2, en el Sector Piñones del Barrio Torrecilla Baja, en Loíza, Puerto Rico, al Municipio de Loíza, a los fines de desarrollar proyectos de impacto social y brindar servicios públicos que redunden en el desarrollo y bienestar de las comunidades circundantes; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles evaluar la transferencia de título de la antigua Escuela Elemental Emiliano Figueroa en Loíza al Municipio de Loíza. El propósito es permitir el desarrollo de proyectos de impacto social y la provisión de servicios públicos. El Comité tiene 60 días laborables para evaluar la transferencia, y si no emite una determinación, se entenderá aprobada, debiendo iniciarse los procedimientos de cesión. La transferencia puede incluir condiciones restrictivas para asegurar el uso público y revertir la propiedad en caso de incumplimiento.
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por virtud de la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, evaluar conforme a las disposiciones de la ley y el reglamento, la transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico contemplado en dicha Ley, al Municipio de Juana Díaz, de las instalaciones de la antigua Escuela Tomás Carrión Maduro localizada en dicho municipio, y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles (CEDBI) a evaluar la transferencia, usufructo o negocio jurídico similar de las instalaciones de la antigua Escuela Tomás Carrión Maduro en Juana Díaz al Municipio de Juana Díaz. Establece plazos de 60 días para la evaluación del CEDBI y 30 días para la materialización de la cesión si es aprobada. La medida se fundamenta en la política pública de la Ley 26-2017 para disponer de propiedades gubernamentales en desuso para beneficio social y comunitario.
Para ordenar al Comite de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por virtud de la Ley 26-2017, segun enmendada, conocida coma "Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal", evaluar la transferencia al Municipio de Cabo Rojo, mediante los mecanismos contemplados en dicha Ley, del terreno y la estructura del antiguo cuartel estatal ubicado en la zona urbana de dicho Municipio, con el fin de utilizarlo para establecer diversos proyectos de desarrollo económico, educativos, comunitarios, turísticos y deportivos, así como otros proyectos de beneficio para la ciudadanfa en general.
Ordena al CEDBI evaluar, conforme a los mecanismos de la Ley 26-2017, la transferencia al Municipio de Cabo Rojo del terreno y la estructura del antiguo cuartel estatal en la zona urbana; no indica cabida ni número de finca o catastro. No ordena una transferencia automática: si el CEDBI autoriza el negocio jurídico, la Policía de Puerto Rico debe ejecutar la determinación y otorgar la escritura al Municipio. No fija precio. El título no podrá traspasarse a otra entidad; la propiedad se entregaría en las condiciones en que esté y revertiría al Gobierno si no se cumple el propósito o se cambia el uso sin autorización previa de la Asamblea Legislativa. El uso previsto comprende proyectos económicos, educativos, comunitarios, deportivos y otros de beneficio para la ciudadanía; el CEDBI debe completar la evaluación en 60 días laborables.
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por virtud de la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, evaluar conforme a las disposiciones de la ley y el reglamento, la transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico contemplado en dicha Ley, al Municipio de Juana Díaz, de las instalaciones de la antigua Escuela Ramón Enrique Ortíz localizada en dicho municipio, y para otros fines relacionados
Esta Resolución Conjunta ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles a evaluar la transferencia, usufructo o negocio jurídico similar de las instalaciones de la antigua Escuela Ramón Enrique Ortíz en Juana Díaz al Municipio de Juana Díaz. El objetivo es permitir al municipio establecer proyectos de desarrollo económico, educativo, comunitario y deportivo. Se establece un plazo de 60 días laborables para la evaluación del Comité y 30 días adicionales para la materialización del traspaso si se aprueba.
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