Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por virtud de la Ley Núm. 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, evaluar conforme a las disposiciones de la ley y reglamento, la transferencia mediante compraventa por el valor nominal de un dólar ($1.00) al Municipio de San Germán de la titularidad del inmueble ubicado en la Carretera 348 Km. Hm. 9.1, Barrio Rosario, Municipio de San Germán, identificado y marcado por el Centro de Recaudaciones de Ingresos Municipales (CRIM) con los dígitos 260-068-001-21 como registro catastral; con el propósito de llevar a efecto un proyecto de desarrollo de agencias municipales que prestan primeros auxilios y servicios sociales esenciales; igualmente, la implantación de un plan estratégico, conjunto el cuerpo policiaco municipal, para proteger a las personas y a la propiedad, mantener y conservar el orden público y, dentro de la esfera de sus atribuciones, compeler obediencia a las leyes y ordenanzas municipales, y reglamentos que conforme a estas se promulguen.
Qué propone
Esta resolución conjunta ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles evaluar la transferencia al Municipio de San Germán de la propiedad identificada con el catastro 260-068-001-21, para agencias municipales de primeros auxilios y servicios sociales, incluyendo sus instalaciones y edificaciones. Permite disponerla mediante compraventa, u otro negocio jurídico conforme a la Ley 26-2017, sin fijar un precio de $1; el Comité tiene 30 días calendario para decidir y, si no emite una determinación final, la transferencia propuesta se considera aprobada y deben iniciarse los trámites para ejecutarla. Si se dispone de la propiedad, deberá usarse para los servicios autorizados y no podrá enajenarse ni perder su uso público; el Gobierno puede pedir judicialmente que revierta si se usa para otros fines, y la Autoridad de Edificios Públicos puede imponer condiciones. El texto final ya no ordena el plan estratégico conjunto con la Policía Municipal que aparecía en una versión anterior, aunque sí incluye la seguridad pública entre los usos permitidos.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se enmarca en el debate histórico sobre la autonomía municipal en Puerto Rico, que se consolidó con la Ley de Municipios Autónomos de 1991 y el Código Municipal de 2020. La transferencia de propiedades del gobierno central a los municipios es un ejemplo de cómo se busca fortalecer la capacidad de los ayuntamientos para proveer servicios esenciales, un objetivo que se ha visto afectado por la eliminación de fondos como el Fondo de Equiparación y la dependencia de los fondos federales.
Qué cambió en comisiónsegún el entirillado del informe
Sustituyó la compraventa obligatoria por $1 por compraventa, u otro negocio jurídico; ahora hay 30 días calendario para decidir y, si no hay determinación final, se considera aprobada la transferencia.
En qué va
El Senado aprobó la medida con el 17 de septiembre de 2026 y la Cámara concurrió con ellas el 28 de septiembre. Fue el 19 de octubre de 2026.
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Última acción · 19 de octubre de 2026
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