Qué propone
Esta Resolución Conjunta ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por la Ley 26-2017 (Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal), a evaluar la transferencia de un inmueble gubernamental específico en San Germán al Municipio de San Germán. La transferencia puede ser por venta, u otro negocio jurídico permitido por ley, con el fin de desarrollar agencias municipales de primeros auxilios, servicios sociales esenciales y un plan de seguridad pública municipal. Se establece un plazo de 30 días para la determinación del Comité, con aprobación automática si no hay respuesta, y se prevé la reversión de la propiedad si no se usa para los fines autorizados.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se enmarca en la discusión sobre la autonomía municipal y la capacidad de los municipios para gestionar sus propios recursos y servicios, un tema central desde la Ley de Municipios Autónomos de 1991 y el Código Municipal de 2020. Aunque la crisis fiscal y la Junta de Supervisión han limitado los ingresos municipales, la medida busca fortalecer la capacidad de San Germán para proveer servicios esenciales mediante la adquisición de un inmueble.
En qué va
Esta Resolución Conjunta fue el 16 de mayo de 2025 y el 4 de junio de 2026. Actualmente, ha sido enviada al Senado para su trámite legislativo.
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Última acción · 24 de junio de 2026
Remitido a la Comisión de Reglas y Calendario del Senado
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (47)
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Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por virtud de la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como "Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal", evaluar la transferencia al Municipio de Cabo Rojo, mediante los mecanismos contemplados en dicha Ley, del terreno y la estructura que comprende el antiguo cuartel de la policía estatal del barrio Boquerón de Cabo Rojo, con el fin de utilizarlo para establecer diversos proyectos de desarrollo económico, educativos, comunitarios, turísticos y deportivos, así como otros proyectos que sea de beneficio para la ciudadanía en general.
Esta Resolución Conjunta ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles (CEDBI), bajo la Ley 26-2017, a evaluar la transferencia de un terreno y estructura (el antiguo cuartel de la policía estatal en Boquerón, Cabo Rojo) al Municipio de Cabo Rojo. El propósito es permitir que el municipio desarrolle proyectos económicos, educativos, comunitarios, turísticos y deportivos en la propiedad. El CEDBI tiene 60 días laborables para completar la evaluación, y la Autoridad de Edificios Públicos (AEP) se encargará de las gestiones de cumplimiento si la transferencia es autorizada, bajo condiciones específicas que incluyen la reversión del título si no se cumple el propósito.
Para ordenar al Comite de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por virtud de la Ley 26-2017, segun enmendada, conocida coma "Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal", evaluar la transferencia al Municipio de Cabo Rojo, mediante los mecanismos contemplados en dicha Ley, del terreno y la estructura del antiguo cuartel estatal ubicado en la zona urbana de dicho Municipio, con el fin de utilizarlo para establecer diversos proyectos de desarrollo económico, educativos, comunitarios, turísticos y deportivos, así como otros proyectos de beneficio para la ciudadanfa en general.
Esta Resolución Conjunta ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles (CEDBI), creado bajo la Ley 26-2017, a evaluar la transferencia de un antiguo cuartel estatal (terreno y estructura) en Cabo Rojo al Municipio de dicho pueblo. El propósito es facilitar el establecimiento de proyectos de desarrollo económico, educativo, comunitario, turístico y deportivo. La transferencia se regirá por los mecanismos de la Ley 26-2017, y el CEDBI tiene 60 días laborables para completar la evaluación. Se establecen condiciones para asegurar el uso de la propiedad y su reversión al Gobierno de Puerto Rico en caso de incumplimiento.
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por virtud de la Ley Núm. 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, evaluar conforme a las disposiciones de la ley y reglamento, la transferencia, usufructo, arrendamiento por el valor nominal de un dólar ($1.00) o cualquier otro negocio jurídico contemplado en dicha ley a la corporación doméstica, Voluntarios Ex Residentes y Residentes Castillo Corp., entidad sin fines de lucro, de la titularidad de las instalaciones de la otrora escuela de nivel elemental denominada Castillo en el Municipio de Mayagüez, con el propósito de establecer en dicha instalación un proyecto de desarrollo holístico e integral para la comunidad que garantice la prestación de programas de bienestar social y desarrollo económico y comunitario.
La Resolución Conjunta de la Cámara 138 (RCC 138) ordenaba al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles (CEDBI) evaluar la transferencia, usufructo o arrendamiento por el valor nominal de un dólar ($1.00) de la antigua escuela elemental Castillo en Mayagüez a la corporación sin fines de lucro Voluntarios Ex Residentes y Residentes Castillo Corp. El propósito era establecer un proyecto de desarrollo comunitario integral. La medida imponía un plazo de 60 días para la ejecución del negocio jurídico y establecía condiciones de uso con posibilidad de reversión.
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por virtud de la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, evaluar conforme a las disposiciones de la ley y el reglamento, la transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico contemplado en dicha Ley, al Municipio de Juana Díaz, de las instalaciones de la antigua Escuela Luz Correa localizada en dicho municipio, y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles (CEDBI), creado por la Ley 26-2017, a evaluar la transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico de las instalaciones de la antigua Escuela Luz E. Correa al Municipio de Juana Díaz. Establece un plazo improrrogable de sesenta (60) días para la evaluación del CEDBI y treinta (30) días adicionales para la materialización del traspaso si es aprobado. El propósito es permitir que el municipio desarrolle proyectos de beneficio comunitario.
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por virtud de la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, evaluar conforme a las disposiciones de la ley y el reglamento, la transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico contemplado en dicha Ley, al Municipio de Juana Díaz, de las instalaciones de la antigua Escuela Ramón Enrique Ortíz localizada en dicho municipio, y para otros fines relacionados
Esta Resolución Conjunta ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles (CEDBI), creado por la Ley 26-2017 (Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal), que evalúe la transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico de las instalaciones de la antigua Escuela Ramón Enrique Ortiz, ubicada en el Municipio de Juana Díaz, a dicho municipio. El CEDBI deberá realizar esta evaluación conforme a la ley y su reglamento, considerando el impacto social, viabilidad económica y mantenimiento de la propiedad.
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