Para ordenar a la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la estructura, concentración, practicas comerciales, precios, márgenes, suplido, fiscalización y condiciones de competencia en la industria de combustibles en Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Qué propone
La Resolución del Senado 541 propone ordenar a la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre la estructura, concentración, prácticas comerciales, precios, márgenes, suplido, fiscalización y condiciones de competencia en la industria de combustibles en Puerto Rico. Esta medida no crea derechos ni obligaciones legales, ni asigna fondos públicos, sino que busca recopilar información y fijar una postura legislativa.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La Resolución del Senado 541 fue el 5 de junio de 2026, pasó por Primera Lectura y fue referida a comisión. El 25 de junio de 2026, la Comisión de Asuntos Internos emitió un , no recomendando su aprobación.
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Última acción · 25 de junio de 2026
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para enmendar la Sección 3 de la R. del S. 36, según aprobada el 24 de febrero de 2025, a los fines de extender el término de tiempo de la Comisión de la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico, para rendir su informe final; y para facultarla a rendir informes parciales sobre los asuntos que investigue; y para otros fines relacionados
La Resolución del Senado 411 enmienda la Sección 3 de la Resolución del Senado 36 (aprobada el 24 de febrero de 2025). Extiende el plazo para que la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado rinda su informe final sobre una investigación de sistemas viales, transporte colectivo, estacionamiento, tránsito y facilidades marítimas/aéreas. También la faculta a emitir informes parciales sobre los asuntos que investigue.
“Para encomendar a la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor la realización de un estudio exhaustivo sobre la viabilidad de una obra de expansión del Tren Urbano al noroeste de San Juan y el impacto socioeconómico que representaría.”
La Resolución del Senado 546 encomienda a la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor realizar un estudio exhaustivo sobre la viabilidad de expandir el Tren Urbano hacia el noroeste de San Juan y evaluar su impacto socioeconómico. Esta medida, al ser una resolución, no crea derechos ni obligaciones legales ni asigna fondos, sino que ordena una investigación legislativa.
Para ordenar a la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico, llevar a cabo una investigación exhaustiva de la conceptualización, financiamiento, programación, diseño, construcción y uso de los sistemas viales y de transportación colectiva en Puerto Rico, así como, sobre las facilidades de estacionamiento y tránsito; seguridad de los sistemas viales; puentes y vías de acceso; estudio de la transportación; estudio de nuevos métodos de transporte estatal y local; obras públicas estatales, vías públicas; y facilidades de transportación marítima o aérea en la jurisdicción de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
La Resolución ordena a la Comisión senatorial de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor investigar la planificación, financiamiento, construcción y uso de sistemas viales y de transportación colectiva, además de estacionamientos, seguridad vial, puentes, vías públicas y transportación marítima o aérea. La Sección 2 autoriza a la Comisión a celebrar vistas, citar funcionarios y testigos, requerir información, documentos y objetos, y realizar inspecciones oculares. La Sección 3 permite informes parciales y exige un informe final con hallazgos, recomendaciones y conclusiones para el cierre de la tercera sesión ordinaria, el 30 de junio de 2026. No crea derechos ni asigna fondos.
“Para ordenar a la Comisión de Gobierno, realizar una investigación sobre el proceso de subasta, evaluación, adjudicación y contratación para la distribución de combustible a las plantas generadoras de San Juan, Palo Seco, Aguirre y Costa Sur, otorgado por Genera PR LLC, en representación y actuando como agente de la Autoridad de Energía Eléctrica conforme al RFP Núm. 236096, incluyendo toda actuación de Genera PR LLC; para otros fines relacionados.”
La Resolución del Senado 391 ordena a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el proceso de subasta, evaluación, adjudicación y contratación para la distribución de combustible a las plantas generadoras de San Juan, Palo Seco, Aguirre y Costa Sur. Dicho proceso fue llevado a cabo por Genera PR LLC, actuando como agente de la Autoridad de Energía Eléctrica, bajo el RFP Núm. 236096, y se enfoca en determinar la legalidad, razonabilidad económica y posibles irregularidades de la adjudicación de un contrato de un año por mil millones de dólares a Puerto Rico Energy LLC. La investigación debe completarse y presentarse un informe en un plazo de noventa (90) días desde la aprobación de la resolución.
Para ordenar a la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico, realizar un estudio dirigido a constatar el cumplimiento de las disposiciones relacionadas a la Ley 143-2018, conocida como “Ley de Facturación Justa, Razonable y Transparente de los Servicios Públicos Esenciales en Situaciones de Emergencia”, tomando en cuenta la crítica situación que se enfrenta en gran parte de Puerto Rico, por las constantes interrupciones en el servicio de agua potable a la ciudadanía; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución ordena a la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico a realizar un estudio. El objetivo es verificar el cumplimiento de la Ley 143-2018, conocida como 'Ley de Facturación Justa, Razonable y Transparente de los Servicios Públicos Esenciales en Situaciones de Emergencia'. El estudio debe considerar las interrupciones recurrentes en el servicio de agua potable. La Comisión deberá presentar un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones en un plazo de 120 días tras la aprobación de la Resolución.
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