Qué propone
La Resolución del Senado 586 ordena a la Comisión de Juventud, Recreación y Deportes del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva. Esta investigación se centrará en la ausencia de públicos y de aplicación uniforme para la certificación y selección de atletas por parte del Comité Olímpico de Puerto Rico (COPUR) y las federaciones deportivas nacionales afiliadas, particularmente en el ciclo de los Juegos Centroamericanos y del Caribe Santo Domingo 2026. Además, requerirá información sobre el cumplimiento de estos organismos con la presentación de estados financieros auditados y el uso de fondos públicos asignados.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La Resolución del Senado 586 fue el 21 de agosto de 2026, pasó su primera lectura y fue referida a comisión el 24 de agosto de 2026. El 2 de septiembre de 2026, se rindió un primer informe con y fue remitido a la Comisión de Reglas y Calendario del Senado.
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Última acción · 2 de septiembre de 2026
Remitido a la Comisión de Reglas y Calendario del Senado
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para enmendar la Sección 4 de la R. del S. 356, según aprobada el 14 de mayo de 2026, a los fines de extender el término de tiempo de la Comisión de Juventud, Recreación y Deportes del Senado de Puerto Rico, para realizar una investigación exhaustiva sobre la estructura, supervisión y funcionamiento del ecosistema deportivo, a fin de evaluar el rol de las entidades públicas y privadas en la implementación de la política deportiva, los mecanismos de fiscalización, transparencia en el manejo de recursos, las acciones necesarias para garantizar la equidad, la integridad institucional, la protección de los derechos de los atletas y estudiantes deportistas, y para otros fines relacionados.
Esta Resolución (R. del S. 587) enmienda la Resolución del Senado 356 para extender el plazo de la Comisión de Juventud, Recreación y Deportes del Senado. La extensión permite a la Comisión presentar su informe final sobre la investigación del ecosistema deportivo hasta antes del cierre de la 4ta Sesión Ordinaria de la 20ma Asamblea Legislativa (aproximadamente hasta el 30 de noviembre de 2026). Afecta a la Comisión del Senado y a las entidades y personas dentro del ámbito deportivo que son objeto de la investigación.
“Para ordenar a la Comisión de Juventud, Recreación y Deportes del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la estructura, supervisión y funcionamiento del ecosistema deportivo, a fin de evaluar el rol de las entidades públicas y privadas en la implementación de la política deportiva, los mecanismos de fiscalización, transparencia en el manejo de recursos, las acciones necesarias para garantizar la equidad, la integridad institucional, la protección de los derechos de los atletas y estudiantes deportistas, y para otros fines relacionados.”
La Resolución del Senado 356 ordena a la Comisión de Juventud, Recreación y Deportes del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el ecosistema deportivo de la isla. El objetivo es evaluar el rol de entidades públicas y privadas en la implementación de la política deportiva, los mecanismos de fiscalización, la transparencia en el manejo de recursos, y las acciones para garantizar equidad, integridad y protección de los derechos de atletas y estudiantes deportistas. La investigación deberá completarse y presentarse un informe final con hallazgos, conclusiones y recomendaciones en un plazo de noventa (90) días tras la aprobación de la medida.
Para ordenar a la Comisión de Recreación y Deportes de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre el cumplimiento por parte del Comité Olímpico de Puerto Rico y las federaciones y organizaciones deportivas con lo establecido en el Artículo 14 de la Ley Núm. 5-2022, conocida como “Ley para el Fortalecimiento y Desarrollo del Deporte Puertorriqueño”, y el Artículo 10 de la Ley Núm. 8-2004, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Recreación y Deportes”, en cuanto a la obligación de preparar y presentar anualmente los estados financieros auditados y las planillas contributivas correspondientes; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 688 ordena a la Comisión de Recreación y Deportes de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre el cumplimiento del Comité Olímpico de Puerto Rico (COPUR) y sus federaciones con las obligaciones de presentar anualmente estados financieros auditados y planillas contributivas. Esto se basa en lo dispuesto en el Artículo 14 de la Ley 5-2022 y el Artículo 10 de la Ley 8-2004. La investigación debe completarse en 180 días y sus hallazgos se presentarán en un informe.
Para ordenar a la Comisión de Juventud, Recreación y Deportes del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre el cumplimiento de la Ley 8-2004, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Recreación y Deportes”, el estado de las facilidades deportivas estatales y municipales, la utilización de fondos asignados para reconstrucción y reparación, los recursos disponibles para el desarrollo de nuevas facilidades y para otros fines.
La Resolución del Senado 44 ordena a la Comisión de Juventud, Recreación y Deportes del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva. Esta investigación se centrará en el cumplimiento de la Ley Orgánica del Departamento de Recreación y Deportes (Ley 8-2004), el estado de las facilidades deportivas estatales y municipales, la utilización de fondos para reconstrucción y reparación, y los recursos para el desarrollo de nuevas facilidades. La Comisión tiene 180 días para rendir un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones.
Para ordenar a la Comisión de Juventud, Recreación y Deportes del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva con el fin de evaluar el cumplimiento de la Ley 8-2004, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Recreación y Deportes”, según enmendada y la Ley Núm. 28 de 16 de mayo de 2019, conocida como “Ley de la Carta de Derechos de los Niños, Niñas y Jóvenes Deportistas” sobre la operación de torneos y eventos deportivos, proteger los derechos de los menores participantes, y establecer legislación que garantice transparencia, equidad y seguridad en estos eventos deportivos y para otros fines.
Esta Resolución del Senado (RS 121) ordena a la Comisión de Juventud, Recreación y Deportes del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva. El objetivo es evaluar el cumplimiento de la Ley Orgánica del Departamento de Recreación y Deportes (Ley 8-2004) y la Ley de la Carta de Derechos de los Niños, Niñas y Jóvenes Deportistas (Ley 28-2019) en la operación de torneos y eventos deportivos. Busca proteger los derechos de los menores participantes y proponer legislación para garantizar transparencia, equidad y seguridad en estos eventos. Afecta directamente a la Comisión del Senado, a los organizadores de torneos deportivos y, fundamentalmente, a los menores que participan en ellos.
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