Qué propone
El Proyecto de la Cámara 549 propone la creación de la Administración para el Aprovechamiento y Reducción de los Residuos Sólidos (AARRS) para centralizar y fortalecer la gestión de residuos sólidos en Puerto Rico. varias leyes existentes, incluyendo la del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) y la Ley para la Reducción y el Reciclaje de Desperdicios Sólidos, transfiriendo funciones y recursos. La AARRS tendrá amplios poderes para planificar, supervisar, regular y operar facilidades de manejo de residuos, así como para fomentar la economía circular y el reciclaje, afectando a municipios, empresas y ciudadanos en general.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se enmarca en la discusión histórica sobre la disposición de residuos sólidos en Puerto Rico, un desafío ambiental crítico que ha llevado a la saturación de vertederos y a la búsqueda de alternativas. La Ley 70-1992, que la medida busca , ya intentó abordar el reciclaje, y la Autoridad de Desperdicios Sólidos, cuyas funciones se consolidaron en el DRNA en 2018 (Ley 171-2018, también enmendada por esta medida), ha sido parte de los esfuerzos por centralizar la gestión.
En qué va
El Proyecto de la Cámara 549 fue el 23 de abril de 2025 y referido a la Comisión de Recursos Naturales de la Cámara de Representantes para su análisis.
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Última acción · 28 de abril de 2025
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Comisión de Recursos Naturales y Ambientales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la implementación de la Ley Núm. 70-1992, según enmendada, mejor conocida como la “Ley para la Reducción y el Reciclaje de Desperdicios Sólidos en Puerto Rico” y la actualización de los datos relacionados al reciclaje en Puerto Rico.
La Resolución de la Cámara 268 ordena a la Comisión de Recursos Naturales y Ambientales de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre la implementación de la Ley 70-1992 (Ley para la Reducción y el Reciclaje de Desperdicios Sólidos) y la actualización de datos de reciclaje en Puerto Rico. La investigación debe determinar cuántas agencias y municipios tienen planes de reciclaje vigentes, cuántos municipios tienen programas activos, y solicitar cifras recientes y detalles sobre campañas educativas al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA). La Comisión deberá rendir un informe en un plazo de 120 días.
Para enmendar los Artículos 10 y 20 de la Ley 70-1992, según enmendada, conocida como "Ley para la Reducción y el Reciclaje de Desperdicios Sólidos en Puerto Rico", con el propósito de facultar al Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico a reestructurar la forma y manera en que otorgara las aportaciones econ6micas a ser concedidas a las entidades privadas de la industria de reciclaje y a empresas comunitarias para la compra de equipo utilizado en el recogido, almacenaje, procesamiento o transportación de material reciclable o para la construcción de instalaciones de reciclaje, a los fines de clarificar que estas provendrán de alguno de los programas con los que cuenta la institución financiera, ya sean estos subvencionados con fondos federales u otros que se encuentren disponibles al momento de solicitarse; hacer correcciones técnicas en la Ley; y para otros fines relacionados.
La Ley 152-2026 enmienda los Artículos 10 y 20 de la Ley 70-1992 para facultar al Banco de Desarrollo Económico (BDE) a reestructurar la forma en que otorga aportaciones económicas a entidades privadas y empresas comunitarias para la compra de equipo o construcción de instalaciones de reciclaje. Clarifica que estas provendrán de programas existentes del BDE, incluyendo aquellos con fondos federales. La medida también busca hacer correcciones técnicas a la ley y establece un plazo de seis meses para que el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) y el BDE desarrollen guías y procedimientos para la solicitud de estos fondos.
Para ordenar a las Comisiones de Desarrollo Económico y Recursos Naturales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, investigar sobre la viabilidad, conveniencia y necesidad de establecer en Puerto Rico sistemas para la generación de energía eléctrica que utilicen el enfoque de Waste to Energy; el análisis de las nuevas tecnologías para el diseño y operación de estas; la evaluación de sus características de seguridad; la evaluación de los costos de su creación e implementación; la evaluación de las tecnologías existentes en Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 559 ordena a las Comisiones de Desarrollo Económico y de Recursos Naturales de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva. El objetivo es determinar la viabilidad, conveniencia y necesidad de implementar sistemas de generación de energía eléctrica 'Waste to Energy' (desperdicio a energía) en Puerto Rico. La investigación debe abarcar el análisis de nuevas tecnologías, sus características de seguridad, los costos de implementación y la evaluación de tecnologías ya existentes en la isla. Esta medida no crea derechos ni obligaciones, ni asigna fondos, sino que solicita un estudio para informar futuras decisiones legislativas.
Para crear la “Ley de Mitigación Natural para las Costas”, y ordenar al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales establecer en su reglamentación el uso en la zona costanera de estructuras de mitigación basadas en la naturaleza, costas vivas y alternativas de mitigación blandas como primera alternativa de mitigación para adaptar y proteger infraestructuras en riesgo o afectadas por erosión costera e inundaciones, entre otros eventos.
La medida crea la Ley de Mitigación Natural para las Costas. Ordena al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) a establecer mediante reglamentación que el uso de estructuras de mitigación basadas en la naturaleza, costas vivas y alternativas blandas sea la primera opción para proteger infraestructuras costeras contra erosión e inundaciones. Esto aplica a proyectos de mitigación climática en la zona costanera de Puerto Rico.
Para crear la “Ley de Mitigación Natural para las Costas”, y ordenar al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales a establecer en su reglamentación el uso en la zona costanera de estructuras de mitigación basadas en la naturaleza, costas vivas y alternativas de mitigación blandas como primera alternativa de mitigación para adaptar y proteger infraestructuras en riesgo o afectadas por erosión costera, inundaciones, entre otros eventos.
La medida crea la “Ley de Mitigación Natural para las Costas” y ordena al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) a establecer mediante reglamentación el uso prioritario de estructuras de mitigación basadas en la naturaleza (costas vivas, mitigación blanda) en la zona costanera. Esto aplica a proyectos que buscan adaptar y proteger infraestructuras contra erosión, inundaciones y otros eventos climáticos, estableciendo un orden de preferencia: primero mitigación natural, luego híbrida y finalmente dura como última opción.
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