Qué propone
Esta medida la Ley Núm. 166-2009 para crear las Brigadas Correccionales de Respuesta a Emergencias y Recuperación Comunitaria. Permite que personas confinadas elegibles, bajo supervisión estricta y voluntariamente, participen en labores de apoyo no sensitivo antes, durante y después de emergencias (como limpieza de escombros livianos, mantenimiento de refugios, apoyo logístico). Establece criterios de elegibilidad, exclusiones, protocolos de seguridad, compensación especial, y la acumulación de créditos de servicio comunitario correccional, afectando a la población correccional y a las agencias y municipios que requieran apoyo en emergencias.
Pros
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
. Esta medida se inscribe en la evolución del sistema correccional de Puerto Rico, que ha experimentado una contracción de su población de confinados. La creación de brigadas correccionales para emergencias busca optimizar los recursos disponibles y ofrecer oportunidades de rehabilitación y reinserción, en un contexto donde el cierre de instituciones penales ha sido una medida de eficiencia fiscal.
En qué va
La medida, P. del S. 1277, fue el 20 de mayo de 2026 y referida a comisión en el Senado de Puerto Rico el 21 de mayo de 2026.
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Última acción · 21 de mayo de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para enmendar los Artículos 1, 2, 3, 4, 5, y 6 de la Ley 166-2009, según enmendada, conocida como "Ley de Contratación de Confinados para la Realización de Diversas Tareas como parte del Proceso de Rehabilitación y Reinserción a la Libre Comunidad"; a los fines de ampliar sus disposiciones; realizar enmiendas técnicas; y para otros fines relacionados.
La medida enmienda la Ley 166-2009 para expandir la contratación de confinados a la realización de diversas tareas, no solo para instrumentalidades gubernamentales y municipios, sino también para el sector privado. Esto busca abordar la escasez de mano de obra en sectores como la agricultura y la construcción, ofreciendo oportunidades de rehabilitación y reinserción laboral a la población correccional.
Para crear la “Ley de Artículos Esenciales para la Población Correccional”, a los fines de establecer un catálogo mínimo de artículos esenciales que deberán estar disponibles en las instituciones correccionales del Departamento de Corrección y Rehabilitación; disponer normas sobre inventario mínimo, suplido continuo, sustitución equivalente, acceso a artículos básicos de higiene, salud, comunicación mínima y cuidado personal; crear un mecanismo de kit básico institucional para personas confinadas indigentes o sin recursos suficientes; requerir planes de suplido, continuidad operacional y reservas institucionales ante emergencias; ordenar la adopción de reglamentación; y para otros fines relacionados.
La medida crea la "Ley de Artículos Esenciales para la Población Correccional" para establecer un catálogo mínimo de artículos básicos (higiene, salud, comunicación, cuidado personal) que el Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR) deberá garantizar en todas las instituciones correccionales. Se establecen normas para inventario mínimo, suplido continuo, sustitución equivalente, y se crea un mecanismo de kit básico para personas confinadas indigentes o sin recursos. Además, se exige la adopción de planes de suplido, continuidad operacional y reservas ante emergencias, afectando directamente a las personas bajo custodia correccional y la administración del DCR.
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