“Para crear la “Ley de Zonas de Acceso Limitado a Combustible”, a fin de establecer un mecanismo para identificar áreas con acceso limitado a estaciones de combustible, designar estaciones de acceso esencial, coordinar continuidad operacional durante emergencias; y para otros fines relacionados.”
Qué propone
Esta medida crea la "Ley de Zonas de Acceso Limitado a Combustible", estableciendo un mecanismo para que el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) identifique áreas geográficas con acceso restringido a estaciones de combustible. DACO podrá designar estaciones de acceso esencial dentro de estas zonas para facilitar la continuidad operacional y la coordinación durante emergencias. La ley afecta a operadores de estaciones de combustible y a las comunidades que dependen de ellas, especialmente en zonas rurales o aisladas, y a las agencias gubernamentales encargadas de emergencias y protección al consumidor.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida, Proyecto del Senado 1311, fue presentada en el Senado de Puerto Rico el 5 de junio de 2026 y referida a comisión para su análisis.
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Última acción · 8 de junio de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
“Para crear la “Ley de Inspección Autorizada de Surtidores de Combustible”, a los fines de establecer un sistema complementario de inspección, comprobación y calibración de surtidores bajo la autoridad del Departamento de Asuntos del Consumidor; y para otros fines relacionados.”
La medida crea la Ley de Inspección Autorizada de Surtidores de Combustible, estableciendo un programa para que técnicos cualificados, autorizados por el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO), realicen inspecciones, comprobaciones y calibraciones de surtidores de combustible. Esto complementa la capacidad de DACO, agiliza el proceso para los detallistas y establece un sistema de sellos digitales verificables para informar al consumidor. Afecta directamente a los detallistas de combustible, los consumidores y a los técnicos que deseen certificarse.
“Para crear la “Ley del Registro Digital de Estaciones de Combustible”, a fin de institucionalizar y modernizar el registro electrónico de detallistas de combustible administrado por el Departamento de Asuntos del Consumidor; disponer información pública mínima sobre precios y cumplimiento; establecer deberes, confidencialidad, mecanismos de corrección, penalidades; y para otros fines relacionados.”
Esta medida crea la Ley del Registro Digital de Estaciones de Combustible, que institucionaliza y moderniza un registro electrónico administrado por el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO). El registro requerirá que los detallistas de combustible provean información mínima sobre sus operaciones, precios y estatus de surtidores, parte de la cual será pública. La ley establece deberes para los operadores, mecanismos de corrección de datos, y penalidades administrativas por incumplimiento, afectando a todos los dueños y operadores de estaciones de combustible en Puerto Rico.
Para crear la “Ley de Accesibilidad para el Expendio de Combustible para Personas con Impedimentos”, a los fines de establecer como requisito obligatorio que las estaciones o concesionarios de gasolina cuenten con mecanismos para el despacho de combustible accesibles para personas con impedimentos que afecten su fuerza de agarre, movilidad o función de las extremidades superiores; disponer que dichos mecanismos permitan el despacho de combustible sin requerir presión manual continua sobre el gatillo de la boquilla; mantener el derecho de las personas con impedimentos a recibir asistencia en el despacho de combustible; establecer requisitos de rotulación; disponer un término de transición para las estaciones existentes; facultar al Departamento de Asuntos del Consumidor para adoptar la reglamentación necesaria; establecer penalidades por el incumplimiento; derogar la Ley 162-2007; y para otros fines relacionados.
La medida propone crear la Ley de Accesibilidad para el Expendio de Combustible para Personas con Impedimentos. Establece como requisito obligatorio que las estaciones de gasolina cuenten con al menos un surtidor accesible, equipado con un mecanismo que permita el despacho de combustible sin requerir presión manual continua sobre el gatillo. Mantiene el derecho a asistencia personal y faculta al Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) para reglamentar y fiscalizar, imponiendo multas de $1,000 a $5,000 por incumplimiento. Deroga la Ley 162-2007.
“Para enmendar los Artículos 1, 4, 7, 8, 9 y 10, y añadir un nuevo Artículo 4-B y un nuevo Artículo 9-A a la Ley Núm. 3 de 21 de marzo de 1978, según enmendada, a los fines de fortalecer la equidad comercial, la documentación de criterios económicos y la fiscalización de condiciones comerciales diferenciadas en la industria de combustibles; y para otros fines relacionados.”
Esta medida enmienda la Ley Núm. 3 de 1978 para fortalecer la equidad comercial en la industria de combustibles. Crea nuevas definiciones y añade artículos que exigen a los productores, refinadores y distribuidores de combustible documentar y aplicar de forma objetiva y verificable las condiciones comerciales diferenciadas y beneficios económicos indirectos que otorgan a los detallistas. Se otorgan facultades de fiscalización y se establecen penalidades administrativas y criminales para quienes incumplan, afectando a toda la cadena de distribución de combustibles en Puerto Rico.
Para establecer la “Ley del Registro Público de Contratos de Servicios Solares Residenciales”, a los fines de crear un registro público digital administrado por el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) para registrar contratos de financiamiento, arrendamiento y acuerdos de compra de energía (PPA) de servicios solares residenciales; garantizar la transparencia en los términos y condiciones de dichos contratos; establecer las obligaciones de las empresas proveedoras; proteger los derechos de los consumidores; y para otros fines relacionados.
Esta medida legislativa, la 'Ley del Registro Público de Contratos de Servicios Solares Residenciales', propone la creación de un registro digital administrado por el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO). Este registro obligará a las empresas a inscribir contratos de financiamiento, arrendamiento y acuerdos de compra de energía (PPA) para sistemas solares residenciales. Busca aumentar la transparencia en los términos contractuales, establecer obligaciones para las empresas proveedoras y proteger los derechos de los consumidores mediante el acceso público a la información y la eliminación de ciertas cláusulas de arbitraje.
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