Qué propone
La medida PS 805 propone el Artículo 77 del Código Civil de Puerto Rico (Ley 55-2020) para permitir que las personas reciban una indemnización económica razonable y no lucrativa por la donación de plasma fuente ('source plasma') en centros autorizados. Esta indemnización estaría excluida de ingresos brutos para fines contributivos. Afecta directamente a los donantes de plasma y a los centros de recolección que operan bajo licencias federales y estatales.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Esta medida legislativa (PS 805) fue el Senado el 16 de octubre de 2025, pasó por varias comisiones y fue relevada para informe. Finalmente, fue derrotada a viva voz en el Senado el 13 de noviembre de 2025.
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Última acción · 13 de noviembre de 2025
Derrotado a viva voz
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