Para ordenar a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación sobre la Ley 169-2009, según enmendada, conocida como “Ley de Marcas del Gobierno de Puerto Rico”, con el propósito de evaluar su efectividad y recomendar las acciones legislativas y administrativas que deban adoptarse; y para otros fines relacionados.
Qué propone
La R. de la C. 452 no ni la Ley 169-2009; ordena a la Comisión de Gobierno de la Cámara evaluar su efectividad y recomendar acciones legislativas o administrativas. Las secciones 2 y 3 autorizan citar personas y entidades relacionadas, pedir documentos e información y realizar investigaciones y reuniones. La Comisión debe rendir los informes parciales que estime necesarios y un informe final dentro de 180 días de aprobada la resolución. La resolución entraría en vigor inmediatamente después de su aprobación.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La ficha indica que la medida está . El trámite reporta que el 27 de octubre de 2025 se rindió un primer informe de comisión con y se remitió a la Comisión de Calendarios y Reglas Especiales de Debate.
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Última acción · 27 de octubre de 2025
Remitido a Comisión de Calendarios y Reglas Especiales de Debate de la Cámara
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Comisión de Gobierno realizar una investigación sobre todo asunto relacionado con la creación, modificación, desempeño, división, consolidación, integración y supresión de agencias del Gobierno de Puerto Rico; legislación que afecte a la Oficina propia del Gobernador y las oficinas, departamentos y agencias gubernamentales; legislación relacionada a las leyes de personal y gobierno en general; la gestión de la digitalización del gobierno en la administración pública; alcanzar un nivel óptimo de eficiencia mediante la maximización de las tecnologías de información y comunicación; el intercambio de información entre las entidades gubernamentales y la ciudadanía; el acceso a la información en el Gobierno; legislación de carácter general que incida sobre el gobierno estatal; la evaluación de las propuestas y formulación de la política energética de la Isla, especialmente aquella dirigida a la reducción de la dependencia en los combustibles de fuentes fósiles y el fomento en la creación y uso de combustible orgánico, el uso de tecnología de fuentes renovables, la autosuficiencia energética; todo asunto concerniente a la Autoridad de Energía Eléctrica, que incluya, sin que se entienda como una limitación, los contratos, infraestructura, operación, capacidad de generación, productividad, desempeño, costos, creación de empleos y reducción de tarifas; sobre todo asunto relacionado con el Código Electoral; sobre toda actual y potencial legislación electoral; y para otros fines relacionados.
La resolución ordena a la Comisión de Gobierno investigar asuntos que abarcan la organización de agencias, la administración pública, la digitalización, el acceso a información, la política energética, la Autoridad de Energía Eléctrica y la legislación electoral. Las secciones 2 y 3 autorizan a la Comisión a citar personas y entidades relacionadas con esos asuntos y a solicitar documentos e información. La Comisión debe rendir los informes parciales que estime necesarios y un informe final con hallazgos, conclusiones y recomendaciones antes de que finalice la Vigésima Asamblea Legislativa. No enmienda leyes ni asigna fondos; afecta directamente el trabajo de la Comisión y a quienes esta cite o requiera información.
Para ordenar a las Comisiones de Gobierno y de Reorganización, Eficiencia y Diligencia de la Cámara de Representantes del Gobierno de Puerto Rico que realice una investigación exhaustiva sobre la viabilidad de implementar el uso de plataformas digitales, incluyendo videollamadas y servicios de mensajería encriptada, para la atención ciudadana y prestación de servicios gubernamentales, sin requerir la presencia física del ciudadano en las agencias gubernamentales; establecer parámetros de seguridad, accesibilidad y cumplimiento; y para otros fines relacionados.
La Resolución de Cámara 545 ordena a las Comisiones de Gobierno y de Reorganización, Eficiencia y Diligencia de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre la viabilidad de implementar plataformas digitales (videollamadas, mensajería encriptada) para la prestación de servicios gubernamentales sin requerir presencia física. Busca establecer parámetros de seguridad, accesibilidad y cumplimiento, y rendir un informe con conclusiones, recomendaciones y un posible plan piloto antes de que finalice la Vigésima Asamblea Legislativa. Afecta directamente a las comisiones legislativas encargadas y, prospectivamente, a la administración pública y la ciudadanía.
Para ordenar a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación sobre la implementación de la Ley Núm. 112 de 20 de julio de 1988, según enmendada, mejor conocida como “Ley del Consejo para la Protección del Patrimonio Arqueológico Terrestre de Puerto Rico”; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución de la Cámara de Representantes ordena a la Comisión de Gobierno de la Cámara a realizar una investigación sobre la implementación de la Ley 112 de 1988, conocida como la Ley del Consejo para la Protección del Patrimonio Arqueológico Terrestre de Puerto Rico. La investigación debe evaluar el funcionamiento del Consejo, las consecuencias de su inactividad en la protección del patrimonio, y el estado del inventario arqueológico. La Comisión tiene 180 días para rendir un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones.
Para ordenar a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre los procesos de las agencias, departamentos y dependencias del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico para implantar los Planes de Reorganización ordenados mediante la Ley Núm. 122-2017.
La Resolución de la Cámara de Representantes 71 ordena a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre cómo las agencias, departamentos y dependencias del Gobierno de Puerto Rico han implementado los Planes de Reorganización establecidos por la Ley 122-2017. La Comisión tiene 180 días para presentar un informe final con hallazgos, conclusiones y recomendaciones, pudiendo emitir informes parciales. Esta medida afecta a todas las entidades de la Rama Ejecutiva sujetas a los Planes de Reorganización de la Ley 122-2017.
Para ordenar a la la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre los logros programáticos, administrativos y fiscales, así como la ejecución de políticas públicas, metas estratégicas y uso de fondos públicos de la Oficina para el Desarrollo Socioeconómico y Comunitario de Puerto Rico (ODSEC), a veinticinco (25) años de su creación; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 616 ordena a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre la Oficina para el Desarrollo Socioeconómico y Comunitario de Puerto Rico (ODSEC). La investigación evaluará los logros programáticos, administrativos, fiscales, la ejecución de políticas públicas y el uso de fondos públicos de ODSEC a lo largo de sus 25 años de existencia. La Comisión podrá requerir documentos, citar funcionarios y deberá rendir un informe con hallazgos y recomendaciones.
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