Para ordenar a las Comisiones de Gobierno y de Reorganización, Eficiencia y Diligencia de la Cámara de Representantes del Gobierno de Puerto Rico que realice una investigación exhaustiva sobre la viabilidad de implementar el uso de plataformas digitales, incluyendo videollamadas y servicios de mensajería encriptada, para la atención ciudadana y prestación de servicios gubernamentales, sin requerir la presencia física del ciudadano en las agencias gubernamentales; establecer parámetros de seguridad, accesibilidad y cumplimiento; y para otros fines relacionados.
Qué propone
La Resolución de Cámara 545 ordena a las Comisiones de Gobierno y de Reorganización, Eficiencia y Diligencia de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre la viabilidad de implementar plataformas digitales (videollamadas, mensajería encriptada) para la prestación de servicios gubernamentales sin requerir presencia física. Busca establecer parámetros de seguridad, accesibilidad y cumplimiento, y rendir un informe con conclusiones, recomendaciones y un posible plan piloto antes de que finalice la Vigésima Asamblea Legislativa. Afecta directamente a las comisiones legislativas encargadas y, prospectivamente, a la administración pública y la ciudadanía.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La Resolución de Cámara 545 fue el 14 de enero de 2026 y referida a comisiones de la Cámara de Representantes el 19 de enero de 2026, donde se encuentra actualmente en trámite.
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Última acción · 19 de enero de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre los procesos de las agencias, departamentos y dependencias del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico para implantar los Planes de Reorganización ordenados mediante la Ley Núm. 122-2017.
La Resolución de la Cámara de Representantes 71 ordena a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre cómo las agencias, departamentos y dependencias del Gobierno de Puerto Rico han implementado los Planes de Reorganización establecidos por la Ley 122-2017. La Comisión tiene 180 días para presentar un informe final con hallazgos, conclusiones y recomendaciones, pudiendo emitir informes parciales. Esta medida afecta a todas las entidades de la Rama Ejecutiva sujetas a los Planes de Reorganización de la Ley 122-2017.
Para ordenar a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico realizar un análisis y revisión en torno a la eficiencia operacional y la calidad de los servicios en el sector gubernamental que se ofrecen y prestan al público.
La Resolución de la Cámara 730 ordena a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes a realizar un análisis y revisión exhaustiva sobre la eficiencia operacional y la calidad de los servicios que el sector gubernamental de Puerto Rico ofrece al público. La medida establece que este estudio deberá considerar aspectos como la reducción del tamaño y costo del gobierno, la productividad de los servicios, programas de capacitación para servidores públicos y la orientación sobre trato al ciudadano. La Comisión tendrá 120 días para presentar hallazgos, conclusiones y recomendaciones ante el pleno de la Cámara.
Para ordenar a la Comisión de Asuntos del Consumidor de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación sobre los procesos de subasta de unidades residenciales reposeídas, ofrecidas mediante plataformas digitales, los procedimientos aplicables y las salvaguardas disponibles para los consumidores en Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 454 ordena a la Comisión de Asuntos del Consumidor de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva. El objetivo es examinar los procesos de subasta de unidades residenciales reposeídas que se ofrecen a través de plataformas digitales, incluyendo los procedimientos aplicables y las salvaguardas existentes para proteger a los consumidores. La Comisión deberá presentar informes parciales y un informe final dentro de los 180 días posteriores a la aprobación de la Resolución.
Para ordenar a la Comisión de Gobierno realizar una investigación sobre todo asunto relacionado con la creación, modificación, desempeño, división, consolidación, integración y supresión de agencias del Gobierno de Puerto Rico; legislación que afecte a la Oficina propia del Gobernador y las oficinas, departamentos y agencias gubernamentales; legislación relacionada a las leyes de personal y gobierno en general; la gestión de la digitalización del gobierno en la administración pública; alcanzar un nivel óptimo de eficiencia mediante la maximización de las tecnologías de información y comunicación; el intercambio de información entre las entidades gubernamentales y la ciudadanía; el acceso a la información en el Gobierno; legislación de carácter general que incida sobre el gobierno estatal; la evaluación de las propuestas y formulación de la política energética de la Isla, especialmente aquella dirigida a la reducción de la dependencia en los combustibles de fuentes fósiles y el fomento en la creación y uso de combustible orgánico, el uso de tecnología de fuentes renovables, la autosuficiencia energética; todo asunto concerniente a la Autoridad de Energía Eléctrica, que incluya, sin que se entienda como una limitación, los contratos, infraestructura, operación, capacidad de generación, productividad, desempeño, costos, creación de empleos y reducción de tarifas; sobre todo asunto relacionado con el Código Electoral; sobre toda actual y potencial legislación electoral; y para otros fines relacionados.
La resolución ordena a la Comisión de Gobierno investigar asuntos que abarcan la organización de agencias, la administración pública, la digitalización, el acceso a información, la política energética, la Autoridad de Energía Eléctrica y la legislación electoral. Las secciones 2 y 3 autorizan a la Comisión a citar personas y entidades relacionadas con esos asuntos y a solicitar documentos e información. La Comisión debe rendir los informes parciales que estime necesarios y un informe final con hallazgos, conclusiones y recomendaciones antes de que finalice la Vigésima Asamblea Legislativa. No enmienda leyes ni asigna fondos; afecta directamente el trabajo de la Comisión y a quienes esta cite o requiera información.
Para ordenar a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva en torno a que la Puerto Ricio Innovation and Technology Service (PRITS), no desarrolló ni implementó una plataforma digital para que los distintos componentes del Gobierno se comunicaran entre sí y compartieran información de los programas y servicios de asistencia económica a los ciudadanos; así como auscultar las razones por las cuales no se preparó ni se actualizó un Plan Estratégico de Innovación y Tecnología para el Gobierno de Puerto Rico; indagar las razones por las cuales no se requirió, indagó ni se evaluaron los programas de ciberseguridad de cada agencia para validar que estos eran afines a los estándares adoptados por PRITS; y para otros fines relacionados.
La R. de la C. 770 no crea ni enmienda leyes, derechos u obligaciones permanentes y no asigna fondos. Ordena a la Comisión de Gobierno de la Cámara investigar la plataforma digital para compartir información sobre asistencia económica, la falta o falta de actualización del Plan Estratégico de Innovación y Tecnología, y la revisión de los programas de ciberseguridad de las agencias, incluido el cumplimiento con la Ley 40-2024 y otras leyes aplicables. La Comisión debe rendir un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones dentro de los 60 días siguientes a la aprobación. En la práctica, la investigación se dirige a PRITS y a las agencias relacionadas con esos asuntos.
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