Para ordenar a la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el cumplimiento del Departamento de Educación con las disposiciones sobre Educación Física contenidos en el Artículo 9.06 de la Ley Núm. 85-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”.
Qué propone
La Resolución de la Cámara 462 ordena a la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre el cumplimiento del Departamento de Educación con las disposiciones de la Ley 85-2018 (Ley de Reforma Educativa) relativas a la Educación Física. Específicamente, se busca verificar si se proveen las 3 horas semanales mínimas, si se cumple con la cantidad de maestros por escuela, la disponibilidad de materiales y equipo deportivo, y la integración de tecnología moderna. La investigación debe completarse en 180 días.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se enmarca en la implementación de la Ley 85-2018, la Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico, que reconfiguró el sistema K-12. La investigación sobre el cumplimiento de la educación física es un ejemplo de la fiscalización continua de esta ley, cuya implementación ha sido objeto de debate y litigios desde su aprobación.
En qué va
La Resolución de la Cámara 462 fue el 30 de septiembre de 2025 y referida a la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes el 2 de octubre de 2025, dentro de la 2da Sesión de la 20ma Asamblea Legislativa.
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Última acción · 2 de octubre de 2025
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Comisión de Recreación y Deportes de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación sobre los factores que afectan el fomento del deporte, la educación física en las escuelas públicas; y las condiciones materiales y laborales de las instalaciones recreativas y deportivas, incluyendo aquellas utilizadas para la educación física, el recreo y los deportes en general; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 130 ordena a la Comisión de Recreación y Deportes de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva. Esta investigación se centrará en los factores que obstaculizan el fomento del deporte, la efectividad de la educación física en escuelas públicas, y las condiciones de las instalaciones recreativas y deportivas. La Comisión deberá presentar un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones dentro de 180 días tras la aprobación de la medida.
Para ordenar a la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes del Gobierno de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre el estado de cumplimiento del Departamento de Educación con la Ley Núm. 9-2022 y la Ley Núm. 158–1999, según enmendada, conocida como la “Ley de la Carrera Magisterial”, incluyendo el estado actual en que se encuentran las solicitudes de activaciones y reactivaciones sometidas por empleados docentes al Programa de Carrera Magisterial, así como el estado actual de las evaluaciones de expedientes por parte de la Oficina de Carrera Magisterial, la cantidad de pagos emitidos y la cantidad de pagos pendientes al personal docente, incluyendo el estatus en que se encuentra la revisión y pago de salario retroactivo a los años que el Programa de Carrera Magisterial del Departamento de Educación no solicitó el Plan de Mejoramiento Profesional; el estatus en que se encuentra el cálculo y la identificación de los fondos recurrentes necesarios para la reactivación del cumplimiento con la Ley Núm. 158-1999; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 486 ordena a la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes a realizar una investigación exhaustiva sobre el cumplimiento del Departamento de Educación con la Ley Núm. 9-2022 y la Ley Núm. 158-1999 (Ley de la Carrera Magisterial). La investigación debe detallar el estado de las solicitudes de activaciones y reactivaciones docentes, las evaluaciones de expedientes, los pagos emitidos y pendientes, y el estatus del cálculo y financiamiento para la reactivación del cumplimiento de la Ley 158-1999. Afecta directamente al personal docente y al Departamento de Educación.
Para ordenar a la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación sobre el cumplimiento del Departamento de Educación con el derecho del estudiantado del Programa de Educación Especial a que se revise el Programa Educativo Individualizado cuando resulte necesario y con el derecho a ser reubicado en el ambiente menos restrictivo tras la revisión del Programa Educativo Individualizado.
La Resolución de la Cámara 642 ordena a la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes realizar una investigación sobre el cumplimiento del Departamento de Educación (DE) con los derechos de los estudiantes del Programa de Educación Especial. Específicamente, se investigará si el DE garantiza la revisión del Programa Educativo Individualizado (PEI) cuando sea necesario y si asegura la reubicación de estos estudiantes en el ambiente menos restrictivo tras dicha revisión. La Comisión tiene 120 días para rendir un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones.
Para ordenar a las Comisiones de Educación, y de Recreación y Deportes de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la estructura, funcionamiento, costos, financiamiento y alcance de los programas deportivos de las instituciones educativas públicas y privadas de Puerto Rico; las normas y prácticas relacionadas con la elegibilidad y reclasificación académica de estudiantes atletas; el impacto de dichas prácticas sobre la justa competencia, participación y desarrollo de otros estudiantes atletas; los costos impuestos a padres, madres y encargados por concepto de cuotas deportivas, uniformes, equipos, viajes, torneos, hospedaje, transportación y otros gastos relacionados; las prácticas relacionadas con actividades de recaudación de fondos y la retención de cantidades o porcentajes de los fondos recaudados por los estudiantes; la reglamentación y fiscalización aplicable al deporte escolar; y para otros fines relacionados.
La R. de la C. 842 no enmienda leyes ni crea derechos: ordena a las Comisiones de Educación y de Recreación y Deportes de la Cámara investigar los programas deportivos de instituciones públicas y privadas. La investigación incluye costos familiares, viajes, recaudaciones y retenciones de fondos, reglas de elegibilidad, reclasificaciones, transferencias, reclutamiento y fiscalización. Las comisiones pueden requerir documentos e información conforme a sus facultades investigativas y deben procurar la participación de agencias, instituciones, ligas, entrenadores, familias y estudiantes atletas. Deben rendir un informe conjunto con hallazgos, conclusiones y recomendaciones dentro de los 180 días siguientes a la aprobación.
Para ordenar a la Comisión de Recreación y Deportes de la Cámara de Representantes realizar una investigación sobre cualquier situación, acción o propuesta que incida adversamente en el desarrollo del deporte como eje fundamental de nuestra sociedad y su integración en la educación pública, incluyendo el fortalecimiento de los programas de educación física en las escuelas; así como las condiciones materiales de las instalaciones para el ejercicio activo, pasivo incluyendo aquellas destinadas a la educación física y la recreación; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 90 ordena a la Comisión de Recreación y Deportes de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva. Esta investigación debe examinar situaciones, acciones o propuestas que afecten negativamente el desarrollo del deporte en la sociedad y su integración en la educación pública, incluyendo el estado de las instalaciones deportivas y recreativas. La Comisión está facultada para citar personas y entidades, solicitar documentos y emitir informes parciales y finales.
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