Para enmendar las Secciones 12.6 y 12.7 de la Resolución de la Cámara 1, según enmendada, con el propósito de realizar enmiendas técnicas al Reglamento de la Cámara de Representantes.
Qué propone
La Resolución de la Cámara 473 las Secciones 12.6 y 12.7 del de la Cámara de Representantes (Resolución de la Cámara 1). Busca eximir a la Comisión de Asuntos Internos de la obligación de notificar con 48 horas de antelación las reuniones ordinarias, permitiendo que notifiquen 'oportunamente' a sus miembros. Esto aplica también a la Comisión de Calendarios y Reglas Especiales de Debate. La medida afecta a los miembros de la Cámara y la transparencia en la notificación de sus procesos internos.
Pros
Contras
Intereses en juego
Qué cambió en comisiónsegún el entirillado del informe
La Comisión de Asuntos Internos y la Comisión de Calendarios y Reglas Especiales de Debate quedan eximidas del requisito de notificar con 48 horas de antelación la celebración de sus reuniones ordinarias, pudiendo notificar 'oportunamente'.
En qué va
Esta medida, una Resolución de la Cámara (RC 473), fue el 7 de octubre de 2025. Tras su primera lectura, fue referida a comisión. El 4 de mayo de 2026, se rindió un primer informe con y fue entirillada, siendo remitida posteriormente a la Comisión de Calendarios y Reglas Especiales de Debate.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 4 de mayo de 2026
Remitido a Comisión de Calendarios y Reglas Especiales de Debate de la Cámara
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para enmendar las Secciones 12.2 y 12.12 de la Resolución de la Cámara 1, según enmendada, con el propósito de realizar enmiendas técnicas al Reglamento de la Cámara de Representantes.
La Resolución de la Cámara 600 enmienda las Secciones 12.2 y 12.12 del Reglamento de la Cámara de Representantes (Resolución de la Cámara 1). Su propósito es integrar formalmente el uso de herramientas tecnológicas como internet y videoconferencia en el funcionamiento de las Comisiones y en la celebración de vistas públicas, especialmente durante eventos de emergencia. Esto aplica a todos los miembros de las Comisiones y a la participación en vistas públicas, salvo vistas oculares.
Para enmendar la Sección 1 de la Resolución de la Cámara 2, con el propósito de aumentar el número de los miembros que componen las Comisiones Permanentes de la Cámara de Representantes, y realizar enmiendas técnicas.
La Resolución de la Cámara 126 enmienda la Sección 1 de la Resolución de la Cámara 2 para aumentar el número de miembros en cada una de las Comisiones Permanentes de la Cámara de Representantes. Específicamente, establece que once (11) Representantes compondrán cada una de las comisiones listadas, afectando la estructura organizativa interna de la Cámara de Representantes.
Para enmendar la Sección 3 de la Resolución de la Cámara 146, con el propósito de aumentar el término para que la Comisión rinda un informe con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones
La Resolución de la Cámara 461 propone enmendar la Sección 3 de la Resolución de la Cámara 146 para extender el plazo que tiene una Comisión de la Cámara de Representantes para rendir un informe. Específicamente, cambia el límite de 180 días a 'antes de finalizada la séptima sesión ordinaria de la Vigésima Asamblea Legislativa'. Esta medida afecta a la comisión designada para investigar el asunto cubierto por la Resolución de la Cámara 146 y a los responsables de proveer información a dicha comisión.
Para adoptar el reglamento que gobernará los procedimientos legislativos y el gobierno interno de la Cámara de Representantes de Puerto Rico que regirán durante la vigésima (20ma.) Asamblea Legislativa.
Esta Resolución de la Cámara (RC 1) adopta el Reglamento de la Cámara de Representantes de Puerto Rico para la Vigésima Asamblea Legislativa (2025-2028). El reglamento establece las reglas de procedimiento, gobierno interno, organización de comisiones, funciones de oficiales (Presidente, Vicepresidente, Secretario, Sargento de Armas), y el proceso para la presentación y trámite de medidas legislativas. Afecta directamente a los miembros, personal y al funcionamiento de la Cámara de Representantes.
Para enmendar los Incisos DD, GG e II, de la Sección 1, de la Resolución de la Cámara 2, según enmendada; enmendar la Exposición de Motivos y la Sección 2 de la Resolución de la Cámara 7, según enmendada; enmendar el Título y la Sección 1 de la Resolución de la Cámara 102; enmendar el Título y la Sección 1 de la Resolución de la C. 120, según enmendada; para hacer reajustes en la jurisdicción de algunas comisiones legislativas; y otros fines relacionados
La Resolución de la Cámara 491 (RC 491) propone reajustar la jurisdicción de tres comisiones legislativas permanentes de la Cámara de Representantes: la Comisión de la Región Este, la Comisión de la Región Metro y la Comisión de la Región Este Central. Busca clarificar y, en algunos casos, expandir o modificar los municipios y las áreas temáticas bajo la supervisión de cada comisión, afectando la distribución de responsabilidades legislativas sobre desarrollo socioeconómico, programas gubernamentales y fiscalización de fondos públicos en esas regiones.
Entra con tu correo para opinar, comentar y seguir esta medida. La primera vez se crea tu cuenta, gratis.
Aún no hay comentarios. Comparte tu opinión sobre esta medida.