Para autorizar el establecimiento de una sucursal de materia y disciplina científica para investigaciones forenses, incluyendo la indagación médico legal y laboratorio satélite de criminalística, en la región oeste del país, adscrita al Instituto de Ciencias Forenses de Puerto Rico; crear la junta provisional de la sucursal para que efectúe los estudios y la planificación de dicha institución; y asignar los fondos necesarios para la labor relacionada con dichos estudios y planificación.
Qué propone
Esta Resolución Conjunta autoriza la creación de una nueva sucursal del Instituto de Ciencias Forenses (ICF) en la región oeste del país, que incluirá servicios de indagación médico-legal y un laboratorio satélite de criminalística. Para ello, crea una Junta Provisional compuesta por altos funcionarios de diversas agencias gubernamentales, quienes serán responsables de realizar los estudios y la planificación necesarios. La medida también asigna fondos para esta fase de planificación y autoriza a las agencias participantes a aprobar y a contribuir recursos propios.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La Resolución Conjunta de la Cámara 393 fue el 24 de agosto de 2026 y referida a la Comisión de Salud de la Cámara el 1 de septiembre de 2026, donde se encuentra actualmente en trámite.
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Última acción · 1 de septiembre de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
“Para ordenar al Instituto de Ciencias Forenses de Puerto Rico que realice un estudio sobre la viabilidad de habilitar una sala especializada de necropsias animales para la atención de casos donde animales, particularmente mascotas, constituyan evidencia relevante en crímenes violentos, actos de acecho o controversias vecinales; disponer que se rinda un informe detallado al Senado; y para otros fines relacionados.”
Esta Resolución Conjunta ordena al Instituto de Ciencias Forenses (ICF) de Puerto Rico a realizar un estudio de viabilidad para establecer una sala especializada en necropsias de animales. El estudio debe evaluar las necesidades estructurales, de personal, equipamiento, protocolos de custodia de evidencia y costos. El ICF deberá presentar un informe detallado al Senado en un plazo de noventa (90) días tras la aprobación de la medida. Afecta directamente al ICF y, potencialmente, a futuros procesos judiciales que involucren animales como evidencia.
Para reasignar al Departamento de Salud la cantidad de ochocientos mil (800,000) dólares provenientes de asignaciones previas al Departamento de Salud para establecer el Banco Público de Sangre de Cordón Umbilical de Puerto Rico, en el Centro Comprensivo de Cáncer en colaboración y consulta con el Recinto de Ciencias Médicas en la Resolución Conjunta 60-2016 y en las Resoluciones Conjuntas del Presupuesto del Gobierno del Fondo General desde el Año Fiscal 2017-2018 al 2022-2023 certificado por la Junta de Supervisión y Administración Financiera; para la renovación de la nevera de cadáveres, la renovación de la sala de embalsamado, el establecimiento del laboratorio de plastinación para preservación de especímenes disectados, compra de equipo, establecimiento de laboratorios y otros gastos de funcionamiento de la Junta de Disposición de Cuerpos, Órganos y Tejidos Humanos mejor conocida como la Junta de Donaciones Anatómicas de Puerto Rico adscrita al Recinto de Ciencias Médicas de la Universidad de Puerto Rico.
La Resolución Conjunta de la Cámara 48 propone reasignar $800,000 de fondos previamente asignados al Departamento de Salud. Estos fondos se destinarán a dos propósitos principales: establecer el Banco Público de Sangre de Cordón Umbilical de Puerto Rico en el Centro Comprensivo de Cáncer, en colaboración con el Recinto de Ciencias Médicas (RCM), y financiar mejoras sustanciales a la Junta de Donaciones Anatómicas de Puerto Rico, adscrita al RCM. Las mejoras incluyen la renovación de la nevera de cadáveres y la sala de embalsamado, la creación de un laboratorio de plastinación para preservar especímenes, la compra de equipo y otros gastos operativos. La medida autoriza la contratación de servicios privados y de otras agencias gubernamentales, y permite el pareo de fondos con otras fuentes.
Para ordenar a la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación sobre todo asunto relacionado con la seguridad y el orden público; el fortalecimiento de los esfuerzos gubernamentales de ley y orden contra la violencia, el crimen y el trasiego de drogas; el Departamento de Justicia, el Departamento de Seguridad Pública, el Departamento de Corrección y Rehabilitación, el Instituto de Ciencias Forenses y los componentes de esas entidades; lo concerniente a las Fuerzas Armadas de Estados Unidos de América, los cuerpos de seguridad federales, tales como el U.S. Department of Homeland Security, el Federal Bureau of Investigations y el National Security Administration, y estatales como los distintos cuerpos policiales de los distintos estados, entre otros; sobre todo asunto dirigido a controlar y disminuir la delincuencia y controlar y prevenir el crimen; las asignaciones de fondos y recursos para programas de seguridad pública y otros que puedan tener impacto directo en la prevención de la criminalidad; sobre la formulación de política pública que garantice la máxima seguridad física para los residentes urbanos y rurales; los planes, programación, obra pública, organización y prestación de los servicios ordenados por ley a la Guardia Nacional de Puerto Rico, al Negociado de la Policía de Puerto Rico, al Negociado del Cuerpo de Bomberos, al Negociado de Manejo de Emergencias y Administración de Desastres de Puerto Rico, y a aquellas otras agencias gubernamentales que promuevan la seguridad civil en casos de emergencia.
La Resolución de la Cámara 37 ordena a la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes a realizar una investigación exhaustiva sobre todos los aspectos relacionados con la seguridad y el orden público en Puerto Rico. Esto incluye el fortalecimiento de esfuerzos contra la violencia, el crimen y el trasiego de drogas, la evaluación de agencias clave como Justicia, Seguridad Pública, Corrección e Instituto de Ciencias Forenses, así como la coordinación con entidades federales y estatales. También abarca la revisión de asignaciones de fondos, políticas públicas para la seguridad física de residentes y la prestación de servicios de agencias como la Guardia Nacional y la Policía.
Para enmendar los Artículos 2, 3, 7, 9, 22, 33; derogar el actual Artículo 4 y renumerar los actuales artículos 5, 6 y 7 como los Artículos 4, 5 y 6; derogar el actual Artículo 8 y renumerar los actuales Artículos 9 al 56 como los Artículos 7 al 54 respectivamente de la Ley 135-2020, según enmendada, conocida como la "Ley del Instituto de Ciencias Forenses de Puerto Rico", a los fines de prescindir de la Junta de Directores; definir las funciones y establecer la facultad de reglamentación del Director Ejecutivo; y para otros fines relacionados.
La Ley 43-2025 enmienda varios artículos de la Ley 135-2020, deroga los antiguos artículos 4 y 8 vinculados a la Junta de Directores y renumera los artículos subsiguientes, con lo que elimina la Junta. Pasa al Director Ejecutivo la política y supervisión del Instituto, la aprobación de sus solicitudes presupuestarias, la fijación de cualificaciones mínimas, la reglamentación y las decisiones de compra y contratación; además, le permite determinar dónde ubicar las oficinas y laboratorios regionales y qué demarcación atenderá cada cual. También le concede facultad general para adoptar los reglamentos necesarios para operar el Instituto e implantar la ley. El Director es nombrado por el Gobernador con el consentimiento de la mayoría del total de miembros del Senado, por un término de seis años, y debe cumplir requisitos de formación y experiencia forense.
Para establecer un albergue-hogar para mujeres maltratadas, adscrito al Departamento de la Familia, en la región geográfica que comprende los municipios propios del Distrito Representativo Núm. 16, Isabela, San Sebastián y Aguadilla; facultar al Departamento de la Familia para implementar esta ley; y para asignar fondos.
Esta Resolución Conjunta (RCC 400) establece un nuevo albergue-hogar para mujeres maltratadas, adscrito al Departamento de la Familia. El albergue se ubicará en la región geográfica que incluye los municipios de Isabela, San Sebastián y Aguadilla. La medida faculta al Departamento de la Familia para implementar la ley y asignar los fondos necesarios para su funcionamiento.
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