Qué propone
Esta Resolución Conjunta ordena a la Gobernadora del Estado Libre Asociado de Puerto Rico que, en un plazo de sesenta (60) días, inicie las gestiones para notificar a LUMA Energy la cancelación de sus contratos de Operación y Mantenimiento (O&M) y Suplementario, firmados en junio de 2020. La justificación alegada es el incumplimiento de varias cláusulas contractuales por parte de LUMA Energy, LLC. Además, la medida busca garantizar la continuidad del servicio eléctrico durante el proceso de transición.
Pros
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en el debate sobre la privatización del sistema eléctrico de Puerto Rico, que se aceleró tras la quiebra de la AEE bajo PROMESA y el colapso de la red por el huracán María. La medida busca cancelar el contrato de LUMA Energy, reflejando la controversia histórica sobre la efectividad de la privatización y la calidad del servicio, un punto de disputa entre quienes la ven como modernización y quienes la critican por el deterioro del servicio y la rendición de cuentas.
En qué va
La Resolución Conjunta del Senado 10 fue el 2 de enero de 2025 y referida a comisión. El 16 de enero de 2025 apareció en Primera Lectura del Senado. Sin embargo, la Comisión de Gobierno no recomienda su aprobación, lo que indica una postura de desacuerdo o preocupación por parte de dicha comisión.
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Última acción · 16 de septiembre de 2025
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para ordenar a la Autoridad para las Alianzas Público Privadas de Puerto Rico y a la Autoridad de Energía Eléctrica notificar a LUMA Energy que comience el proceso contractual de cancelación del contrato conocido como el Operation and Maintenance Agreement del 17 de junio de 2020 y el Supplemental Agreement del 22 de junio de 2020, dentro de un término de sesenta (60) días, por incumplimiento de varias cláusulas contractuales por parte de LUMA Energy, LLC (en un momento conocida como LUMA ManageCo) y LUMA ServCo., entre ambos los Operadores de GridCo; garantizar la continuidad del servicio durante la transición; y para otros fines.
La medida ordena a la Autoridad para las Alianzas Público Privadas (APP) y a la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) notificar a LUMA Energy sobre el inicio del proceso contractual para cancelar el Operation and Maintenance Agreement y el Supplemental Agreement, dentro de 60 días, por alegados incumplimientos. Paralelamente, la APP debe iniciar la selección de un nuevo operador, garantizando la continuidad del servicio durante la transición, con el personal de ServCo manteniéndose y la AEE asumiendo interinamente las funciones de ManagementCo.
Para Ordenar a la Autoridad para las Alianzas Público Privadas de Puerto Rico y a la Autoridad de Energía Eléctrica notificar a LUMA Energy que comience el proceso contractual de cancelación del contrato conocido como el Operation and Maintenance Agreement del 17 de junio de 2020 y el Supplemental Agreement del 22 de junio de 2020, dentro de un término de sesenta (60) días, por incumplimiento de varias cláusulas contractuales por parte de LUMA Energy, LLC (en un momento conocida como LUMA ManageCo) y LUMA ServCo., entre ambos los Operadores de GridCo; garantizar la continuidad del servicio durante la transición; y para otros fines.
Esta Resolución Conjunta ordena a la Autoridad para las Alianzas Público Privadas (APP) y a la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) notificar a LUMA Energy para iniciar el proceso de cancelación de sus contratos (Operation and Maintenance Agreement y Supplemental Agreement, ambos de 2020) en un plazo de 60 días. La justificación es el supuesto incumplimiento de cláusulas contractuales por parte de LUMA Energy. Además, busca garantizar la continuidad del servicio eléctrico durante la transición.
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