Qué propone
La medida ordena al Negociado de Energía de Puerto Rico (NEPR) que instruya a LUMA Energy a anular y detener cobros por 'estudios complementarios' a clientes solares con sistemas interconectados de hasta 25 kilovatios (kW). Además, exige al NEPR que, en un plazo de 60 días, retome la promulgación de un nuevo de Interconexión bajo la Ley 17-2019, incorporando mejores prácticas y participación de expertos. Finalmente, se busca exigir rendición de cuentas del NEPR ante la Asamblea Legislativa.
Pros
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
Esta medida se enmarca en la política pública energética de Puerto Rico, específicamente en la promoción de la energía renovable y la regulación del sistema eléctrico. La Ley 17-2019, mencionada en la medida, es clave para establecer las metas de energía renovable y fortalecer al Negociado de Energía como regulador, mientras que la Ley 114-2007 y la Ley 10-2024 establecieron y reforzaron la medición neta para clientes solares, un antecedente directo a los cobros por "estudios complementarios" que la medida busca anular.
En qué va
Esta Resolución Conjunta del Senado (RCS 87) fue el 3 de septiembre de 2025 y referida a comisión. El 13 de noviembre de 2025, la Comisión de Gobierno del Senado emitió un , no recomendando su aprobación.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 13 de noviembre de 2025
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para ordenar a la Autoridad de Energía Eléctrica (“AEE”) y/o el operador de la red eléctrica LUMA Energy, LLC. (“LUMA”) cesar el cobro de todo cargo por concepto de Estudio Suplementario y por mejoras a la red que hubiese sido requerido para sistemas de hasta 25 kilovatios por el Reglamento Número 8915, Reglamento para Interconectar Generadores con el Sistema de Distribución Eléctrica de la Autoridad de Energía Eléctrica y Participar En Los Programas De Medición Neta del 6 de febrero de 2017, incluyendo pero sin limitarse a los cargos dispuestos en la Sección V, Artículo B de dicho Reglamento 8915; y ordenar al Negociado de Energía de Puerto Rico a adoptar un nuevo reglamento de interconexión consistente con la Ley 17 de 2019, Ley de Política Pública Energética de Puerto Rico y con esta Ley dentro de un término de tiempo específico.
Esta medida ordena a la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) y a LUMA Energy cesar el cobro de cargos por Estudio Suplementario y mejoras de red para sistemas fotovoltaicos de hasta 25 kilovatios, según el Reglamento 8915. También enmienda la Ley del Programa de Medición Neta para que la capacidad del alimentador no impida la interconexión de estos sistemas, y las mejoras necesarias sean asumidas por el operador de la red sin costo al solicitante. Finalmente, instruye al Negociado de Energía a adoptar un nuevo reglamento de interconexión moderno en un plazo de 180 días para la propuesta y 365 días para su adopción final.
Para ordenar a la Autoridad de Energía Eléctrica (“AEE”) y/o el operador de la red eléctrica LUMA Energy, LLC. (“LUMA”) cesar el cobro de todo cargo por concepto de Estudio Suplementario y por mejoras a la red que hubiese sido requerido para sistemas de hasta 25 kilovatios por el Reglamento Número 8915, Reglamento para Interconectar Generadores con el Sistema de Distribución Eléctrica de la Autoridad de Energía Eléctrica y Participar en los Programas de Medición Neta del 6 de febrero de 2017, incluyendo pero sin limitarse a los cargos dispuestos en la Sección V, Artículo B de dicho Reglamento 8915; y ordenar al Negociado de Energía de Puerto Rico a adoptar un nuevo reglamento de interconexión consistente con la Ley 17 de 2019, Ley de Política Pública Energética de Puerto Rico y con esta Resolución dentro de un término de tiempo específico.
Esta medida ordena a la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) y a LUMA Energy cesar el cobro de cargos por Estudio Suplementario y mejoras a la red para sistemas de hasta 25 kilovatios, según el Reglamento 8915. También instruye al Negociado de Energía de Puerto Rico a crear un nuevo reglamento de interconexión, alineado con la Ley 17 de 2019 y la propia resolución, dentro de un plazo determinado. Afecta directamente a los consumidores con sistemas de generación distribuida de hasta 25 kW y a los organismos reguladores y operadores de la red eléctrica.
Crea una cuenta gratis para opinar, comentar y seguir esta medida.
Aún no hay comentarios. Comparte tu opinión sobre esta medida.