Para ordenar al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales enmendar el Reglamento Núm. 4860, “Reglamento para el Aprovechamiento, Vigilancia, Conservación y Administración de las Aguas Territoriales, los Terrenos Sumergidos bajo estas y la Zona Marítimo-Terrestre,” a los fines de establecer que las concesiones otorgadas a industrias turísticas se mantengan vigentes o que se expida una autorización provisional, mientras el Departamento evalúa una solicitud de renovación oportunamente presentada; ordenar la tramitación de dicha enmienda conforme a la Ley 38-2017, según enmendada; requerir un informe a la Asamblea Legislativa; y para otros fines relacionados.
Qué propone
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) a el Núm. 4860. El propósito es establecer que las concesiones turísticas en la zona marítimo-terrestre se mantengan o se otorgue una autorización provisional mientras el DRNA evalúa una solicitud de renovación presentada a tiempo. Esto aplica a industrias turísticas como hoteles y hospederías.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en la histórica tensión sobre el uso de la zona marítimo-terrestre, donde el libre acceso a las playas como bienes de dominio público choca con intereses de desarrollo residencial y comercial. El debate sobre las concesiones a industrias turísticas en la costa es un reflejo de la disputa entre la protección ambiental y los intereses económicos, como se vio en el caso de Playa Los Almendros en Rincón.
En qué va
Esta Resolución Conjunta fue el 16 de septiembre de 2026 y referida a comisión en el Senado el 17 de septiembre de 2026. La firman representantes del PNP.
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Última acción · 17 de septiembre de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales la actualización de reglamentos, establecer y promulgar protocolos y normativas de similar naturaleza, relacionados con la erosión costera y riberas de otros cuerpos de agua en consideración con los cambios en la zona costera de Puerto Rico por motivos de los recientes huracanes, terremotos y otros eventos naturales; y para otros fines relacionados.
La Resolución Conjunta del Senado 68 (RCS 68) ordena al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) a evaluar y actualizar sus reglamentos, protocolos y normativas relacionadas con la erosión costera y las riberas de cuerpos de agua. Busca incorporar los cambios en la zona costera de Puerto Rico provocados por eventos naturales recientes como huracanes y terremotos. La medida establece un plazo de 180 días para que el DRNA promueva la adopción o enmiendas a estas normativas, y exige informes cada 60 días a la Asamblea Legislativa sobre el progreso. Afecta directamente al DRNA en su función de regulación y gestión ambiental costera, y de forma indirecta a las comunidades costeras y el desarrollo en dichas zonas.
Para ordenar al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales dejar sin efecto de forma inmediata, la Orden Administrativa Número 2025-01 denominada “Para establecer el cobro de derechos para el uso de terrenos y aguas de dominio público en La Parguera en el Municipio de Lajas”, y en su consecuencia, que se reactiven todas las investigaciones y casos a las circunstancias en que estaban al momento de emitirse la orden; se restituye la vigencia de cualquier orden administrativa derogada por la misma; y para otros fines.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) dejar sin efecto inmediato la Orden Administrativa 2025-01, la cual establecía cobros por el uso de terrenos y aguas de dominio público en La Parguera, Lajas. Además, ordena la reactivación de todas las investigaciones y casos relacionados a dichos asuntos y la restitución de órdenes administrativas previamente derogadas por la Orden 2025-01. Afecta directamente al DRNA, a usuarios de los recursos públicos en La Parguera y a casos administrativos pendientes.
Para ordenar al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales a identificar, adquirir, asignar y mantener de forma permanente en las regiones sur y suroeste de Puerto Rico equipo especializado para el manejo y remoción de sargazo, incluyendo sargaceras marinas, excavadoras de brazo largo equipadas con cubos especializados para remover sargazo, permitiendo el drenaje del agua de mar antes de levantar el material, barreras flotantes de contención, embarcaciones de apoyo, equipos de transporte y cualquier otra maquinaria necesaria para atender con mayor rapidez y eficiencia los eventos de acumulación masiva de sargazo que afectan los municipios de la región sur; disponer para la elaboración de un plan operacional regional; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) a identificar, adquirir, asignar y mantener de forma permanente en las regiones sur y suroeste de Puerto Rico equipo especializado para el manejo y remoción de sargazo. Incluye la elaboración de un plan operacional regional para atender de forma más rápida y eficiente las acumulaciones masivas que afectan a los municipios de estas zonas, impactando directamente a residentes, turistas y la economía local.
Para ordenar al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales de Puerto Rico, la Compañía Turismo, el Departamento de Recreación y Deportes y al Departamento de la Vivienda de Puerto Rico, rendir un informe exhaustivo sobre la disponibilidad, asignación y estatus de los fondos federales y estatales bajo la custodia del Departamento de la Vivienda y del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) que puedan ser destinados a la rehabilitación de los balnearios públicos de la isla; ordenar a que suministren a este Cuerpo un informe detallado de dichos balances y el procedimiento oficial de solicitud para la utilización de estos fondos; y para otros fines relacionados. Para ordenar, además, a la Junta de Planificación de Puerto Rico someta un listado de los proyectos de reparación, rehabilitación y/o mejoras pendientes de los cuales tenga conocimiento
Esta Resolución Conjunta ordena a varios departamentos del Poder Ejecutivo (Recursos Naturales y Ambientales, Turismo, Recreación y Deportes, Vivienda) y a la Junta de Planificación a rendir informes detallados sobre la disponibilidad, asignación y estatus de fondos federales y estatales destinados a la rehabilitación de balnearios públicos. Se les exige presentar balances de fondos remanentes, proyectos asignados, y procedimientos para solicitar y usar dichos fondos, con plazos estrictos de 15 días para las agencias y 60 días para que la Comisión legislativa presente su informe final. Afecta directamente a las agencias obligadas a reportar y a la Comisión de Recursos Naturales de la Cámara de Representantes.
Para ordenar al Departamento de Recursos Naturales y Asuntos Ambientales (DRNA), establecer un programa piloto para implantar un sistema de boyas de seguridad marítima técnicamente adaptable en playas de Puerto Rico con alta afluencia turística o con historial significativo de incidentes de ahogamiento; disponer que dicho sistema podrá incluir modelos innovadores de rescate pasivo, incluyendo boyas centrales con líneas radiales cortas tipo “pulpo” que permitan la sujeción temporal de personas arrastradas por corrientes; requerir que se evalúe la viabilidad de que se establezcan cámaras con inteligencia artificial con software como SightBit o LAIF; requerir la formalización de acuerdos interagenciales entre los municipios costeros, el DRNA y el Departamento de Seguridad Pública de Puerto Rico para fortalecer la seguridad en áreas de bañistas; establecer un Protocolo Uniforme de Comunicación de Riesgo Marítimo; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) a establecer un programa piloto para implantar sistemas de boyas de seguridad marítima y evaluar la viabilidad de cámaras con inteligencia artificial en playas con alta afluencia turística o historial de ahogamientos. Requiere acuerdos interagenciales entre DRNA, Seguridad Pública y municipios costeros, y la creación de un Protocolo Uniforme de Comunicación de Riesgo Marítimo. Un informe detallando las playas seleccionadas, modelos adoptados, acuerdos formalizados y progreso del protocolo deberá ser presentado a la Asamblea Legislativa dentro de 90 días tras su aprobación.
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