Qué propone
La Resolución Conjunta del Senado 28 (RCS 28) propone declarar una que prohíbe al Departamento de Educación de Puerto Rico (DEPR) aprobar el establecimiento o la expansión de Escuelas Públicas Alianza (EPA) hasta que se cumplan supuestas disposiciones de la medida. Afecta directamente al DEPR en su capacidad de aprobar nuevas EPA o expandir las existentes, y a las entidades interesadas en operar o expandir este tipo de escuelas.
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en el debate sobre la Ley 85-2018, conocida como la Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico, que introdujo las Escuelas Alianza (chárter) y el Programa de Vales Educativos. La medida refleja la continua resistencia comunitaria y los litigios que han ralentizado la implementación de estos programas desde su aprobación.
En qué va
La Resolución Conjunta del Senado 28 fue el 24 de febrero de 2025, pasó por primera lectura y fue referida a comisión. La Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado emitió un el 1 de octubre de 2025, no recomendando su aprobación.
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Última acción · 1 de octubre de 2025
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para declarar una moratoria durante la cual se le prohíbe al Departamento de Educación de Puerto Rico aprobar el establecimiento o expansión de Escuelas Públicas Alianza hasta que la agencia cumpla con las disposiciones de esta resolución conjunta; y para otros fines relacionados.
La medida propone declarar una moratoria que prohíbe al Departamento de Educación (DE) aprobar el establecimiento o expansión de Escuelas Públicas Alianza (EPA) hasta que el DE, la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) y el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) presenten un informe conjunto demostrando un impacto fiscal neto positivo de las EPA para el sistema público. Afecta directamente al DE, al limitar su capacidad de aprobar nuevas EPA, y a las entidades que buscan establecer o expandir este tipo de escuelas.
Para declarar un Estado de Emergencia en el sistema de educación pública de Puerto Rico, con el fin de dar prioridad a la alfabetización del estudiantado en la planificación y ejecución de los procesos de enseñanza y aprendizaje sobre los estándares y expectativas ordinarias establecidos por el Departamento de Educación, hasta que se subsane el rezago reflejado en las destrezas de lectoescritura a raíz de los huracanes, los sismos, las medidas de austeridad institucional, la pandemia vinculada al COVID–19 y el sobreestímulo efectuado por los dispositivos electrónicos entre la niñez
La Resolución Conjunta del Senado 203 declara un Estado de Emergencia en el sistema de educación pública de Puerto Rico. Su propósito es dar prioridad a la alfabetización del estudiantado en la planificación y ejecución de la enseñanza, suspendiendo temporalmente los estándares y expectativas ordinarias del Departamento de Educación (DEPR). El estado de emergencia se mantendrá hasta que los Consejos Escolares locales determinen que se ha subsanado el rezago en lectoescritura. Durante este periodo, las escuelas tendrán la facultad de ajustar currículos, materiales y estrategias, y solicitar al DEPR recursos como tutoras, materiales de lectura y formación profesional.
“Para ordenarle al Departamento de Educación realizar, en colaboración con la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal, un estudio de análisis de costo que permita fijar parámetros generales sobre los costos reales y razonables en el mercado de los servicios educativos, relacionados y suplementarios que típicamente subcontrata la agencia cuando no cuenta con la opción de provisión directa, sin abandonar el principio rector de las necesidades individuales de cada estudiante o las variables asociadas a la inflación; establecer un sistema de monitoreo que permita fiscalizar el cumplimiento de las instituciones y proveedoras privadas a las que se les otorgan contratos de ubicación (o de provisión de servicios relacionados) desde la Secretaría Asociada de Educación Especial, en atención a las propuestas de servicios, los contratos convenidos y los Programas Educativos Individualizados; diseñar un mecanismo alterno para que las personas encargadas de menores que reciban servicios mediante el mecanismo de compra procuren los reembolsos a que son acreedoras, de manera que no tengan que identificarse o registrarse como proveedoras, cuando no lo son; y revisar sus procesos de contabilidad dirigidos a evaluar facturas y desembolsar pagos o reembolsos por concepto de compras de servicios de Educación Especial, así como la conciliación adecuada de facturas y desembolsos; y para establecer otras disposiciones complementarias.”
La Resolución Conjunta del Senado 55 ordena al Departamento de Educación (DE), en colaboración con la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (AAFAF), realizar un estudio de análisis de costos para fijar parámetros sobre los gastos reales y razonables de servicios educativos subcontratados. También ordena establecer un sistema de monitoreo para fiscalizar a proveedores privados de Educación Especial, diseñar un mecanismo alterno para que tutores obtengan reembolsos sin registrarse como proveedoras, y revisar los procesos de contabilidad, facturación y desembolsos de pagos por servicios de Educación Especial. Afecta principalmente al DE, a AAFAF, a las instituciones y proveedoras privadas que ofrecen servicios a estudiantes de Educación Especial, y a las familias o encargados de dichos estudiantes.
Para ordenar al Secretario del Departamento de Educación del Gobierno de Puerto Rico, desarrollar y establecer escuelas y programas especializados en agricultura en cada municipio del Distrito Senatorial de Mayagüez-Aguadilla; garantizar la creación de currículos agrícolas modernos y pertinentes; fomentar alianzas educativas con la industria agrícola; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Secretario del Departamento de Educación (DE) a integrar la educación agrícola, la seguridad alimentaria y la sostenibilidad como un tema transversal en el currículo de todas las escuelas públicas, desde elemental hasta superior. El DE deberá desarrollar contenidos modernos, capacitar al personal docente y presentar un plan de implementación en 180 días, seguido de informes anuales sobre el progreso. La medida busca que estos temas se incorporen en las distintas áreas académicas y niveles educativos.
Para ordenar al Departamento de Educación diseñar y ejecutar un plan para el acondicionamiento de los planteles escolares del sistema público de enseñanza, a los fines de garantizar la seguridad del estudiantado y el personal escolar durante periodos de intenso calor; y para otros fines relacionados.
La Resolución Conjunta del Senado 52 (RCS 52) ordenaba al Departamento de Educación (DEPR) diseñar y ejecutar un plan para acondicionar los planteles escolares del sistema público. El objetivo era garantizar la seguridad del estudiantado y personal escolar durante periodos de calor intenso. El plan debía considerar estrategias como siembra de árboles, flexibilización de uniformes, uso de espacios alternativos, instalación de fuentes de agua y abanicos, y la posibilidad de horarios alternos o enseñanza remota en escenarios extremos. La medida buscaba establecer un mandato legal para estas acciones, sin imponer cargas económicas adicionales a los padres o tutores.
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