Para solicitarle al Congreso de los Estados Unidos la aprobación de legislación federal que establezca salvaguardas vinculantes sobre el desarrollo y uso de sistemas de inteligencia artificial, incluyendo evaluaciones independientes previas al lanzamiento de nuevos modelos, deberes de transparencia y notificación de incidentes, 6 capacidad comprobada de suspensión o apagado, protección efectiva a denunciantes de la industria, un régimen claro de responsabilidad civil y supervisión particular sobre agentes autónomos; así como para exigir que Puerto Rico y los demás territorios sean incluidos expresamente en toda iniciativa congresional sobre la materia; y para otros fines relacionados.
Qué propone
Esta Resolución Concurrente solicita al Congreso de los Estados Unidos que apruebe legislación federal para establecer salvaguardas vinculantes sobre el desarrollo y uso de sistemas de inteligencia artificial (IA). Pide que esta legislación incluya evaluaciones independientes previas al lanzamiento de modelos avanzados, deberes de transparencia, notificación de incidentes graves, mecanismos de suspensión o apagado, protección a denunciantes, un régimen de responsabilidad civil claro y supervisión de agentes autónomos. Además, exige que Puerto Rico y los demás territorios sean incluidos expresamente en toda iniciativa congresional sobre IA, con igualdad de trato en programas, investigación, respuesta a incidentes y distribución de fondos.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en la larga historia de la relación territorial de Puerto Rico con Estados Unidos, que ha definido su estatus político desde la Ley Foraker (1900) hasta la creación del ELA (1952) y la imposición de PROMESA (2016). La exigencia de que Puerto Rico sea incluido expresamente en la legislación federal sobre IA, con igualdad de trato, refleja la lucha histórica por la paridad y contra la exclusión que ha caracterizado la relación entre la isla y el Congreso.
En qué va
Esta Resolución Concurrente fue el 17 de septiembre de 2026 y referida a la Comisión de Asuntos Internos de la Cámara de Representantes el 21 de septiembre de 2026. La firman representantes del PPD.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 21 de septiembre de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar al Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS), realizar un registro de todas las empresas o negocios que operen, desarrollen o utilicen sistemas de Inteligencia Artificial en Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS) a realizar un estudio sobre las brechas en las leyes estatales vigentes de privacidad de datos en relación con la inteligencia artificial (IA). El estudio debe proponer políticas de gobernanza, guías, y un marco de mejores prácticas para el uso ético de la IA, incluyendo principios como alfabetización tecnológica, acceso, educación, protección de propiedad intelectual, colaboración multisectorial y equidad. El PRITS deberá rendir informes semestrales a la Asamblea Legislativa sobre sus gestiones, conclusiones, gastos y legislación relevante.
Para ordenar al Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS) desarrollar un abarcador y minucioso estudio sobre la posibilidad y los beneficios de utilizar la Inteligencia Artificial como una herramienta adicional para optimizar los procesos de investigación, auditoría, mitigación de riesgos, supervisión efectiva y control de gastos, entre otros; identificar plataformas dirigidas a esos propósitos y hacer recomendaciones a las agencias fiscalizadoras; y para otros fines relacionados.
La Resolución Conjunta 68 ordena al Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS) a realizar un estudio exhaustivo en un plazo de 180 días sobre la viabilidad y beneficios de implementar Inteligencia Artificial (IA) para optimizar procesos gubernamentales clave como investigación, auditoría, mitigación de riesgos, supervisión y control de gastos. El estudio debe identificar plataformas y hacer recomendaciones a las agencias fiscalizadoras, afectando la forma en que estas agencias operan y cómo se gestionan los fondos públicos.
Para expresar el rechazo de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico a las enmiendas propuestas por el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano del gobierno federal de los Estados Unidos (HUD, por sus siglas en inglés) a las disposiciones del Código de Regulaciones Federales que reglamentan los programas de vivienda pública y de vivienda subsidiada, cuyos efectos serán la perpetuación de la precarización y del sinhogarismo.
Esta Resolución Concurrente expresa el rechazo formal de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico a las enmiendas propuestas por el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano federal (HUD) a las regulaciones de programas de vivienda pública y subsidiada. Ordena que se someta una copia de esta resolución, traducida al inglés, al HUD antes del 21 de abril de 2026, para comunicar la postura legislativa de la isla.
Para expresar el reclamo formal de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico al Congreso de los Estados Unidos para que revise y enmiende la Ley Pública 114-187, conocida como “Puerto Rico Oversight, Management, and Economic Stability Act” o “PROMESA”, a los fines de acelerar y completar la terminación de la Junta de Supervisión y Administración Financiera para Puerto Rico mediante un Plan Federal de Terminación con criterios objetivos, fechas, métricas, validación independiente y una fase obligatoria de reducción progresiva de funciones y costos; requerir determinaciones oportunas sobre el cumplimiento de los requisitos de la Sección 209, incluyendo el tratamiento de los Años Fiscales 2026 y 2027; establecer una fecha objetivo de terminación y mecanismos que impidan la continuación indefinida de la supervisión; disponer una transición ordenada para cualquier asunto residual bajo PROMESA; solicitar que, de determinarse necesaria la permanencia de la Junta durante cualquier período adicional, sus gastos sean sufragados con fondos federales y no con recursos del erario de Puerto Rico; requerir rendición final de cuentas, devolución de balances territoriales no comprometidos y transferencia de conocimientos, datos y herramientas fiscales; reafirmar el compromiso de Puerto Rico con la responsabilidad fiscal, la transparencia presupuestaria y el acceso responsable a los mercados de capital; y para otros fines relacionados.
La R. Conc. del S. 20 no enmienda PROMESA ni termina la Junta: solicita al Congreso que cambie, entre otras, sus secciones 106(e), 107, 208, 209 y 315. Pide un Plan Federal de Terminación publicado dentro de 90 días de entrar en vigor la legislación federal correspondiente, con el estado de cada requisito de la sección 209, evidencia, responsables, hitos y una fecha objetivo; también solicita determinaciones sobre los años fiscales 2026 y 2027 y un mecanismo sustituto si la Junta no certifica la terminación dentro de 30 días de acreditarse el cumplimiento. Además, solicita una reducción progresiva de operaciones, que el Gobierno federal pague los gastos de la Junta si esta permanece después del período establecido, la devolución de balances territoriales no comprometidos, una auditoría de costos por la GAO y la transferencia de herramientas fiscales al Gobierno de Puerto Rico. Como resolución concurrente, expresa una petición política: por sí sola no obliga al Congreso ni a la Junta a realizar esos cambios.
Para solicitar al Congreso de los Estados Unidos la aprobación de legislación para eximir a la isla de Puerto Rico de la exclusividad de cabotaje contenida en la Ley Jones de 1920, y para expresar el reclamo de que Puerto Rico sea incluido en toda iniciativa congresional reciente o futura, incluyendo aquellas dirigidas a los territorios estadounidenses del Pacífico, que busque aliviar o eliminar restricciones de cabotaje; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Concurrente solicita formalmente al Congreso de los Estados Unidos que apruebe legislación para eximir a Puerto Rico de las restricciones de cabotaje impuestas por la Ley Jones de 1920. También insta al Congreso a incluir a Puerto Rico en cualquier iniciativa futura, similar a las dirigidas a territorios del Pacífico, que busque aliviar o eliminar dichas restricciones. Se pide al Presidente de EE.UU. y su administración que apoyen estas gestiones. Afecta directamente la política federal de transporte marítimo y, de ser aprobada, podría impactar los costos de importación y exportación de bienes hacia y desde la isla.
Entra con tu correo para opinar, comentar y seguir esta medida. La primera vez se crea tu cuenta, gratis.
Aún no hay comentarios. Comparte tu opinión sobre esta medida.