Para impugnar la elección y juramentación de los Senadores del Distrito Mayagüez-Aguadilla, Hon. Jeison Rosa Ramos y Hon. Karen Michelle Román Rodríguez, por haber sido juramentados con certificaciones emitidas por la Comisión Estatal de Elecciones que habían sido impugnadas oportunamente por la candidata del Partido Popular Democrático, la señora Migdalia González Arroyo y que estaban pendientes de revisión judicial; a su vez solicitar un recuento de los votos emitidos por los electores para el cargo de Senador(a) de dicho Distrito Senatorial, y para otros fines relacionados.
Qué propone
La Resolución del Senado 16 (RS 16) impugna la elección y juramentación de los Senadores Jeison Rosa Ramos y Karen Michelle Román Rodríguez del Distrito Mayagüez-Aguadilla. Ordena al Senado asumir jurisdicción sobre el asunto, designar una Comisión Especial para investigar los resultados electorales, y solicita un recuento de votos en dicho distrito. Además, requiere a la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) preservar toda la documentación electoral y establece que los Senadores impugnados permanecerán en sus escaños de manera condicionada al resultado del recuento. La medida afecta directamente a los Senadores electos, a la candidata Migdalia González Arroyo, a la CEE, y al propio Senado al asumir un rol de juez electoral.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
La medida, al impugnar una elección y solicitar un recuento de votos, se inscribe en la historia de la CEE y sus procesos electorales, que han sido objeto de controversia y litigio. Los fragmentos históricos detallan las fallas logísticas, denuncias de vulnerabilidad y cambios en la estructura de la CEE, especialmente tras la Ley 58-2020, que han generado cuestionamientos sobre la legitimidad de los resultados y la fiscalización institucional, lo que esta medida busca abordar.
En qué va
La Resolución del Senado 16 fue el 16 de enero de 2025 y referida a comisión. Ese mismo día, fue derrotada a viva voz en el Senado, lo que significa que no fue aprobada.
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Última acción · 16 de enero de 2025
Derrotado a viva voz
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para crear la Comisión Especial para la Revisión de Nuestro Ordenamiento Electoral; disponer su composición, funciones y poderes; establecer su vigencia; y para otros fines.
Esta Resolución del Senado (RS 18) crea una Comisión Especial para la Revisión de Nuestro Ordenamiento Electoral. La comisión, compuesta por cinco (5) miembros designados por el Presidente del Senado (más el Presidente como miembro Ex Officio), tendrá la facultad de investigar el funcionamiento de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) y el proceso electoral. Sus funciones incluyen evaluar la CEE, modernizar la inscripción de electores, estudiar modalidades de voto, analizar el impacto de la falta de representación municipal y proponer legislación. La comisión debe rendir un informe final al Senado antes de que concluya la Segunda Sesión Ordinaria de la Vigésima Asamblea Legislativa (30 de junio de 2026).
Para ordenar a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva en relación con las irregularidades, malos manejos y retrasos ocurridos en las Elecciones Generales del 5 de noviembre del 2024 y el proceso de escrutinio posterior a dicho evento electoral, así como el conocer las verdaderas razones que provocaron tales irregularidades; determinar las implicaciones que tuvo la Ley 58–2020, conocida como “Código Electoral de Puerto Rico de 2020”, con lo acontecido, determinar las responsabilidades y recomendaciones para evitar que vuelva a ocurrir en procesos electorales futuros y; para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 144 ordena a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre las irregularidades, malos manejos y retrasos en las Elecciones Generales del 5 de noviembre de 2024 y el subsiguiente escrutinio. Busca determinar las causas, las implicaciones de la Ley 58-2020 (Código Electoral), establecer responsabilidades y proponer recomendaciones para evitar futuras fallas. Afecta directamente a la Comisión de Gobierno, la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) y, en última instancia, al electorado y la legitimidad de los procesos electorales.
Para ordenar a la Comisión Educación realizar una investigación exhaustiva sobre incumplimiento en la asignación de asistentes T1 en el Programa de Educación Especial del Departamento de Educación de Puerto Rico, específicamente en el Distrito Senatorial Mayagüez–Aguadilla y para otros fines relacionados.
La Resolución del Senado 284 ordena a la Comisión de Educación del Senado realizar una investigación exhaustiva sobre el presunto incumplimiento en la asignación de asistentes T1 para estudiantes de Educación Especial en el Departamento de Educación, centrándose específicamente en el Distrito Senatorial Mayagüez-Aguadilla. La investigación busca examinar la discrepancia entre los estudiantes con el servicio aprobado en su Programa Educativo Individualizado (PEI) y quienes no lo reciben, evaluar los procesos administrativos y presupuestarios del Departamento para la contratación de estos asistentes, y analizar las medidas correctivas que la agencia debe implementar. Afecta directamente a los estudiantes de educación especial, sus familias y al Departamento de Educación.
“Para ordenar a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico realizar una investigación sobre el cumplimiento de la Ley 158-2015, según enmendada, conocida como “Ley de la Defensoría de las Personas con Impedimentos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, en lo que concierne al proceso de nombramiento de las personas que han integrado el “Consejo Directivo para la Defensa de las Personas con Impedimentos” durante los últimos diez (10) años; así como la legitimidad de las acciones tomadas por ese organismo, en caso de que se identifique que alguno o varios de sus integrantes ocupan o han ocupado el cargo de forma ilícita.”
La Resolución del Senado (RS) 181 ordena a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico investigar el cumplimiento de la Ley 158-2015, conocida como la Ley de la Defensoría de las Personas con Impedimentos. Específicamente, la investigación se centrará en el proceso de nombramiento de los miembros del Consejo Directivo para la Defensa de las Personas con Impedimentos durante los últimos diez años y la legitimidad de las acciones de dicho Consejo, particularmente si hubo integrantes ocupando el cargo ilícitamente. La medida afecta a la propia Comisión del Senado, al Consejo Directivo de la Defensoría, y a la ciudadanía con impedimentos al buscar asegurar la correcta gobernanza de la entidad que vela por sus derechos.
“Para ordenar a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre aquellas acciones realizadas por el Gobierno de Puerto conducentes a divulgar información confidencial de residentes de Puerto Rico que pudieran constituir una violación a los derechos garantizados por las leyes y la Constitución de Puerto Rico; y que estén dirigidas a colaborar con los esfuerzos de arrestos y deportaciones de personas con estatus migratorio irregular por parte de las autoridades migratorias de los Estados Unidos; y para otros fines relacionados.”
La Resolución del Senado 222 ordena a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico llevar a cabo una investigación exhaustiva. El objetivo es examinar las acciones del Gobierno de Puerto Rico que hayan resultado en la divulgación de información confidencial de residentes, potencialmente violando derechos constitucionales y legales. La investigación se enfocará específicamente en la colaboración con autoridades migratorias de Estados Unidos para la detención y deportación de personas con estatus migratorio irregular.
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