Qué propone
La Resolución del Senado 18 (RS 18) propone la creación de una Comisión Especial para la Revisión de Nuestro Ordenamiento Electoral. Esta comisión tendría la tarea de examinar el sistema electoral de Puerto Rico, evaluar el desempeño de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) y proponer recomendaciones para mejorar el marco legal electoral. La medida especifica la composición, funciones, poderes y vigencia de dicha comisión.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en la discusión sobre la revisión del ordenamiento electoral de Puerto Rico, un tema que ha generado controversia histórica, especialmente tras la aprobación de la Ley 58-2020. Los fragmentos históricos resaltan las preocupaciones sobre la concentración de poder en la CEE, las fallas logísticas en procesos electorales recientes y los desafíos que enfrentan las nuevas alternativas políticas, lo que subraya la necesidad de una revisión profunda del sistema.
En qué va
La Resolución del Senado 18 fue el 27 de enero de 2025 y referida a comisión. El 15 de abril de 2026, la Comisión de Asuntos Internos del Senado emitió un , no recomendando su aprobación, por lo que la medida fue .
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Última acción · 15 de abril de 2026
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para crear la Comisión Especial Conjunta de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico sobre Reforma Electoral, fijar sus deberes, funciones y facultades, asignar fondos, establecer su vigencia y disponer su organización.
La Resolución Concurrente de la Cámara 18 crea una Comisión Especial Conjunta de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico sobre Reforma Electoral. Esta comisión, compuesta por 20 legisladores (11 de la Cámara y 9 del Senado), tendrá la facultad de investigar, redactar y recomendar una nueva Ley Electoral. Se le asigna un presupuesto de $100,000 anuales y debe presentar su informe final con una propuesta de ley antes del 31 de diciembre de 2026. Afecta directamente a la Asamblea Legislativa al encargarle esta tarea y, en última instancia, a los ciudadanos al buscar mejorar el sistema electoral.
Para crear la Comisión Especial para la Revisión de Nuestro Ordenamiento Electoral; disponer su composición, funciones y poderes; establecer su vigencia; y para otros fines.
La Resolución de la Cámara 184 crea una Comisión Especial para revisar el ordenamiento electoral de Puerto Rico. La comisión, compuesta por cinco miembros designados por el Presidente de la Cámara, tendrá poderes de investigación y deberá evaluar el funcionamiento de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE), la modernización de procesos, el voto adelantado y ausente, y la representación municipal. Su objetivo es presentar legislación para mejorar el sistema electoral y devolver la confianza pública. La comisión debe rendir un informe final antes de que concluya la Segunda Sesión Ordinaria de la Vigésima Asamblea Legislativa (noviembre de 2025).
Para crear la Comisión Conjunta de la Asamblea Legislativa para la Revisión del Sistema Electoral de Puerto Rico; disponer sobre su composición y jurisdicción; disponer sus facultades y poderes; establecer su término y vigencia; establecer los deberes y responsabilidades de la Comisión Estatal de Elecciones, así como toda agencia, instrumentalidad, municipio, corporaciones públicas para la Comisión Conjunta; y para otros fines pertinentes.
Esta Resolución Concurrente crea la Comisión Conjunta de la Asamblea Legislativa para la Revisión del Sistema Electoral de Puerto Rico. La Comisión, compuesta por legisladores, estudiará y evaluará el Código Electoral de Puerto Rico de 2020, la Ley de Financiamiento de Campañas y otras leyes electorales relacionadas. Su objetivo es proponer enmiendas o nueva legislación para mejorar la eficiencia, accesibilidad, certeza, pureza y transparencia del proceso electoral, con un término de vigencia hasta el 14 de marzo de 2026.
Para crear la Comisión Conjunta de la Asamblea Legislativa para la Revisión del Sistema Electoral de Puerto Rico; disponer sobre su composición y jurisdicción; disponer sus facultades y poderes; establecer su término, vigencia y deber de presentar un Informe Final; establecer sobre el deber y responsabilidades de la Comisión Estatal de Elecciones, así como toda agencia, instrumentalidad, municipio, corporaciones públicas para la Comisión Conjunta; disponer sobre el alcance e interpretación con otras leyes; y para otros fines pertinentes.
Esta Resolución Conjunta crea la Comisión Conjunta de la Asamblea Legislativa para la Revisión del Sistema Electoral de Puerto Rico, compuesta por 18 legisladores. La comisión tendrá la facultad de investigar, evaluar y proponer enmiendas o nueva legislación al Código Electoral de Puerto Rico de 2020 y leyes relacionadas. Su término de vigencia culmina al finalizar la Cuarta Sesión Ordinaria de la Asamblea Legislativa (agosto-noviembre de 2026), fecha límite para presentar un informe final con recomendaciones y proyectos de ley.
Para ordenar a la Comisión de Ciencia, Tecnología e Inteligencia Artificial del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva a los fines de conocer los avances tecnológicos implementados por la Comisión Estatal de Elecciones, así como su proyección estratégica y tecnológica de cara a futuros eventos electorales.
La Resolución del Senado 133 ordena a la Comisión de Ciencia, Tecnología e Inteligencia Artificial del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre los avances tecnológicos implementados por la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) y su proyección estratégica y tecnológica para futuros eventos electorales. La Comisión investigadora tiene la facultad de celebrar vistas públicas, citar funcionarios y requerir información. Se ordena que la Comisión rinda un informe con hallazgos y recomendaciones al Senado de Puerto Rico.
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