Para ordenar al Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) a rendir un informe detallado sobre los fondos sobrantes acumulados (excedentes superiores a 12 millones de dólares), especificando el uso histórico de dichos fondos, el destino actual y el plan de trabajo proyectado para su utilización en la mejora del sistema de servicios a los contribuyentes municipales; y para otros fines relacionados.
Qué propone
La Resolución del Senado 394 ordena al Centro de Recaudación de Ingresos Municipales () a rendir un informe detallado sobre sus fondos sobrantes acumulados, específicamente aquellos excedentes superiores a 12 millones de dólares. El informe debe especificar el uso histórico de estos fondos, su destino actual y un plan de trabajo proyectado para su utilización en la mejora del sistema de servicios a los contribuyentes municipales. Esta medida no tiene fuerza de ley ni asigna fondos, sino que solicita información.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
La medida se enfoca en la fiscalización de los excedentes del , una entidad central para la autonomía fiscal municipal. Los fragmentos históricos detallan la creación del CRIM como parte de la reforma municipal y su rol crítico en la estabilidad financiera de los ayuntamientos, así como los retos que enfrenta en la recaudación y tasación de propiedades. La medida busca asegurar que los fondos del CRIM se utilicen eficientemente para mejorar los servicios a los contribuyentes, lo que se alinea con la discusión histórica sobre la efectividad de la maquinaria de cobro del CRIM y su impacto en el presupuesto municipal.
En qué va
La Resolución del Senado 394 fue el 14 de enero de 2026 y referida a comisión. El 19 de mayo de 2026, la Comisión de Asuntos Internos del Senado emitió un , no recomendando su aprobación por considerarla innecesaria y redundante.
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Última acción · 19 de mayo de 2026
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar al Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) realizar y presentar un Informe sobre el Gasto Tributario Municipal en Puerto Rico, que identifique, cuantifique y analice las exenciones, exoneraciones, créditos, incentivos, deducciones, descuentos y demás mecanismos que reduzcan o eliminen ingresos provenientes de impuestos municipales; establecer que dicho informe deberá presentarse dentro de un término de seis (6) meses a partir de la aprobación de esta Resolución Conjunta; disponer que los gastos razonables y necesarios para la preparación del informe serán sufragados con cargo a la cantidad de sesenta y seis millones de dólares ($66,000,000) reservada del Fondo de Consolidación Municipal, conforme a la Sección 21 del presupuesto vigente y al Plan Fiscal Certificado de 2023; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) a elaborar y presentar un informe detallado sobre el gasto tributario municipal en Puerto Rico. Dicho informe deberá identificar, cuantificar y analizar las exenciones, exoneraciones, créditos, incentivos, deducciones y otros mecanismos que reducen los ingresos por impuestos municipales. El CRIM tiene un plazo de seis (6) meses para presentar este informe, y sus costos se sufragarán con $66,000,000 reservados del Fondo de Consolidación Municipal.
Para ordenar a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una exhaustiva investigación sobre las prácticas de servicio al cliente que se implementan en el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 602 ordena a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre las prácticas de servicio al cliente del Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM). La Comisión tiene 90 días para presentar un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones. Esta medida no crea derechos ni obligaciones directas, sino que inicia un proceso fiscalizador.
Para ordenar a la Comisión de Asuntos Municipales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre las alegadas irregularidades en los procesos de exoneraciones contributivas y tasación virtual del Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM), según identificadas por la Oficina del Contralor de Puerto Rico; revisar la confiabilidad de los procesos de tasación y cobros; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 506 ordena a la Comisión de Asuntos Municipales de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre presuntas irregularidades en los procesos de exoneraciones contributivas y tasación virtual del Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM). Busca revisar la confiabilidad de los procesos de tasación y cobros, basándose en hallazgos previos de la Oficina del Contralor. Afecta directamente al CRIM al someter sus operaciones a escrutinio legislativo y a la ciudadanía al buscar mayor exactitud y equidad en la recaudación de contribuciones municipales.
Para ordenar a la Comisión de Asuntos Municipales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre el cumplimiento del Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) con su responsabilidad de cobrar contribuciones morosas mediante embargo y venta de la propiedad de los deudores en mora, específicamente en cuanto a las propiedades inmuebles abandonadas y desocupadas sitas en los municipios de Aguadilla y Moca, con el propósito de identificar alternativas de cobro y ejecución de dichas contribuciones morosas; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 480 ordena a la Comisión de Asuntos Municipales de la Cámara de Representantes a realizar una investigación exhaustiva sobre el cumplimiento del Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) en el cobro de contribuciones morosas mediante embargo y venta de propiedades, enfocándose en propiedades inmuebles abandonadas y desocupadas en Aguadilla y Moca. El objetivo es identificar alternativas de cobro y ejecución para estas deudas. La investigación debe completarse y presentarse en un informe dentro de 180 días desde la aprobación de la resolución.
Para ordenar a la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano de la Cámara de Representantes de Puerto Rico que investigue cómo se están manejando las deudas de las propiedades muebles e inmuebles en el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales.
La Resolución de la Cámara 681 ordena a la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano de la Cámara de Representantes que investigue el manejo de deudas de propiedades muebles e inmuebles en el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM). La investigación debe detallar cuántas propiedades tienen deudas pendientes por municipio, el tiempo de vencimiento de estas deudas, y las gestiones de cobro realizadas o no por el CRIM. Además, se solicita información sobre embargos y el plan de acción del CRIM para reducir estas deudas en los próximos cinco años. La Comisión tiene 180 días para rendir un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones.
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