Qué propone
La Resolución del Senado 38 ordena a la Comisión de Asuntos Municipales del Senado de Puerto Rico llevar a cabo investigaciones continuas sobre la administración, organización y funcionamiento de los gobiernos municipales. El objetivo es identificar y recomendar medidas administrativas, fiscales y legislativas para mejorar su funcionamiento. La Comisión tiene la facultad de celebrar , citar testigos y requerir información. Se establece un plazo de 180 días para rendir informes parciales.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en la discusión histórica sobre la autonomía, el funcionamiento y la fiscalización de los municipios de Puerto Rico, un debate que se intensificó con la Ley de Municipios Autónomos de 1991 y el Código Municipal de 2020. La medida busca abordar las deficiencias administrativas y fiscales que han afectado a los ayuntamientos, incluyendo la dependencia del y los recortes del Fondo de Equiparación, así como los problemas de corrupción y el poder político de los alcaldes.
En qué va
Esta Resolución del Senado fue y ha tenido un trámite reciente con la presentación de múltiples informes parciales (hasta el 6to) y la celebración de , culminando con la aprobación de un informe final en octubre de 2025.
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Última acción · 9 de octubre de 2025
Cuerpo aprueba informe final rendido
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (28)
A favor (28)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Comisión de Asuntos Municipales del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación amplia, continua y exhaustiva sobre los principales retos, desafíos emergentes y situaciones apremiantes que afectan a los gobiernos municipales en la Isla; examinar el marco legal aplicable, incluyendo la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, y cualquier legislación relacionada, con el propósito de evaluar su efectividad, pertinencia o necesidad de enmiendas; investigar el estado y sostenibilidad del financiamiento de los municipios, la prestación de servicios esenciales, el desarrollo de obras públicas, y otros asuntos fiscales y administrativos; analizar la interrelación entre el Gobierno Estatal, sus agencias y los gobiernos municipales; identificar mecanismos que fortalezcan la autonomía municipal, promuevan la eficiencia administrativa y mejoren la calidad de vida de los ciudadanos; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución ordena a la Comisión de Asuntos Municipales del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación amplia, continua y exhaustiva sobre los principales retos, desafíos emergentes y situaciones apremiantes que afectan a los gobiernos municipales en la Isla. El mandato incluye examinar el marco legal aplicable (como la Ley 107-2020), el financiamiento, la prestación de servicios esenciales, obras públicas, la interrelación Estado-municipio, y mecanismos para fortalecer la autonomía y eficiencia municipal. La Comisión tendrá poderes para citar y requerir información, y deberá rendir informes parciales y finales dentro de plazos específicos establecidos para la Vigésima Asamblea Legislativa.
Para ordenar a la Comisión de Asuntos Municipales del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el funcionamiento y las labores que actualmente realiza la Oficina de Gerencia Municipal (OGM), adscrita a la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), en atención a las funciones que en su origen fueron encomendadas a la extinta Oficina del Comisionado de Asuntos Municipales (OCAM), incluyendo los servicios de asesoría legal, técnica y de capacitación a los municipios de Puerto Rico.
La Resolución del Senado 308 ordena a la Comisión de Asuntos Municipales del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el funcionamiento y las labores actuales de la Oficina de Gerencia Municipal (OGM), adscrita a la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP). La investigación se enfocará en las funciones originalmente encomendadas a la extinta Oficina del Comisionado de Asuntos Municipales (OCAM), incluyendo asesoría legal, técnica y de capacitación a los municipios. La Comisión podrá citar, requerir información y realizar inspecciones para cumplir con su mandato.
Para enmendar la Sección 3 de la R. del S. 309, aprobada el 27 de octubre de 2025, que ordena a la Comisión de Asuntos Municipales del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación amplia, continua y exhaustiva sobre los principales retos, desafíos emergentes y situaciones apremiantes que afectan a los gobiernos municipales en la Isla; examinar el marco legal aplicable, incluyendo la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, y cualquier legislación relacionada, con el propósito de evaluar su efectividad, pertinencia o necesidad de enmiendas; investigar el estado y sostenibilidad del financiamiento de los municipios, la prestación de servicios esenciales, el desarrollo de obras públicas, y otros asuntos fiscales y administrativos; analizar la interrelación entre el Gobierno Estatal, sus agencias y los gobiernos municipales; identificar mecanismos que fortalezcan la autonomía municipal, promuevan la eficiencia administrativa y mejoren la calidad de vida de los ciudadanos; y para otros fines relacionados.
La Resolución del Senado 430 enmienda la Sección 3 de la Resolución del Senado 309 (aprobada el 27 de octubre de 2025) para modificar los plazos en que la Comisión de Asuntos Municipales del Senado debe rendir informes sobre su investigación de los retos y desafíos de los gobiernos municipales. Específicamente, establece que el primer informe parcial vence al concluir la 3ra. Sesión Ordinaria de la Vigésima Asamblea Legislativa (junio de 2026), y el informe final debe presentarse antes de que culmine la Séptima Sesión Ordinaria (junio de 2028). Afecta directamente a la Comisión de Asuntos Municipales del Senado y, por extensión, a los municipios y la ciudadanía al extender el periodo de investigación y reporte.
Para enmendar la Sección 3 de la R. del S. 308 que ordena a la Comisión de Asuntos Municipales del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el funcionamiento y las labores que actualmente realiza la Oficina de Gerencia Municipal (OGM), adscrita a la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), en atención a las funciones que en su origen fueron encomendadas a la extinta Oficina del Comisionado de Asuntos Municipales (OCAM), incluyendo los servicios de asesoría legal, técnica y de capacitación a los municipios de Puerto Rico.
La Resolución del Senado 486 enmienda la Sección 3 de la Resolución del Senado 308 para modificar el plazo en que la Comisión de Asuntos Municipales del Senado debe rendir su informe. El plazo original de ciento veinte (120) días se extiende hasta el final de la 3ra. Sesión Ordinaria de la Vigésima Asamblea Legislativa (actualmente en curso, hasta junio de 2026). La medida afecta a la Comisión de Asuntos Municipales del Senado, que es la encargada de realizar la investigación sobre la Oficina de Gerencia Municipal (OGM).
Para ordenar a la Comisión de Asuntos Municipales del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la efectividad, implementación y cumplimiento de los Códigos de Orden Público adoptados por los municipios; evaluar el impacto de estos códigos en la seguridad pública, el desarrollo económico local, el turismo y la calidad de vida comunitaria.
La Resolución del Senado 136 ordena a la Comisión de Asuntos Municipales del Senado realizar una investigación exhaustiva sobre los Códigos de Orden Público municipales. La investigación evaluará su efectividad, implementación, cumplimiento y el impacto en la seguridad pública, el desarrollo económico, el turismo y la calidad de vida. La Comisión tiene 120 días para rendir un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones, y puede convocar audiencias y solicitar información.
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