Para ordenar a la Comisión de Asuntos Municipales del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el funcionamiento y las labores que actualmente realiza la Oficina de Gerencia Municipal (OGM), adscrita a la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), en atención a las funciones que en su origen fueron encomendadas a la extinta Oficina del Comisionado de Asuntos Municipales (OCAM), incluyendo los servicios de asesoría legal, técnica y de capacitación a los municipios de Puerto Rico.
Qué propone
La Resolución del Senado 308 ordena a la Comisión de Asuntos Municipales del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el funcionamiento y las labores de la Oficina de Gerencia Municipal (OGM), adscrita a la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP). La investigación debe atender las funciones originalmente encomendadas a la extinta Oficina del Comisionado de Asuntos Municipales (OCAM), incluyendo los servicios de asesoría legal, técnica y de capacitación a los municipios. La Comisión podrá celebrar vistas, citar funcionarios y requerir información, debiendo rendir un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones antes de concluir la tercera de la Vigésima Asamblea Legislativa.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se enmarca en la evolución de la autonomía municipal en Puerto Rico, que se consolidó con la Ley de Municipios Autónomos de 1991 y el Código Municipal de 2020. La investigación sobre la OGM y sus funciones, que retoman responsabilidades de la extinta OCAM, refleja la tensión histórica entre la centralización y la descentralización de servicios y asesorías a los municipios, un debate constante en la gobernanza local.
En qué va
La Resolución del Senado 308 fue el 22 de septiembre de 2025, referida a comisión y con el 27 de octubre de 2025. Tras y la rendición de un informe final el 5 de mayo de 2026, fue aprobada por el cuerpo legislativo el 11 de mayo de 2026.
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Última acción · 11 de mayo de 2026
Cuerpo aprueba informe final rendido
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (28)
A favor (23)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para enmendar la Sección 3 de la R. del S. 308 que ordena a la Comisión de Asuntos Municipales del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el funcionamiento y las labores que actualmente realiza la Oficina de Gerencia Municipal (OGM), adscrita a la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), en atención a las funciones que en su origen fueron encomendadas a la extinta Oficina del Comisionado de Asuntos Municipales (OCAM), incluyendo los servicios de asesoría legal, técnica y de capacitación a los municipios de Puerto Rico.
La Resolución del Senado 486 enmienda la Sección 3 de la Resolución del Senado 308 para modificar el plazo en que la Comisión de Asuntos Municipales del Senado debe rendir su informe. El plazo original de ciento veinte (120) días se extiende hasta el final de la 3ra. Sesión Ordinaria de la Vigésima Asamblea Legislativa (actualmente en curso, hasta junio de 2026). La medida afecta a la Comisión de Asuntos Municipales del Senado, que es la encargada de realizar la investigación sobre la Oficina de Gerencia Municipal (OGM).
Para ordenar a la Comisión de Asuntos Municipales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación sobre todo asunto relacionado con los municipios, tanto en lo económico como en su aspecto operacional; sobre toda propuesta para la creación de municipios y consolidación de servicios intermunicipales y regionales; sobre los servicios que presta la Oficina de Gerencia Municipal adscrita a la Oficina de Gerencia y Presupuesto, el Centro de Recaudaciones Municipales (CRIM) y otras instrumentalidades relacionadas que prestan servicios a los municipios; sobre cualquier propuesta de reforma municipal y leyes especiales que administren o afectan a los municipios; sobre los programas gubernamentales que afectan a los municipios y sobre la formulación de propuestas que propendan al desarrollo integral de los municipios, con el propósito de atender sus necesidades de progreso económico, desarrollo urbano y rural, empleo, ambiente, recreación, transportación y protección pública; cualquier agencia, organismo o instrumentalidad, presentes o futuros, cuyas funciones afecten el desarrollo de nuestros municipios.
La Resolución de la Cámara 108 ordena a la Comisión de Asuntos Municipales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico llevar a cabo una investigación exhaustiva sobre todos los aspectos económicos y operacionales de los municipios. Esto incluye la creación de nuevos municipios, la consolidación de servicios, la evaluación de entidades como la Oficina de Gerencia Municipal y el CRIM, propuestas de reforma, leyes aplicables y programas gubernamentales que impactan a los municipios, con el fin de formular propuestas para su desarrollo integral. La investigación debe concluir antes de que finalice la Vigésima Asamblea Legislativa.
Para enmendar la Sección 3 de la R. del S. 309, aprobada el 27 de octubre de 2025, que ordena a la Comisión de Asuntos Municipales del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación amplia, continua y exhaustiva sobre los principales retos, desafíos emergentes y situaciones apremiantes que afectan a los gobiernos municipales en la Isla; examinar el marco legal aplicable, incluyendo la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, y cualquier legislación relacionada, con el propósito de evaluar su efectividad, pertinencia o necesidad de enmiendas; investigar el estado y sostenibilidad del financiamiento de los municipios, la prestación de servicios esenciales, el desarrollo de obras públicas, y otros asuntos fiscales y administrativos; analizar la interrelación entre el Gobierno Estatal, sus agencias y los gobiernos municipales; identificar mecanismos que fortalezcan la autonomía municipal, promuevan la eficiencia administrativa y mejoren la calidad de vida de los ciudadanos; y para otros fines relacionados.
La Resolución del Senado 430 enmienda la Sección 3 de la Resolución del Senado 309 (aprobada el 27 de octubre de 2025) para modificar los plazos en que la Comisión de Asuntos Municipales del Senado debe rendir informes sobre su investigación de los retos y desafíos de los gobiernos municipales. Específicamente, establece que el primer informe parcial vence al concluir la 3ra. Sesión Ordinaria de la Vigésima Asamblea Legislativa (junio de 2026), y el informe final debe presentarse antes de que culmine la Séptima Sesión Ordinaria (junio de 2028). Afecta directamente a la Comisión de Asuntos Municipales del Senado y, por extensión, a los municipios y la ciudadanía al extender el periodo de investigación y reporte.
Para ordenar a la Comisión de Asuntos Municipales y a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre los procesos, protocolos y planes de respuesta de la empresa LUMA Energy ante interrupciones en el servicio eléctrico en los municipios de Puerto Rico; examinar la efectividad de las medidas adoptadas, los tiempos de respuesta, la coordinación con las agencias gubernamentales y municipios, así como las consecuencias para los abonados; y para otros fines relacionados.
La Resolución del Senado 281 ordena a las Comisiones de Asuntos Municipales y de Gobierno del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre los procesos, protocolos y planes de respuesta de LUMA Energy ante interrupciones del servicio eléctrico. La investigación debe examinar la efectividad de las medidas adoptadas, los tiempos de respuesta, la coordinación con agencias y municipios, y las consecuencias para los abonados. Las Comisiones tienen 120 días desde la aprobación de la Resolución para rendir un informe con hallazgos y recomendaciones.
Para enmendar la Sección 3 de la R. del S. 105, aprobada el 14 de octubre de 2025, que ordenó a la Comisión de Desarrollo Económico, Pequeños Negocios, Banca, Comercio, Seguros y Cooperativismo del Senado de Puerto Rico, realizar un estudio general sobre los procesos de elaboración, adopción, aprobación y/o actualización de los planes de ordenamiento territorial, por parte de los municipios en la Isla, con el propósito de identificar alternativas viables dirigidas a que los setenta y ocho (78) municipios tengan dichos planes y puedan asumir ciertas competencias de la Junta de Planificación y de la Oficina de Gerencia de Permisos; y para otros fines relacionados.
La Resolución del Senado 422 enmienda la Sección 3 de la Resolución del Senado 105 (aprobada el 14 de octubre de 2025). Modifica el plazo para que la Comisión de Desarrollo Económico, Pequeños Negocios, Banca, Comercio, Seguros y Cooperativismo del Senado rinda un informe sobre los procesos de planes de ordenamiento territorial municipales. El nuevo plazo es antes de culminar la Tercera Sesión Ordinaria de la Vigésima Asamblea Legislativa (es decir, antes del 30 de junio de 2026). La medida afecta a los 78 municipios de Puerto Rico y a las agencias de planificación.
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