Qué propone
La Resolución del Senado 430 la Sección 3 de la Resolución del Senado 309 (aprobada el 27 de octubre de 2025) para modificar los plazos en que la Comisión de Asuntos Municipales del Senado debe rendir informes sobre su investigación de los retos y desafíos de los gobiernos municipales. Específicamente, establece que el primer informe parcial vence al concluir la 3ra. de la Vigésima Asamblea Legislativa (junio de 2026), y el informe final debe presentarse antes de que culmine la Séptima Sesión Ordinaria (junio de 2028). Afecta directamente a la Comisión de Asuntos Municipales del Senado y, por extensión, a los municipios y la ciudadanía al extender el periodo de investigación y reporte.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se enmarca en la discusión histórica sobre la autonomía y los retos de los gobiernos municipales, que se remonta a la Ley de Municipios Autónomos de 1991 y el Código Municipal de 2020. La investigación propuesta busca evaluar la efectividad de este marco legal y la sostenibilidad financiera, temas recurrentes en el debate sobre el y la eliminación del Fondo de Equiparación, así como la interrelación entre el gobierno central y los municipios.
En qué va
La Resolución del Senado 430 fue el 3 de febrero de 2026, el 5 de febrero de 2026, y se encuentra en trámite.
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Última acción · 5 de febrero de 2026
Texto de Aprobación Final en Senado
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Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Comisión de Asuntos Municipales del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación amplia, continua y exhaustiva sobre los principales retos, desafíos emergentes y situaciones apremiantes que afectan a los gobiernos municipales en la Isla; examinar el marco legal aplicable, incluyendo la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, y cualquier legislación relacionada, con el propósito de evaluar su efectividad, pertinencia o necesidad de enmiendas; investigar el estado y sostenibilidad del financiamiento de los municipios, la prestación de servicios esenciales, el desarrollo de obras públicas, y otros asuntos fiscales y administrativos; analizar la interrelación entre el Gobierno Estatal, sus agencias y los gobiernos municipales; identificar mecanismos que fortalezcan la autonomía municipal, promuevan la eficiencia administrativa y mejoren la calidad de vida de los ciudadanos; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución ordena a la Comisión de Asuntos Municipales del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación amplia, continua y exhaustiva sobre los principales retos, desafíos emergentes y situaciones apremiantes que afectan a los gobiernos municipales en la Isla. El mandato incluye examinar el marco legal aplicable (como la Ley 107-2020), el financiamiento, la prestación de servicios esenciales, obras públicas, la interrelación Estado-municipio, y mecanismos para fortalecer la autonomía y eficiencia municipal. La Comisión tendrá poderes para citar y requerir información, y deberá rendir informes parciales y finales dentro de plazos específicos establecidos para la Vigésima Asamblea Legislativa.
Para enmendar la Sección 3 de la R. del S. 308 que ordena a la Comisión de Asuntos Municipales del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el funcionamiento y las labores que actualmente realiza la Oficina de Gerencia Municipal (OGM), adscrita a la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), en atención a las funciones que en su origen fueron encomendadas a la extinta Oficina del Comisionado de Asuntos Municipales (OCAM), incluyendo los servicios de asesoría legal, técnica y de capacitación a los municipios de Puerto Rico.
La Resolución del Senado 486 enmienda la Sección 3 de la Resolución del Senado 308 para modificar el plazo en que la Comisión de Asuntos Municipales del Senado debe rendir su informe. El plazo original de ciento veinte (120) días se extiende hasta el final de la 3ra. Sesión Ordinaria de la Vigésima Asamblea Legislativa (actualmente en curso, hasta junio de 2026). La medida afecta a la Comisión de Asuntos Municipales del Senado, que es la encargada de realizar la investigación sobre la Oficina de Gerencia Municipal (OGM).
Para ordenar a la Comisión de Asuntos Municipales del Senado de Puerto Rico, realizar investigaciones continuas sobre la administración, organización y funcionamiento de los gobiernos municipales de Puerto Rico, a los fines de identificar y determinar las medidas administrativas, fiscales y legislativas que sean necesarias recomendar para garantizar y mejorar su funcionamiento.
La Resolución del Senado 38 ordena a la Comisión de Asuntos Municipales del Senado de Puerto Rico llevar a cabo investigaciones continuas sobre la administración, organización y funcionamiento de los gobiernos municipales. El objetivo es identificar y recomendar medidas administrativas, fiscales y legislativas para mejorar su funcionamiento. La Comisión tiene la facultad de celebrar vistas públicas, citar testigos y requerir información. Se establece un plazo de 180 días para rendir informes parciales.
Para enmendar la Sección 3 de la R. del S. 156, que ordena a la Comisión de Asuntos Municipales, la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional y a la Comisión de Vivienda y Bienestar Social del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre los procesos de expropiación, desplazamiento forzoso y posibles irregularidades administrativas en la Comunidad Carrasquillo del municipio de Cayey; con el fin de salvaguardar los derechos de sus residentes, promover la transparencia en las gestiones gubernamentales y establecer medidas correctivas o legislativas, de ser necesarias, para proteger a las comunidades vulnerables, y para otros fines.
La Resolución del Senado 300 enmienda la Sección 3 de la Resolución del Senado 156 (aprobada el 27 de mayo de 2025). El cambio principal es extender el plazo para que las comisiones del Senado (Asuntos Municipales; Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional; y Vivienda y Bienestar Social) presenten su informe final sobre la investigación de expropiaciones y desplazamientos en la Comunidad Carrasquillo de Cayey. El nuevo plazo vence al concluir la Segunda Sesión Ordinaria de la Vigésima Asamblea Legislativa (actualmente en curso, que finaliza en noviembre de 2025). Afecta directamente a estas comisiones legislativas y a los residentes de la Comunidad Carrasquillo.
Para enmendar la Sección 3 de la R. del S. 105, aprobada el 14 de octubre de 2025, que ordenó a la Comisión de Desarrollo Económico, Pequeños Negocios, Banca, Comercio, Seguros y Cooperativismo del Senado de Puerto Rico, realizar un estudio general sobre los procesos de elaboración, adopción, aprobación y/o actualización de los planes de ordenamiento territorial, por parte de los municipios en la Isla, con el propósito de identificar alternativas viables dirigidas a que los setenta y ocho (78) municipios tengan dichos planes y puedan asumir ciertas competencias de la Junta de Planificación y de la Oficina de Gerencia de Permisos; y para otros fines relacionados.
La Resolución del Senado 422 enmienda la Sección 3 de la Resolución del Senado 105 (aprobada el 14 de octubre de 2025). Modifica el plazo para que la Comisión de Desarrollo Económico, Pequeños Negocios, Banca, Comercio, Seguros y Cooperativismo del Senado rinda un informe sobre los procesos de planes de ordenamiento territorial municipales. El nuevo plazo es antes de culminar la Tercera Sesión Ordinaria de la Vigésima Asamblea Legislativa (es decir, antes del 30 de junio de 2026). La medida afecta a los 78 municipios de Puerto Rico y a las agencias de planificación.
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