Para ordenar a la Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico, realizar un estudio dirigido a corroborar el progreso alcanzado, si alguno, en la implantación de las disposiciones contenidas en el Capítulo XIII, sobre Escuelas Públicas Alianza, de la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, y el desempeño académico, financiero y operacional de todas las Entidades Educativas Certificadas y de las antes mencionadas Escuelas Públicas Alianza; así como el funcionamiento de los comités asesores que se supone se constituyan en o antes del 1 de julio de cada año, para evaluar las solicitudes sometidas por los interesados en establecer Entidades Educativas Certificadas, con el propósito de constatar que tales solicitudes sean consideradas siguiendo los parámetros de la Ley 85, antes citada, y auscultando el sentir de la comunidad escolar; y para otros fines relacionados.
Qué propone
La Resolución del Senado 554 ordena a la Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico realizar un estudio exhaustivo. Este estudio debe corroborar el progreso en la implementación del Capítulo XIII (Escuelas Públicas Alianza) de la Ley 85-2018, evaluar el desempeño académico, financiero y operacional de estas escuelas y sus entidades certificadas, y examinar el funcionamiento de los comités asesores para la evaluación de nuevas solicitudes. El informe final con hallazgos, conclusiones y recomendaciones deberá ser presentado al Senado antes del cierre de la 4ta. de la 20ma Asamblea Legislativa.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se enmarca en la reconfiguración del sistema educativo K-12, formalizada por la Ley 85-2018, que introdujo las Escuelas Alianza (chárter) y los vales educativos. La medida busca evaluar la implementación de estas escuelas, un tema que ha generado controversia histórica sobre la privatización de la educación y el uso de fondos públicos, como se discute en los fragmentos.
En qué va
Esta Resolución del Senado (RS 554) fue el 24 de junio de 2026 y referida a la Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado, donde actualmente se encuentra en trámite.
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Última acción · 25 de junio de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico realizar una investigación sobre la implantación y el cumplimiento de la Ley Núm. 86-2025, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico” a los fines de determinar la cantidad de directores escolares del Sistema de Educación Pública que cuentan con permanencia en dicha posición y cuántos aún no la tienen, identificar aquellos que han ocupado el puesto ininterrumpidamente durante dos (2) años y determinar cuáles cumplen con los requisitos establecidos en la referida ley; examinar los procesos de evaluación y de las solicitudes de permanencia; conocer las razones por cualquier dilación o denegación; evaluar los criterios y procedimientos adoptados por el Departamento de Educación para sus concesión; y para otros fines relacionados.
Es una resolución de investigación: no enmienda la Ley 86-2025 ni cambia los requisitos para obtener permanencia. De aprobarse, ordenaría a la Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado examinar cuántos directores tienen permanencia, cuántos llevan dos años ininterrumpidos en el puesto y cuáles cumplen los requisitos. También le permitiría requerir al Departamento de Educación datos sobre solicitudes aprobadas, denegadas o pendientes, dilaciones, períodos probatorios adicionales y criterios de evaluación. La Comisión tendría que rendir un informe dentro de los 90 días siguientes a la aprobación; la medida no asigna fondos.
Para ordenar a la Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico, a realizar una investigación sobre la implantación de un currículo de enseñanza sobre planificación y manejo de las finanzas a tenor con las disposiciones del Artículo 2.04(b)(39) de la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, en las escuelas del Distrito Senatorial de Carolina; y para otros fines relacionados.
La Resolución del Senado 382 ordena a la Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico que realice una investigación sobre la implantación de un currículo de enseñanza en planificación y manejo de finanzas en las escuelas del Distrito Senatorial de Carolina. Esta investigación debe basarse en las disposiciones del Artículo 2.04(b)(39) de la Ley 85-2018, conocida como Ley de Reforma Educativa. La Comisión deberá rendir un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones en un plazo de noventa (90) días tras la aprobación de la resolución, y está dirigida a evaluar la efectividad y uniformidad de dicha implantación curricular.
Para enmendar la Sección 3 de la R. del S. 226, que ordena a la Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el estado actual de los suministros básicos en las escuelas públicas; incluyendo el rol del Departamento de Educación de Puerto Rico (DEPR) en la provisión de estos insumos, los procesos burocráticos que generan períodos de escasez, el impacto de la asignación presupuestaria basada en el nivel de pobreza de los estudiantes, la carga económica impuesta a la comunidad escolar y los padres, el impacto de la falta de estos insumos en la salud y dignidad de los estudiantes, y las posibles medidas para garantizar un suministro continuo y sostenible de estos productos esenciales; y para otros fines relacionados.
La Resolución del Senado 392 (R. del S. 392) enmienda la Sección 3 de una resolución previa (R. del S. 226) para establecer un nuevo plazo para la presentación de un informe. La Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado deberá presentar sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones sobre el estado de los suministros básicos en las escuelas públicas antes de que finalice la Tercera Sesión Ordinaria de la Vigésima Asamblea Legislativa (es decir, antes del 30 de junio de 2026). Afecta directamente a la Comisión del Senado encargada de la investigación y, de forma indirecta, al Departamento de Educación y a la comunidad escolar.
Para ordenar a las Comisiones de Hacienda, Presupuesto y PROMESA; y de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación sobre los servicios educativos disponibles a través de entidades públicas y de organizaciones sin fines de lucro para menores con discapacidades moderadas a severas en Puerto Rico, con el fin de promover soluciones legislativas, identificar recursos que permitan ampliar sus servicios; y para otros fines relacionados.
La Resolución del Senado 12 ordena a las Comisiones de Hacienda, Presupuesto y PROMESA; y de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre los servicios educativos disponibles para menores con discapacidades moderadas a severas en Puerto Rico. El objetivo es identificar soluciones legislativas y recursos para ampliar estos servicios. Las comisiones tienen un plazo de 180 días para presentar un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones. Esta medida afecta a menores con discapacidades, sus familias, las entidades públicas y organizaciones sin fines de lucro que proveen estos servicios educativos.
“Para ordenarle al Departamento de Educación realizar, en colaboración con la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal, un estudio de análisis de costo que permita fijar parámetros generales sobre los costos reales y razonables en el mercado de los servicios educativos, relacionados y suplementarios que típicamente subcontrata la agencia cuando no cuenta con la opción de provisión directa, sin abandonar el principio rector de las necesidades individuales de cada estudiante o las variables asociadas a la inflación; establecer un sistema de monitoreo que permita fiscalizar el cumplimiento de las instituciones y proveedoras privadas a las que se les otorgan contratos de ubicación (o de provisión de servicios relacionados) desde la Secretaría Asociada de Educación Especial, en atención a las propuestas de servicios, los contratos convenidos y los Programas Educativos Individualizados; diseñar un mecanismo alterno para que las personas encargadas de menores que reciban servicios mediante el mecanismo de compra procuren los reembolsos a que son acreedoras, de manera que no tengan que identificarse o registrarse como proveedoras, cuando no lo son; y revisar sus procesos de contabilidad dirigidos a evaluar facturas y desembolsar pagos o reembolsos por concepto de compras de servicios de Educación Especial, así como la conciliación adecuada de facturas y desembolsos; y para establecer otras disposiciones complementarias.”
La R. C. del S. 55 no enmienda artículos de una ley: ordenaría al Departamento de Educación, en colaboración con AAFAF, hacer un estudio de costos de servicios educativos subcontratados que considere las necesidades individuales y la inflación. También le ordenaría establecer un sistema de monitoreo de instituciones y proveedoras privadas según sus propuestas, contratos y los PEI, diseñar una vía alterna para que las familias soliciten reembolsos sin registrarse como proveedoras y revisar la evaluación, el pago y la conciliación de facturas. No fija plazos, asigna fondos ni establece cifras o estándares específicos para esos trabajos. La medida fue rechazada, por lo que esas órdenes no entraron en vigor.
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