Qué propone
La medida propone la creación de la " del Plan de Alerta de Corrientes Marinas y Condiciones Costeras de Puerto Rico". Establece un marco legal para un plan coordinado entre agencias (NMEAD, DRNA, Policía, Turismo, municipios, Guardia Costera) para mejorar la seguridad pública ante oleaje fuerte y corrientes marinas. Implementará sistemas de alerta en tiempo real (incluyendo WEA), señalización estandarizada en playas, protocolos de cierre/apertura, campañas educativas, y asigna responsabilidades a hoteles, operadores turísticos y compañías de vallas publicitarias para difundir avisos.
Pros
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
. Esta medida se inscribe en el marco de la Ley 33-2019, que estableció políticas de adaptación y resiliencia al cambio climático, incluyendo la protección de las costas. La medida busca fortalecer la seguridad pública ante fenómenos costeros, un aspecto crucial de la adaptación al cambio climático y la protección de los recursos naturales.
En qué va
La medida, Proyecto de la Cámara 1204, fue el 6 de abril de 2026 y apareció en Primera Lectura de la Cámara el 7 de abril de 2026, siendo referida a la Comisión de Recursos Naturales.
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Última acción · 7 de abril de 2026
Referido a Comisión(es)
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Para crear la “Ley para la Creación del Sistema de Alerta Costera y Seguridad Marítima de Puerto Rico”, a los fines de establecer un sistema integrado de notificación para alertar a la ciudadanía y a los turistas sobre condiciones marítimas peligrosas y para otros fines relacionados.
Esta medida crea la Ley para la Creación del Sistema de Alerta Costera y Seguridad Marítima de Puerto Rico. Establece un sistema integrado de notificación dual: alertas masivas a través de plataformas como Wireless Emergency Alerts (WEA) para riesgos significativos, y un registro voluntario digital para recibir notificaciones personalizadas. Busca alertar a residentes y turistas sobre condiciones marítimas peligrosas como corrientes marinas o fuerte oleaje, involucrando a agencias como NMEAD, PRITS y la Compañía de Turismo, así como al sector de hospederías.
Para crear la “Ley del Sistema de Alerta de Riesgo Acuático” (Alerta SARA), a los fines de establecer un sistema de alerta emitido a nivel estatal que al activarse, identifique de forma específica el cuerpo de agua afectado y el municipio correspondiente; disponer un sistema automático por fases basado en parámetros científicos para advertir oportunamente sobre condiciones peligrosas causadas por fenómenos naturales o por intervención humana; establecer que la alerta se emitirá mediante el sistema Wireless Emergency Alerts y otros mecanismos oficiales de comunicación; estará adscrito al Cuerpo de Vigilantes de Recursos Naturales y Ambientales del Gobierno de Puerto Rico con la coordinación del Negociado de Manejo de Emergencias, la Policía de Puerto Rico, el Negociado de Bomberos, la Compañía de Turismo de Puerto Rico y las Administraciones Municipales; establecer criterios técnicos, formato uniforme de notificación y deberes de difusión; y para otros fines relacionados.
La medida crea la "Ley del Sistema de Alerta de Riesgo Acuático" (Alerta SARA), un sistema estatal de alertas para cuerpos de agua de uso público. Establece un mecanismo automático y por fases, basado en parámetros científicos, para notificar sobre condiciones peligrosas (oleaje, corrientes, inundaciones, etc.) a través de mensajes de texto (WEA) y otros canales. El sistema estará adscrito al Cuerpo de Vigilantes del DRNA, con coordinación obligatoria del NMEAD, Policía, Bomberos, Compañía de Turismo y municipios, afectando a cualquier persona que acceda a playas, ríos, lagunas o zonas marítimo-terrestres públicas.
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