Qué propone
La medida el Artículo 1.018 del Código Municipal de Puerto Rico (Ley 107-2020) para facultar al Alcalde a nombrar, a su discreción, un consejero o enlace del 'Tercer Sector' en la Legislatura Municipal. Este consejero asesorará sobre medidas que impacten organizaciones sin fines de lucro, comunidades de fe y otras entidades del Tercer Sector en asuntos de valores, ética, moral, educación y principios sociales. La enmienda amplía la definición del Tercer Sector para incluir una gama más amplia de organizaciones cívicas, culturales, educativas, entre otras.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en el marco del Código Municipal de Puerto Rico (Ley 107-2020), que buscó consolidar la autonomía de los municipios. La propuesta de añadir un consejero del Tercer Sector a la Legislatura Municipal es un ejemplo de cómo se busca adaptar la gobernanza local a las necesidades de la comunidad, un aspecto central de la autonomía municipal.
En qué va
La medida, Proyecto de la Cámara 237, fue el 13 de enero de 2025 y referida a la Comisión de Asuntos Municipales. Tras y un primer informe con , el informe fue y devuelto a comisión el 21 de agosto de 2025.
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Última acción · 21 de agosto de 2025
Devuelto a la Comisión(es)
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