Qué propone
La medida P. de la C. 237 propone el Código Municipal de Puerto Rico (Ley 107-2020) para autorizar a los alcaldes a nombrar un consejero de la comunidad de base de fe en la Legislatura Municipal. Este consejero asesorará sobre medidas municipales que impacten temas de valores, ética, moral, organizaciones sin fines de lucro, educación y principios sociales. Afecta directamente la estructura de asesoría dentro de las legislaturas municipales y a las comunidades de fe que buscan representación en la toma de decisiones locales.
Pros
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
. La medida, al proponer la adición de un consejero de base de fe en la Legislatura Municipal, se enmarca en el debate sobre la autonomía y las prerrogativas de los alcaldes y los municipios, un tema central en la evolución del poder local desde la Ley de Municipios Autónomos de 1991 y el Código Municipal de 2020. Esta propuesta ilustra cómo los alcaldes, como poderosos jefes políticos regionales, buscan moldear las agendas legislativas locales y estatales, como se discute en los fragmentos históricos.
En qué va
La medida P. de la C. 237 fue el 13 de enero de 2025 y referida a la Comisión de Asuntos Municipales. Ha tenido dos (marzo de 2025), un primer informe rendido y (marzo de 2025), pero fue y devuelto a comisión en agosto de 2025, indicando que aún está en proceso de deliberación y posible .
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Última acción · 21 de agosto de 2025
Devuelto a la Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para añadir un nuevo inciso (i) al Artículo 2.003 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, con el propósito de incluir la Oficina de Iniciativas Comunitarias y de Base de Fe entre las unidades administrativas de la estructura básica organizacional de cada municipio, con el fin de fortalecer la cooperación y coordinación entre el gobierno municipal y estas entidades para promover el bienestar y desarrollo económico de nuestras comunidades, crear conciencia social, fomentar el desarrollo de valores y la sana convivencia social; y para otros fines relacionados.
La medida PS 1007 enmienda el Artículo 2.003 de la Ley 107-2020 (Código Municipal de Puerto Rico) para incluir obligatoriamente la Oficina de Iniciativas Comunitarias y de Base de Fe como una unidad administrativa básica en la estructura organizacional de cada municipio. Su propósito declarado es fortalecer la cooperación entre municipios y estas organizaciones para el desarrollo comunitario y económico. Afecta directamente a todos los municipios, sus alcaldes y administraciones, así como a las organizaciones comunitarias y de base de fe que interactúan con el gobierno local.
Para añadir un nuevo inciso (z) en el Artículo 1.010 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, con el propósito de, formalmente, facultar a los municipios, previa aprobación de sus respectivas legislaturas municipales a crear programas de voluntarios, conforme las disposiciones contenidas en la Ley 261-2004, según enmendada, conocida como “Ley del Voluntariado de Puerto Rico”; y para otros fines relacionados.
La medida añade un nuevo inciso (z) al Artículo 1.010 de la Ley 107-2020 (Código Municipal de Puerto Rico) para facultar explícitamente a los municipios, previa aprobación de sus legislaturas municipales y cuando su capacidad fiscal lo permita, a crear programas de voluntarios. Estos programas deberán adherirse a las disposiciones de la Ley 261-2004 (Ley del Voluntariado de Puerto Rico) y regularse mediante ordenanzas municipales. La medida busca formalizar y potenciar la participación ciudadana en labores de interés social o comunitario a nivel local.
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