Qué propone
La medida P. de la C. 378 propone la creación de la "Ley de licencia de cuidado familiar en el empleo público". Esta ley establecería una licencia remunerada para empleados públicos en Puerto Rico que necesiten cuidar de familiares de edad avanzada o con diversidad funcional. La ley aplicaría a todas las ramas del gobierno (Ejecutiva, Legislativa, Judicial) y a los municipios, definiendo "familiar" hasta el cuarto grado de consanguinidad o afinidad.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida P. de la C. 378 fue el 4 de marzo de 2025 y referida a las Comisiones de Adultos Mayores y Bienestar Social; y del Trabajo y Asuntos Laborales de la Cámara de Representantes el 10 de marzo de 2025, tras su primera lectura.
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Última acción · 10 de marzo de 2025
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para enmendar los Artículos 2 y 4 de la Ley Núm. 180-1998, según enmendada, conocida como “Ley de Salario Mínimo, Vacaciones y Licencia por Enfermedad de Puerto Rico”, a los fines de establecer una licencia para el cuido de menores, personas adultas mayores y personas con impedimentos, y para otros fines relacionados.
La medida propone enmendar la Ley Núm. 180-1998 para establecer una nueva licencia de cuidado para empleados en Puerto Rico. Esta licencia permitiría a los trabajadores ausentarse temporalmente para cuidar de menores, personas adultas mayores o personas con impedimentos. El texto busca expandir los derechos de licencia existentes, reconociendo la carga de cuidado no remunerado que afecta desproporcionadamente a ciertos sectores de la fuerza laboral.
Para enmendar el Artículo 4 de la Ley 180-1998, según enmendada, conocida como “Ley de Vacaciones y Licencia por Enfermedad de Puerto Rico”, a los fines de establecer que se podrá disponer de los días acumulados por concepto de la licencia de enfermedad para el cuidado y atención de familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad; y para otros fines relacionados.
La medida P. de la C. 1275 propone enmendar el Artículo 4 de la Ley 180-1998, conocida como la Ley de Vacaciones y Licencia por Enfermedad de Puerto Rico. Busca permitir que los empleados del sector privado utilicen los días acumulados de su licencia por enfermedad para el cuidado y atención de familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad. Esto amplía el alcance de quiénes pueden ser cuidados utilizando esta licencia, en comparación con la ley actual.
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