Qué propone
La medida propone crear la "Ley de Justicia Salarial para los Agentes del Orden Público de Puerto Rico". Establece un salario mensual mínimo de $3,000 para agentes de la Policía de Puerto Rico, oficiales correccionales y vigilantes del Departamento de Recursos Naturales. La Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) deberá garantizar los fondos anuales para cumplir con esta disposición, la cual tendría primacía sobre otras leyes y . El aumento salarial comenzaría a reflejarse a partir del 1 de julio de 2022.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida, P. de la C. 633, fue el 12 de mayo de 2025 y referida a las Comisiones de Seguridad Pública y de Hacienda de la Cámara de Representantes. Tuvo una de comisión el 8 de junio de 2026.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 8 de junio de 2026
: Oficina de la Comisión
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para enmendar el Artículo 2.056 (a) de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, a los fines de establecer el tipo mínimo de retribución para los policías municipales; y para otros fines relacionados.
La medida propone enmendar el Artículo 2.056 (a) del Código Municipal de Puerto Rico (Ley 107-2020) para establecer un salario mínimo de $2,200 mensuales para los policías municipales. Además, dispone ajustes salariales anuales de $100 para estos oficiales durante los tres años subsiguientes a la aprobación de la ley, o dentro de un plazo de cinco años si la situación fiscal del municipio lo impide. Afecta directamente a los policías municipales al fijar una base salarial y a los municipios al imponer esta obligación de pago.
Para establecer la “Ley Especial de Aumento Salarial para todo el personal no docente del Departamento de Educación”; establecer la responsabilidad de la Oficina de Gerencia y Presupuesto, el Departamento de Educación y la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico de identificar, separar y garantizar anualmente los fondos necesarios para la consecución de esta Ley; y para otros fines relacionados
La medida propone crear la 'Ley Especial de Aumento Salarial para todo el personal no docente del Departamento de Educación'. Establece un aumento salarial de mil dólares ($1,000.00) mensuales para este personal, que incluye clasificaciones administrativas, de oficina, mantenimiento, seguridad, salud, psicología, y apoyo educativo, entre otras. La Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), el Departamento de Educación (DE) y la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (AAFAF) tienen la responsabilidad de identificar y garantizar anualmente los fondos necesarios para su implementación.
Para enmendar el inciso (b) del Artículo 3.026 de la Ley Núm. 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, a los fines de establecer el salario base de los policías municipales en tres mil ($3,000) dólares.
Esta medida enmienda el Artículo 3.026(b) de la Ley 107-2020, conocida como el Código Municipal de Puerto Rico. Permite que los municipios, si su capacidad fiscal y económica lo permite y tras identificar los recursos necesarios, puedan establecer un salario base de tres mil ($3,000) dólares mensuales para los policías municipales. El cambio entraría en vigor el 1 de julio de 2026 y afecta directamente a los municipios y a los miembros de sus policías municipales.
Para declarar Primeros Respondedores a los Oficiales de Custodia del Departamento de Corrección y Rehabilitación que trabajen presencialmente durante una emergencia; enmendar el Artículo 58 del Plan 2-2011, según enmendado, conocido como “Plan de Reorganización del Departamento de Corrección y Rehabilitación de 2011”, a los fines de incluir que los Oficiales de Custodia adscritos al Departamento de Corrección vendrán obligados a trabajar en exceso de la jornada legal de trabajo en ocasión de fuerza mayor o emergencia, y cuando por necesidad del servicio fuera necesario según determine el Secretario del Departamento de Corrección y Rehabilitación; para enmendar la Sección 1031.02 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como el “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico”, a los fines de eximir a los Oficiales Custodios del Departo de Corrección del pago de contribuciones sobre los ingresos recibidos por concepto del pago de las horas extras trabajadas; y otros asuntos relacionados.
Esta medida legislativa declara a los Oficiales de Custodia del Departamento de Corrección y Rehabilitación como Primeros Respondedores. Enmienda el Plan de Reorganización del Departamento de Corrección y Rehabilitación de 2011 para obligar a estos oficiales a trabajar horas extras en casos de fuerza mayor, emergencia o necesidad del servicio determinada por el Secretario. Adicionalmente, enmienda el Código de Rentas Internas para eximir del pago de contribuciones sobre ingresos a las horas extras que estos oficiales trabajen.
Para enmendar el Artículo 3 (h) y el Artículo 58 de la Ley 2-2011, según enmendada, conocida como “Plan de Reorganización del Departamento de Corrección y Rehabilitación de 2011” con el fin de incluir a los Agentes de Seguridad y Protección de la Unidad de Operaciones Especiales del Departamento de Corrección, adscrita al Programa de Instituciones Juveniles, como parte del Cuerpo de Oficiales de Custodia; y para otros fines relacionados.
El Proyecto de la Cámara 662 propone enmendar la Ley 2-2011, conocida como el Plan de Reorganización del Departamento de Corrección y Rehabilitación de 2011. Específicamente, busca incluir a los Agentes de Seguridad y Protección (ASP) de la Unidad de Operaciones Especiales (UOE) adscrita al Programa de Instituciones Juveniles, dentro de la definición y creación del Cuerpo de Oficiales de Custodia. Esto afectaría directamente a estos agentes, otorgándoles formalmente la clasificación y los derechos asociados al Cuerpo de Oficiales de Custodia.
Crea una cuenta gratis para opinar, comentar y seguir esta medida.
Aún no hay comentarios. Comparte tu opinión sobre esta medida.